CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO
EN MATERIA CIVIL EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.
NATALIA LAZCANO BALDERAS por mi propio derecho con domicilio particular el que se
ubica en calle treinta y dos norte bis, número seiscientos treinta y dos, Santa Bárbara Norte de la Ciudad de
Puebla mismo que señalo para recibir notificaciones, nombrando como mi Abogado
Patrono al Licenciado en Derecho VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO con Título
Profesional debidamente registrado ante El Tribunal Superior de
Justicia en el Estado de Puebla bajo la partida 280 a fojas 7º
vuelta libro XIV, quienes de la Ciudad de
Puebla, mismo que señalan como domicilio para recibir notificaciones en privada treinta y dos A norte, número seiscientos diecisiete, Colonia Resurgimiento, de la Ciudad de Puebla, mismo que señala el abogado Patrono como domicilio particular, ante Usted
con el debido respeto comparezco y expongo:
Que,
por medio del presente escrito y documentos adjuntos, vengo a
promover JUICIO ORAL SUMARÍSIMO DE DESOCUPACIÓN POR RESCISIÓN DE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR FALTA DE PAGO DE RENTA, PAGO DE DICHAS PENSIONES
RENTSTICAS, DAÑOS Y PERJUICIOS Y DEMÁS PRESTACIONES en contra del
señor ÁLVARO RUIZ CORTINEZ en su calidad de arrendatario quien tiene su domicilio
para efectos de ser emplazado en AVENIDA LIBERTAD NUMERO TRES MIL SEISCIENTOS
VEINTIUNO EDIFICIO DOS DEPARTAMENTO CUATRO DE SANTO TOMAS CHAUTLA ESTA CIUDAD DE
PUEBLA, persona a quien reclamo las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
Al arrendatario
le reclamo:
1.-La
declaración de que se rescinde el contrato de arrendamiento
para casa habitación que celebro por escrito el día uno
de enero de dos mil doce, la señora NATALIA LAZCANO BALDERAS en
su calidad de arrendador y el señor ÁLVARO RUIZ CORTINEZ en su calidad de
arrendatario respecto del bien inmueble sito en AVENIDA LIBERTAD NUMERO TRES
MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO EDIFICIO DOS DEPARTAMENTO CUATRO DE SANTO TOMAS CHAUTLA ESTA
CIUDAD DE PUEBLA.
2.-
Como consecuencia de lo anterior, la desocupación y entrega material del
inmueble destinado a casa habitación ubicado AVENIDA LIBERTAD NUMERO
TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO EDIFICIO DOS DEPARTAMENTO DOS DE SANTO TOMAS
CHAUTLA ESTA CIUDAD DE PUEBLA.
3.-
El pago de las pensiones rentísticas a razón de $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS
PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), Cada una que me adeuda desde el mes
de abril del año dos mil dieciséis hasta le fecha, más las que
se generen hasta la desocupación y entrega material al suscrito del inmueble
arrendado o hasta el momento que se me dé posesión judicial del mismo.
4.-
El pago de los intereses que genera cada pensión rentística calculada al tipo
legal y hasta la liquidación del adeudo.
5
- El pago de los gastos y costas judiciales que se originen por la tramitación
del presente juicio.
Me
fundo para tal efecto en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de
Derecho.
H
E C H O S
1.-
Con fecha uno de enero del año dos mil dieciséis en esta Ciudad de Puebla,
celebramos contrato de arrendamiento por escrito, la señora NATALIA LAZCANO BALDERAS en su calidad de arrendador con el señor ÁLVARO RUIZ CORTINEZ, en su calidad de arrendatario o inquilino respecto
del bien inmueble que se identifica como departamento número uno de los de la
casa ubicada en AVENIDA LIBERTAD NUMERO TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO EDIFICIO
DOS DEPARTAMENTO CUATRO DE SANTO TOMAS CHAUTLA ESTA CIUDAD DE PUEBLA, destinándose
el inmueble para casa habitación. Como se acredita con el contrato de
arrendamiento en su cláusula primera que anexo como fundatorio de mi acción,
2.- En
la cláusula segunda del documento base de mi acción se pactó que el
valor de la renta mensual del inmueble sería de $2,500.00 (DOS MIL
QUINIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), que pagaría el inquilino sin
excusa ni pretexto el día uno de cada mes en el domicilio que
señalaron las partes y que es el que se ubica en AVENIDA LIBERTAD NUMERO TRES
MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO EDIFICIO DOS DEPARTAMENTO CUATRO DE SANTO TOMAS CHAUTLA ESTA
CIUDAD DE PUEBLA.
