<script async src="https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-3668019684171575" crossorigin="anonymous"></script>
En
Ciudad Judicial Puebla, nueve de octubre de dos mil veintitrés, doy cuenta al
Juez, con un escrito de VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, turnado el mismo día, para su
acuerdo respectivo. CONSTE.
EXP.
No. 0000/2023/7M
En
Ciudad Judicial Puebla, nueve de octubre de dos mil veintitrés.
Agréguese a los autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes y visto su contenido se acuerda:
ÚNICO. Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 1054, 1063, 1066 y 1129, del Código de Comercio,
téngase al ocursante haciendo las manifestaciones que de su escrito de cuenta
se desprenden y como lo solicita se ordena turnar los autos a la vista del
suscrito juez, para resolver lo que en derecho corresponda respecto a las
excepciones de falta de personalidad e improcedencia de la vía, hechas valer
por la parte demandada en su escrito de contestación de demanda.
NOTIFÍQUESE
POR CORREO ELECTRÓNICO A LAS PARTES.
Así
lo acuerda y firma HUMBERTO BORJA SÁNCHEZ Juez Séptimo Especializado en Materia
Mercantil ante la Secretaria que autoriza y da fe, DIANA MINERVA DOMINGUEZ
AGUILAR.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario