martes, 23 de junio de 2026

INCIDENTE DE POSESIÓN DE ESTADO DE HIJO

 

INCIDENTE 0000/2024

 

CIUDADANA JUEZA DE LO CIVIL Y DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.

 

 

 

 

ANICETO AAAA GGGG, promoviendo por mi propio derecho, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos del juicio principal 0000/2024 de los índices de este Honorable Juzgado, señalando como domicilio particular el sito en CALLE FRANCISCO I. MADERO NÚMERO TRESCIENTOS YYYY, SECCIÓN PRIMERA DE LOS REYES DE JUAREZ, PUEBLA, señalando correo electrónico carrascoandradejessica@gmail.com, para recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan; nombrando como mi abogada patrono a la Licenciada JESSICA CCCC AAAA, quien cuenta con título debidamente inscrito en el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida 0000, foja 0000 frente, libro 0000; ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, quien señala como domicilio el sito en AVENIDA INDEPENDENCIA NORTE NÚMERO TRESCIENTOS XXXX Y YYYY DE CUAPIAXTLA DE MADERO, PUEBLA, ante Usted, con el respeto debido comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito y anexos, con base en VISTOS de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, vengo a interponer INCIDENTE DE POSESIÓN DE ESTADO DE HIJO en contra del Albacea Provisional del juicio sucesorio 0000/2024 del Índice del este Juzgado, ELFEGO AAAA GGGG, a bienes de los De Cujus JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR y LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, a quien le señalo como domicilio para ser emplazado el sito en FRANCISCO I. MADERO NÚMERO XXXX DE LA PRIMERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUAREZ, PUEBLA, lo anterior para probar la filiación del suscrito respecto a mi señora madre, quien en vida uso los siguientes nombres LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, en los siguientes términos:

 

P R E S T A C I O N E S:

 

A) Que, mediante sentencia ejecutoriada se declare la filiación legitima y legal mediante la Posesión de Estado de Hijo respecto de mi señora madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA dentro del presente juicio principal mediante la posesión de Estado de Hijos.

 

B) Que, mediante sentencia ejecutoriada de la presente declaración de filiación entre el suscrito y mi madre, se me tenga reconocido como heredero a bienes de mi madre dentro del juicio intestamentario 714/2024 del Índice de este Juzgado.  

 

H E C H O S:

 

1. – Con fecha veintisiete de abril de mil novecientos cincuenta y tres el suscrito, ANICETO AAAA GGGG, nací y fui registrado, con fecha veintiocho de mayo de mil novecientos cincuenta y tres, ante el Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla, y esto solo fue hecho por mi señor padre JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR, pero además de su primer apellido (AGUILAR) me registró con el primer apellido de mi madre (GARCÍA), tal y como consta en el acta de nacimiento número 154, del libro uno por haber sido mi señora madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA. 

 

2. – Mi madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAA vivía en concubinato con nuestro señor padre JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR, y vivieron públicamente como esposos, estableciendo su domicilio en FRANCISCO I. MADERO NÚMERO XXXX DE LA PRIMERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUAREZ, PUEBLA, y desde mi nacimiento mi madre siempre me trató como lo que, soy su hijo pues siempre me trató como tal hasta su muerte el veinte de diciembre de dos mil seis y seguí ostentándome como su hijo pues seguí usando el primer apellido de mi señora madre; tal y como se prueba mediante las documentales y, pruebas que se ofrecen y se desahoguen.  

 

Rubro:

 

POSESIÓN DE ESTADO DE HIJO, PRUEBA DE LA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

 

Registro Digital: 187444

 

Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Marzo de 2002; Pág. 1417

 

Precedentes:

 

Amparo en revisión 332/2001. Instituto para la Asistencia Pública del Estado de Puebla. 11 de octubre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretario: Nelson Loranca Ventura.

