viernes, 8 de diciembre de 2023

ACUERDO QUE ORDENA SE ENVIEN LOS AUTOS A NOTARIA PARA QUE SE TIREN ESCRITURAS

  <script async src="https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-3668019684171575"  crossorigin="anonymous"></script>


En Ciudad Judicial Puebla, siete de diciembre de dos mil veintitrés, doy cuenta al Juez, con un escrito de la actora, turnado el mismo día, para su acuerdo respectivo. CONSTE.

 

EXP. No. 0000/0000

 

En Ciudad Judicial Puebla, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Agréguese a los autos el escrito de cuenta para:

 

ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 80 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, téngase a la ocursante realizando las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden y como lo solicita se ordena remitir mediante atento oficio los autos del expediente en que se actúa al Notario Público número Veintiuno de esta Ciudad, a fin de que se sirva tirar la escritura correspondiente, apercibiendo a la parte demandada, para que dentro del término de tres días posteriores a la llegada de los autos a dicha notaria comparezca a firmar la escritura correspondiente; con el apercibimiento que en caso de no comparecer el suscrito Juez la firmará en rebeldía de la parte demandada.

 

Por lo que se exhorta a la promovente para que se constituya en las instalaciones de este juzgado, cualquier día hábil de oficina en un horario de las nueve a las once horas, a fin de gestionar el oficio correspondiente.

 

NOTIFÍQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO A LA PARTE ACTORA Y POR LISTA A LA PARTE DEMANDADA.

 

Así lo acuerda y firma HUMBERTO BORJA SÁNCHEZ Juez Séptimo Especializado en Materia Mercantil ante la Secretaria que autoriza y da fe, LORENA CARMONA ORTEGA.

 

EN CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, A_______________________________________________ LA SUSCRITA SECRETARIA DE ACUERDOS HACE CONSTAR QUE CON ESTA FECHA, SE REMITE A LA PARTE ________________________, REPRODUCCIÓN ELECTRÓNICA DEL AUTO QUE ANTECEDE, AL CORREO ELECTRÓNICO SEÑALADO. CONSTE



No hay comentarios.:

Publicar un comentario