CUESTIONARIO
QUE CONTIENE LOS PUNTOS QUE DEBERÁN DE RESOLVER LOS PERITOS EN GRAFOSCOPÍA
DENTRO DEL EXPEDIENTE MARCADO CON EL NÚMERO 187/2021 QUE SE PROMUEVE EN EL
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, PUEBLA.
PREVIA
LA ACEPTACIÓN Y PROTESTA DEL CARGO QUE SE LES CONFIEREN, LOS PERITOS DIRÁN:
1.-
Que diga el perito las características grafoscopicas de las firmas dubitables o
cuestionadas que se le atribuyen a la demandada ANGÉLICA
COETO PONCE, debiendo el perito de tomar como firmas dubitables las
siguientes:
a).-
La que contiene en su anverso y en su lado izquierdo el pagare de fecha de
suscripción del quince de febrero del año dos mil dieciocho y fecha de
vencimiento del treinta de marzo del año dos mil dieciocho, que acompañó la
parte actora como documento fundatorio de su acción, firma que en forma específica
se encuentra en el espacio relativo a la firma del deudor.
b).-
La que contiene en su anverso y en su lado izquierdo el pagare de fecha de
suscripción del quince de febrero del año dos mil dieciocho y fecha de vencimiento del treinta de
abril del año dos mil dieciocho, que
acompaño la parte actora como documento fundatorio de su acción, firma que en
forma específica se encuentra en el espacio relativo a la firma del deudor.
2.-
Que diga el perito las características grafoscopicas de las firmas indubitable
o auténticas de la demandada señora ANGÉLICA COETO PONCE, debiendo el perito de
tomar como firmas indubitables las que estampe por diez ocasiones ante presencia
judicial el día y hora que se señale para tal efecto.
3.- Previo el estudio comparativo que realice el perito,
que determine si las firmas que se menciona en el punto número uno del presente
cuestionario fueron realizadas por la demandada ANGÉLICA COETO PONCE o por
persona diferente, determinando el perito en todo caso la autenticidad o
falsedad de las firmas dubitables o cuestionadas.
4.-
Que diga el perito de que métodos o técnicas se valió para emitir su dictamen.
5.-
Después de haber realizado el estudio respectivo el perito deberá formular sus
conclusiones.
PROTESTO
A USTED MI RESPETO
CHOLULA,
PUEBLA A QUINCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
ANGÉLICA
COETO PONCE
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