3.-Acordando
las partes que la vigencia del referido contrato de arrendamiento sería por el
término de año. Lo anterior en términos de la cláusula cuarta del contrato base
de la acción
4.- Siendo el caso de que el hoy
demandado han dejado de pagar las rentas que corresponden al meses de abril,
mayo, junio, julio y agosto del año dos mil dieciséis, no cumpliendo con su
obligación de presentarse a pagar la renta al domicilio señalado y el cual es
bien conocido para ellos en términos de la cláusula décimo primera del ut supra
citado contrato de arrendamiento es por lo que me veo en la
necesidad de promover este juicio.
5.-
Por lo anteriormente expuesto y en virtud de que la conducta omisa
de la hoy demandada de abstenerse en pagar la renta en el tiempo y forma
convenidos se encuentre entre las que dan causa a la rescisión del contrato de
arrendamiento, es por lo que me veo en la necesidad de promover el presente
juicio.
D E R E C H O
I.-
Es Usted Competente Señor Juez para conocer y fallar dentro del presente juicio
atento a lo dispuesto por el artículo 108 fracción VIII del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.
II.-
Mi personalidad se acredita en términos de los artículos 8, 9, 10 del Código
Adjetivo Civil para el Estado de Puebla.
III.-
tiene aplicación en cuanto al fondo del presente asunto los artículos 2261,
2268, 2271, 2290, 2292, 2318, y relativos aplicables del Código
Civil vigente para el Estado de Puebla.
IV.-
Rigen en cuanto al procedimiento los artículos 574 al 586 y relativos
aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
Ofrezco
de mi parte y con citación a la contraria las siguientes:
P
R U E B A S.
1.-LA
DOCUMENTAL PUBLICA.- consistente en todas las actuaciones por practicarse
dentro del presente juicio y que sirva para acreditar que he probado mi acción
y que es procedente condenar a los demandados al cumplimiento y pago de todas y
cada una de las prestaciones que se les reclama, documental que por su
naturaleza objetiva conserva en su memoria la existencia de un hecho
consistente en la celebración de un contrato de arrendamiento entre el
promovente y la demandada, mismo que ha la fecha se encuentra vigente y debe
ser rescindido por el incumplimiento de la obligación de pago que se impone a
la hoy demandada de donde deriva la acción que se ejercita y las
actuaciones derivadas del ejercicio del derecho en el consignado, prueba que
relaciono con los puntos 1 al 5 de hechos de mi demanda y que se ofrece para
acreditar el acto jurídico de contrato de arrendamiento, así como la
falta de pago de rentas y abstención de la demandada de presentarse a pagar la
renta en el inmueble en que se obligó a hacerlo.
II.-LA
DOCUMENTAL PRIVADA.- consistente en el contrato de arrendamiento de fecha uno
de enero de dos mil doce que como fundatorio de la acción anexo a este escrito
y que relaciono con los puntos 1, 2, 3, 4, de hechos de mi demanda y
se ofrece a efecto de acreditar la existencia del contrato de arrendamiento
para casa habitación del inmueble materia del presente juicio, que se celebró
con la hoy demandada, documento que por su naturaleza objetiva conserva en su
memoria la celebración de dicho acto jurídico y la existencia
de las obligaciones de la hoy demandada, y en especial la obligación
de hacer el pago de renta, lo que se ha abstenido de hacer, prueba que se
ofrece a efecto de acreditar lo manifestado en los puntos del 1 al 5 de hechos con que se
relaciona.