 

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

 

Época: Novena Época

 

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

 

Sala: 7

 

Materias: Civil

 

Fecha de publicación: None

 

Texto:

 

De conformidad con el artículo 547 del Código Civil para el Estado de Puebla, la filiación puede probarse en juicio, por la posesión de estado de hijo de las personas a quienes se señalan como padres, entre otros casos, cuando las actas que existieren fueran defectuosas, incompletas o declaradas judicialmente falsas; asimismo, el artículo 548 del citado ordenamiento legal establece que la posesión de estado de hijo se justificará demostrando por los medios ordinarios de prueba que el interesado ha sido tratado por el presunto padre o por la familia de éste como hijo del primero; que ha usado constantemente su apellido y que éste ha proveído a su subsistencia, educación y establecimiento. Ahora bien, de los preceptos legales invocados se infiere con meridiana claridad que para justificar la posesión de estado de hijo no se requiere el reconocimiento expreso por parte del progenitor, sino simplemente acreditar los elementos a los que se ha hecho mención, porque precisamente el incidente es una forma alternativa de demostrar la filiación ante la ausencia del reconocimiento expreso.

 

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

 

3. Finalmente manifiesto bajo protesta de decir verdad que, durante toda mi vida he usado, tanto en mis actos públicos y privados, el apellido correspondiente de mi señora madre; de la misma manera  muchos de nuestros vecinos en Los Reyes de Juarez, Puebla y otros poblados saben que soy hijo de mi señora madre  LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAA porque la misma siempre me cuidó, me dio alimentos, me envió a la escuela, me curó cuando enfermé entre otras atenciones y el suscrito la trató en correspondencia como mi madre. Por lo cual ofrezco las siguientes pruebas para acreditar que, mi nombre se ajusta a la realidad social y jurídica y mi nombre que siempre he usado es ANICETO AAAA GGGG.

 

D E R E C H O:

 

I.- DE LA COMPETENCIA. – Este Honorable Juzgado Mixto del distrito Judicial de Tepeaca, Puebla es competente de acuerdo con lo establecido en los numerales 100, 108 fracción XV del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla; 10 y 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.

 

II. – DEL INTERÉS JURÍDICO. – Este presupuesto lo probamos mediante la necesidad de que, esta autoridad declare que, somos hijos de nuestra madre en términos del artículo 101 de la Ley Procesal para la entidad federativa de Puebla.

 

III. – DE LA CAPACIDAD. – La capacidad la demostramos por estar en aptitud jurídica de comparecer a juicio con base en el artículo 102 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

IV. - DE LA PERSONALIDAD. – Nuestra personalidad la acreditamos mediante las documentales exhibidas en virtud de comparecer por nuestro propio derecho en concordancia con el dispositivo legal 103 de la Ley Procesal correspondiente.

 

V. – DE LA LEGITIMACIÓN ACTIVA. – Probamos este presupuesto por estar en aptitud de ejercer la acción hecha valer dentro el presente procedimiento de acuerdo con el artículo número 104 de la Ley Procedimental para el presente acaso.

 

VI. – DE LA DEMANDA FORMAL Y SUSTANCIALMENTE VÁLIDA. – Se prueba en virtud de estar apegada a las leyes aplicables y estas la eficaz relación entre las partes y este Honorable Juzgado.

 

P R U E B A S:

 

1. – LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en todo lo actuado dentro del expediente número 714/2024 de los libros índices de este Honorable Juzgado Mixto de Tepeaca, Puebla, en especial de mi acta de nacimiento a nombre de ANICETO AAAA GGGG y la copia certificada de mi identificación oficial. Documentales que tienen el fin de probar que, uso el primer apellido de mi madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAA y tengo el derecho a usarlo como hasta ahora en mis documentos públicos y privados. Pruebas que, se relacionan con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.

 

2. – LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento del suscrito ANICETO AAAA GGGG, en donde se aprecia que, soy hijo de MARCOS AAAA RRRR y LIDIA GGGG MMMM, pues, aunque mi madre no ocurrió a reconocerme ante el Juez del Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla, vivió en concubinato con mi padre y pretendo acreditar mediante dicha probanza que, tengo derecho a usar su primer apellido (GARCÍA) por haber sido mi madre. Prueba que, relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente. 

 

3. – LA DOCUMENTAL PÚBLICA. - Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento del hijo del suscrito, ANICETO AAAA GGGG, de nombre ISMAEL AAAA RRRR, donde se desprende que, mis padres y en especial mi madre son abuelos de mi hijo y, por lo tanto, son mis padres pues vivieron en concubinato y, en consecuencia, a pesar de no haber ocurrido mi madre a reconocerme ante el Juez del Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla, vivió con mi padre como marido y mujer, prueba que, pretende acreditar que, tengo derecho a usar su primer apellido (GARCÍA) por haber sido mi madre. Prueba que, relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente. 

