PLIEGO QUE CONTIENE EL INTERROGATORIO AL TENOR DEL CUAL
DEBERÁ DECLARAR LA PARTE DEMANDADA SOBRE DECLARACIÓN DE PARTE DE HECHOS PROPIOS
Y AJENOS DENTRO DEL JUICIO NUMERO DE EXPEDIENTE 875/15 QUE SE TRAMITA EN EL
HONORABLE JUZGADO DE LO CIVIL DE TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA.
Previa toma de sus generales y la protesta de Ley
de conducirse con verdad y apercibido de las penas en que incurren quienes se
conducen con falsedad en declaraciones judiciales, bajo la fórmula general, los
declarantes dirán:
1.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
que conoce a su demandante JUANA AGUILAR AGUILAR.
2.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
que conoce el predio señalado como lote uno, manzana nueve, zona uno, de Santa
Ana del Carmen Serdán, municipio de Acatzingo de Hidalgo, Puebla.
3.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
si sabe que dicho predio, motivo del presente juicio, le pertenece a la señora
JUANA AGUILAR AGUILAR.
4.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
si le consta que la señora JUANA AGUILAR AGUILAR, es dueña del bien inmueble
que se le reclama.
5.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
que tiene la posesión del bien inmueble, con las medidas y colindancias que se
le reclama, marcado como lote uno, manzana nueve, zona uno, de Santa Ana del
Carmen Serdán, municipio de Acatzingo de Hidalgo, Puebla.
6.- Que diga
el declarante si es cierto como lo es, que tiene el predio motivo del presente
juicio y que se le reclama desde el día veintiocho de agosto de dos mil once.
7.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
desde cuando tiene en posesión el bien inmueble que se le reclama.
8.- Que diga el declarante si es cierto como loes,
si la posesión del bien inmueble que se le reclama, le fue transmitido por
medio de algún acto legal.
9.- Que diga el declarante si es cierto como lo es,
si tiene algún documento que acredite la posesión del bien inmueble que se le
reclama.
Me reservo el derecho para formular más preguntas.
PROTESTO LO NECESARIO
TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA, SIETE DE ENERO DE DOS
MIL DIECISÉIS.
VICTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
No hay comentarios.:
Publicar un comentario