jueves, 19 de mayo de 2022

ACUERDO QUE APRUEBA LA RENUNCIA DE DEFENSOR PARTICULAR

 

JUZGADO DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN REGIÓN CENTRO

 

En el Juzgado de Oralidad Penal y Ejecución Región Centro, Puebla, el 19 diecinueve de abril de 2022 dos mil veintidós, doy cuneta con el escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO Defensor Particular del imputado NOE DIAZ LARA, para su acuerdo:

 

JEFA DE CAUSAS

 

ABOGADA KAREN JOADELY ROSAS VILLAR

 

PUEBLA, PUEBLA, 19 DIECINUEVE DE ABRIL DE 2022 DOS MIL VEINTIDÓS.

 

Visto lo de cuenta, con fundamento en los artículos 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48, 52, 67 y 68 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se acuerda:

 

ÚNICO. – Se tiene por recibido el escrito del Abogado de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO Defensor Particular del imputado NOE MORALES DIAZ, realizando las manifestaciones que del mismo se desprenden, renunciando al cargo de Defensor Particular.

 

Atento a lo anterior, se le conceden 03 tres días al imputado, a efecto de que nombre nuevo abogado defensor que, a su derecho e interés convenga, asimismo, a efecto de no dejar al imputado en estado de indefensión, se le requiere al Defensor Público, adscrito a este Juzgado de Oralidad a efecto de que, de manera inmediata, en el termino de 24 horas contadas a partir de la legal notificación del presente proveído, comparezca a las instalaciones de este Centro de Justicia a aceptar y protestar el cargo a favor del imputado NOE MORALES DIAZ, con el apercibimiento que, de no nombrar defensor particular alguno, subsistirá el nombramiento del defensor particular.

 

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Así lo acordó y firma el Abogado MARIO CORTÉS ALDAMA, Juez de Control de la Región Judicial Centro.

 

JUEZ DE CONTROL 

 

MARIO CORTÉS ALDAMA


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