sábado, 10 de abril de 2021

ESCRITO SOLICITANDO SE GIREN OFICIOS AL AYUNTAMIENTO DE JALPAN, PUEBLA

 

EXP. 709/2018

 

 

CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL Y PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE XICOTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Patrono de la parte actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, mediante el presente escrito, vengo a solicitar que, mediante acuerdo de fecha veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, se ordenó girar atentos oficios, en el punto SEGUNDO, párrafos segundo y tercero, el primero al Director de Seguridad Publica Municipal del Honorable Ayuntamiento de Xicotepec de Juárez, Puebla, para prestar el auxilio de la fuerza pública para la protección de los que intervengan en el lanzamiento decretado en autos respecto del bien inmueble objeto del presente juicio; el segundo al Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento de Xicotepec de Juárez, Puebla, a efecto que determine, en caso de ser necesario, domicilio, local o bodega donde puedan ser depositados los todas las cosas, objetos personales o muebles que obren en el bien inmueble donde se practique el lanzamiento.

 

Ahora bien, de acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada estado tiene como su base en la división territorial y su organización política y administrativa, el municipio libre. En el inciso h) del mismo numeral preceptúa que, el municipio tendrá a su cargo la seguridad pública.

 

Articulo 115. - Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

 

h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e…

 

En consecuencia, solicito se gire atentos oficios, de manera correspondiente al Director de Seguridad Pública Municipal del Honorable Ayuntamiento de Jalpan, Puebla y al Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento de Jalpan, Puebla, para que, el primero preste el auxilio de la fuerza publica y el segundo para que, en caso de ser necesario, indique domicilio, local o bodega para que funja como depósito de las cosas, bienes personales o muebles necesarias de resguardar. Esto para no violar derechos e invadir facultades entre municipios, es decir, se debe estar apegados a las leyes vigentes.

 

En efecto, lo anterior, es también preceptuado por la Constitución Política del Estado de Puebla, en sus artículos 2 y 104 inciso h).

 

Artículo 2. - El Estado adopta para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo y popular, teniendo como base de su organización política y administrativa el Municipio Libre. 

 

Artículo 104. – Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:  

 

h) La Seguridad Pública, en términos del articulo 21 de la constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, policía preventiva municipal y tránsito.

 

 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted ciudadano Juez, respetuosamente, solicito:

 

 

PRIMERO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente escrito, solicitando se gire atento oficio al Director de Seguridad Pública Municipal del Honorable Ayuntamiento de Jalpan, Puebla a efecto de que, preste el auxilio de la fuerza pública.

 

SEGUNDO. – Se gire atento oficio al Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento de Jalpan, Puebla, para que señale domicilio, local o bodega para que funja como depósito de las cosas, bienes personales o muebles necesarias de resguardar.

 

 

TERCERO. – Se turnen los autos a la Diligenciaria para que se lleve a cabo el lanzamiento decretado en autos.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

 

XICOTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA, DOCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO

 

 

 

 

 

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO

 

 

 

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