CONTRATO
DE COMPRAVENTA
Que,
por una parte, celebran el señor DAVID RIVERA RIVERA, su carácter de
vendedor y por la otra, el señor RODOLFO LIMÓN RAMOS, en su carácter de
comprador al tenor de los siguientes antecedentes y cláusulas:
ANTECEDENTES:
A)
DECLARA EL VENDEDOR:
1.
– El señor DAVID RIVERA RIVERA, declara ser mexicano por nacimiento,
mayor de edad, sabe leer y escribir, de ocupación empleado, con capacidad legal
para contratar y obligarse.
II.
– Manifiesta ser el dueño legal y legítimo del vehículo con placas XXXXX,
marca Ford Motor Company S. A., línea 0002105 Mustang dos puertas (Importado),
cobra equipado motor 4.6 L., EFI V8, modelo 2006, número de serie 0000000000. Declara su voluntad de vender dicho vehículo al comprador.
III.
- Para los efectos legales del presente contrato, señala como domicilio en
calle 24 número 7 interior 1 de la colonia Álamos de la ciudad de Puebla,
Puebla.
B)
Declara el comprador:
1.
- El señor RODOLFO LIMÓN RAMOS, declara ser mexicano por nacimiento,
mayor de edad, sabe leer y escribir, de ocupación empleado, con capacidad legal
para contratar y obligarse.
II.
– Manifiesta su voluntad de adquirir el vehículo descrito en el inciso II de
los antecedentes del vendedor, a sabiendas de que, dicho vehículo es de uso.
III.
– Para los efectos legales el comprador señala como domicilio el sito en
Avenida Maximino Ávila Camacho XXXX, colonia Santa Barbara de la ciudad de
Puebla, Puebla.
CLÁUSULAS:
PRIMERA.
– El señor DAVID RIVERA RIVERA, vende el vehículo descrito en el
inciso II de los Antecedentes, en las condiciones que se encuentra después de
una revisión por parte del comprador. El señor RODOLFO LIMÓN RAMOS,
compra para si el mencionado vehículo a su entera satisfacción, en las
condiciones en que se encuentra.
SEGUNDA.
– El precio de la presente compraventa es la cantidad de $ 50, 000. 00
(Cincuenta mil pesos cero centavos moneda nacional), que el vendedor DAVID RIVERA RIVERA, manifiesta bajo protesta de decir verdad, haber
recibido en propias manos de parte del comprador RODOLFO LIMÓN RAMOS, en
este mismo acto.
TERCERA.
– Para la interpretación del presente contrato, en caso de controversia, las
partes se someten a los tribunales del distrito Judicial de Puebla, Puebla,
renunciando a futuros domicilios que, les pudiere corresponder.
CUARTA.
- Leído el presente contrato de compraventa y enteradas las partes de los
alcances legales, lo firman por duplicado, haciendo el vendedor la entrega de
todos los documentos correspondientes.
PUEBLA DE ZARAGOZA VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL
VEINTITRÉS
DAVID RIVERA RIVERA
VENDEDOR
RODOLFO LIMÓN RAMOS
COMPRADOR
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