martes, 11 de noviembre de 2014

MODELO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES


CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

Que, celebran por una parte, la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO con el carácter de contratante de los Servicios Profesionales del Licenciado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, con el carácter de Prestador de Servicios Profesionales, al tenor de las siguientes:

                                                         M A N I F E S T A C I O N E S:

A).- La parte contratante:

I.- Manifiesta la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO, ser mexicana por nacimiento, sabe leer y escribir, mayor de edad, tener capacidad legal para contratar y obligarse.

II.- Tener su domicilio para cualquier efecto legal en la casa marcada con el Número Doscientos Tres del Centro Histórico de  esta Ciudad de Puebla.

B).- El prestador de servicios profesionales:

I.- Manifiesta el Licenciado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, bajo protesta de decir verdad, ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, soltero, con capacidad legal para contratar y obligarse, con estudios superiores en la carrera de Derecho, misma que curso en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, cuenta con título legalmente expedido por la Secretaria de Educación Pública, registrado ante el Tribunal Superior de Justicia bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV, cedula número 5381143, manifiesta conocer la tramitación de Juicios Penales, Civiles, Laborales, de Amparo con registro único de profesionales del Derecho ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito número 96068 y Registro Federal de Contribuyentes MISV650101JC5. Se anexan los documentos correspondientes para acreditar lo manifestado.

II.- Manifiesta como domicilio legal para cualquier efecto la casa marcada con el número Seiscientos Diecisiete de la Privada Treinta y Dos A Norte, Colonia Resurgimiento de esta Ciudad de Puebla.

                                                               C L Á U S U L A S:

PRIMERA.- La señora LAURA LÓPEZ CAMARGO, manifiesta su voluntad de contratar los Servicios Profesionales como Abogado Patrono del Licenciado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO para todas y cada una de las asesorías legales que hubiere lugar así como los escritos necesarios relativos a los juicios que se tramiten ante el Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, donde actuara como ACTORA dentro de los juicios siguientes: Juicio reivindicatorio número 444/14 que se tramita en el Juzgado Quinto Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla; Amparo número 669/14 que se tramita en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Puebla y el Juicio Sucesorio Intestamentario número 322/14 que se tramita en el Tribunal Unitario Agrario, con domicilio en Tlaxcala, Tlaxcala, así como todo lo inherente a los mismos, consistentes en la elaboración de escritos, su presentación y el patrocinio en las audiencias dentro del recinto del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, en los Juzgados de Distrito, en los Tribunales Colegiados de Circuito en el Estado de Puebla, o ante los Juzgados Civiles si llegare a corresponder la competencia, si así lo requiriere la prestación de servicios profesionales; así como todo lo inherente a la secuela procesal dentro de los procedimientos de orden laboral u en su caso civil, y en lo que corresponda hasta su total conclusión, de los tres conceptos antes indicados. Asimismo, las partes manifiestan que el escrito que firmen relativo a los asuntos que aquí se tratan serán parte integrante del presente con todas sus consecuencias legales.

SEGUNDA.- El abogado VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, manifiesta estar de acuerdo en fungir como Abogado Patrono en Juicios de orden Laboral, Administrativo, Civil, Agrario o de Amparo, según corresponda hasta su total conclusión, con todo lo solicitado por su contratante, la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO, con toda la diligencia y experiencia que requiere los juicios de mérito.

TERCERA.- Tanto la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO, como el Abogado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, manifiestan que después de haber platicado sobre los honorarios de quien fungirá como Abogado Patrono dentro de  los juicios correspondientes, han convenido que estos serán por las siguientes cantidades y porcentajes: por el registro del Sindicato y Toma de Nota del comité Ejecutivo del Sindicato indicado en la cláusula Primera, de pacta la cantidad fija de $ 100,000.00 (CIEN MIL PESOS CERO CENTAVOS M.N.), pagaderos de la siguiente forma: $ 50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS M.N.), el día diecinueve de diciembre del dos mil catorce, $ 50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS M.N.), una vez que se entregue en copia certificada la resolución que se emita en cada juicio indicado en la cláusula primera de este contrato. De la misma manera la parte Actora pagara los gastos que se generen los cuales se cubrirán con el pago de $ 4,000.00 (CUATRO MIL PESOS CERO CENTAVOS M.N.)M mensualmente, cantidades que no incluyen el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, expidiendo el Abogado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO el correspondiente Recibo de Honorarios al pago de los mismos más el I.V.A. Asimismo, la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO, manifiesta que las cantidades y porcentajes pactados, más los gastos pactados, son los justos y no media dolo o lesión y que le ha sido explicado el proceso en general y cualquier otra duda en la secuela procesal le será explicada por el Abogado Patrono.

CUARTA.- Las partes contratantes manifiestan que la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO, puede dejar de ocupar los servicios profesionales del Abogado Patrono VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, mediante escrito que deberá notificar en el domicilio del contratado y que de la misma manera el Abogado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, podrá dejar de patrocinar la señora LAURA LÓPEZ CAMARGO , dentro del procedimiento de que le corresponda conocer, mediante escrito que deberá notificar en el domicilio señalado de su contratante; sin que pueda dejar de hacer tantas y cuantas diligencias necesarias a efecto de no quedar en estado de indefensión o de inactividad con todas las responsabilidades inherentes a los servicios contratados y con las consecuencias legales señaladas tanto en el Código de Procedimientos Civiles ya sean en el ámbito Estatal o Federal y en Código de Defensa Social  para el estado de Puebla, de manera voluntaria o bien por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.   

QUINTA.- Las partes, para la interpretación y resolución, en caso de controversia del presente se someten a la Jurisdicción de los Tribunales del Estado de Puebla, renunciando a cualquier domicilio futuro que les pudiera corresponder.

Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 2520, 2524, 2525, 2532 del Código Civil y, 1 y 4 de la Ley para el Cobro de Honorarios Profesionales, ambos cuerpos normativos para el Estado de Puebla.

Leído y explicados los alcances legales del presente contrato de Prestación de Servicios Profesionales lo firman por duplicado, al margen y al calce los contratantes.

                        HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL CATORCE.
           


LAURA LÓPEZ CAMARGO




                                                       

                                                      VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO

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