III.-
LA DOCUMENTAL PRIVADA- consistente en los recibos de arrendamiento
correspondientes a los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto del dos mil dieciséis,
mismos que anexo al presente escrito, documentos con los que se pretende
demostrar la falta de pago de la renta de la hoy demandada prueba que relaciono
con los puntos 2, 3 y 4, de hechos de mi demanda y que se ofrece a
efecto de probar lo manifestado en los mismos, consistente en la obligación de
la demandada de presentarse a pagar la renta en el lugar y fecha convenidos y
la falta de cumplimiento de esta obligación de hacer, lo que da como
consecuencia la rescisión del contrato de arrendamiento celebrado.
IV-
EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA.-misma que estará a cargo del señor ÁLVARO RUIZ CORTINEZ quien deberá de comparecer en forma personalísima el
día y hora que se señale para tal efecto a reconocer tanto el contenido como la
firmas que obran en el contrato de arrendamiento fundatorio de la acción, de
fecha uno de enero de dos mil doce, con el apercibimiento de que en caso de no
comparecer se le tendrá por reconocido el contrato base del presente juicio,
tanto en su contenido como en sus firmas debiendo mostrársele el contrato en el
momento de la diligencia, prueba que se relaciona con los puntos 1, 2,
3, y 4 del capitulo de hechos de mi demanda y que se ofrece a efecto
de acreditar la relación jurídica que existe entre la demandada y el actor, así
como el pleno conocimiento de las obligaciones de la
primera derivado del documento base de la acción
V.-
LA DECLARACIÓN DE PARTE DE HECHOS PROPIOS Y AJENOS.- a cargo del señor ÁLVARO RUIZ CORTINEZ, al tenor de las preguntas que de manera verbal
formulare en el momento de la diligencia sobre hechos que le constan, prueba
que relaciono con los puntos 1, 2, 3, 4, uno de los puntos de hechos
de mi demanda y que se ofrece a efecto de acreditar, la existencia del contrato
de arrendamiento base de la acción, la abstención del declarante de presentarse
a hacer el pago de las rentas puntualmente, , apercibiendo a la declarante que
en caso de no comparecer a la diligencia se le tendrán por ciertos los hechos
que se le cuestionen y por existente una fundada razón de su dicho.
VII.-
LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en las deducciones JURE ET JURE
que se sirva hacer su Señoría partiendo de la base de la existencia de un
contrato de arrendamiento que acredita la existencia de obligaciones a cargo de
la demandada, así como de una lógica y jurídica valoración y concatenación de
las pruebas por parte de esta Autoridad, lo lleven humanamente a
determinar que al no cumplir con las obligaciones que contrajeron en dicho acto
jurídico es procedente condenarlo a la rescisión del contrato de arrendamiento,
al cumplimiento y pago de todas y cada una de las prestaciones que
se les reclama en el presente juicio, prueba que ofrezco y relaciono con todos
y cada uno de los puntos de hechos de mi demanda y que tiene por objeto que el
juzgador declare probada mi acción.
Por
lo anteriormente expuesto y fundado a Usted Ciudadano Juez, respetuosamente
hago las siguientes:
P
E T I C I O N E S:
PRIMERO.-
tenerme por presentado con este escrito, demandando en la forma y vía propuesto
a la persona cuyo nombre y domicilio he dejado anotados en el cuerpo de este
escrito.
SEGUNDO.-
ordenar se cite a la demandada a la audiencia de conciliación y excepciones en
términos de ley.
TERCERO
- tener por ofrecidas y en su momento admitir las pruebas que he señalado en mi
escrito.
CUARTO.-
en su oportunidad dictar sentencia condenando a la demandada a el cumplimiento
y pago de las prestaciones reclamadas ordenando la desocupación y
entrega del inmueble materia de este juicio, y ordenando en su caso el
lanzamiento de los mismos del inmueble materia del presente juicio con el
auxilio de la fuerza pública y con la autorización del rompimiento de chapas y
cerraduras
R
E S P E T U O S A M E N T E
HEROICA
PUEBLA DE ZARAGOZA, PUEBLA, QUINCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS.
NATALIA LAZCANO BALDERAS
VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO
PATRONO.