 

4. – LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento del hijo del suscrito ANICETO AAAA GGGG, de nombre JORGE AAAA RRRR, donde se deprende que MARCOS AAAA RRRR y LIDIA GGGG MMMM son abuelos de mi hijo y por lo tanto, son mis padres pues vivieron en concubinato y, por lo tanto, a pesar de no haber ocurrido mi madre a reconocerme ante el Juez del Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla, se llega al conocimiento de ser mi progenitora y pretendo acreditar mediante dicha documental que, tengo derecho a usar su primer apellido (GARCÍA) por haber sido mi madre. Prueba que, relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.  

 

5. - LA TESTIMONIAL. – Consistente en las declaraciones que, hagan los testigos; la primera de nombre ROSALINA RRRR RRRR, con domicilio en CALLE CINCO DE MAYO NÚMERO XXXX Y YYYY DE LA COLONIA EL SALVADOR DE LA CIUDAD DE PUEBLA; la segunda de nombre CATALINA RRRR ZZZZ, con domicilio en CALLE PROGRESO NÚMERO DOSCIENTOS XXXX, DE LA PRIMERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, a quienes nos comprometemos presentar el día y hora que, su Señoría determine y declararan de viva voz sobre los hechos que saben y les constan con relación a los hechos del presente incidente de Posesión de Estado de Hijo. Prueba que, tiene la finalidad de probar que, la señora LIDIA GGGG MMMM y/o, ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA uso estos nombres, pero los mismos corresponden a la misma persona y, que, la misma fue mi madre por haber vivido en concubinato con mi padre y, por lo tanto, pretendo probar que, tengo el derecho a usar su primer apellido en mi nombre completo y, correcto y que siempre he usado en mis documentos públicos y privados. Prueba que, se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.

 

6. – LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. – La presunción legal consistente en la emanada del artículo 547 fracción V del Código Civil para el Estado de Puebla, por haber nacidos el accionante durante el concubinato de mis padres ya aludidos y los mismos han fallecido.

 

La presunción humana basada en un hecho conocido, consistente en que, mi mi madre LIDIA GGGG MMMM y/o, ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, vivió en concubinato durante toda su vida con mi padre, MARCOS AAAA RRRR, y, en consecuencia, se encuentra la verdad buscada que, el suscrito soy hijo de mi aludida madre. Pruebas con las cuales pretendo probar que, soy hijo de mi extinta madre LIDIA GGGG MMMM y/o, ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA y por lo tanto tengo el derecho a usar su primer apellido para constituir el nombre del suscrito como parte de mi nombre de acuerdo con el artículo 64 del Código Civil para el Estado de Puebla. El nombre. “El nombre propio será puesto libremente por quien declare el nacimiento de una persona, y los apellidos, serán el del padre y el de la madre…”

 

P E T I C I O N E S:

 

PRIMERO. – Tener por presentado en tiempo y forma legal el presente INCIDENTE DE POSESIÓN DE ESTADO DE HIJO.

 

SEGUNDO. – Se me tenga nombrando a mi abogada patrono y correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones que, por ley me correspondan.

 

TERCERO. – Se me tenga ofreciendo pruebas, previa calificaciones de legales solicito se señale día y hora para aquellas que, así lo requieran.

 

CUARTO. – Citar al Albacea Provisional para que, comparezca en calidad de representante de la sucesión y a todos quienes se crean con derecho mediante edictos que su señoría ordene.

 

QUINTO. - Previos tramites de ley, se dicte la sentencia definitiva correspondiente en términos de Ley, declarando la filiación legitima mediante la Posesión de Estado de Hijo del suscrito respecto de mi señora madre LIDIA GGGG MMMM y/o, ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA.

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

TEPEACA, PUEBLA, VEINTIDÓS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISÉIS

 

 

 

ANICETO AAAA GGGG

 

 

 

JESSICA CCCC AAAA

 

ABOGADA PATRONO


No hay comentarios.:

Publicar un comentario