<script async src="https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-3668019684171575"
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DE COMPRAVENTA
Que,
celebran por una parte el señor BILIULFO AAAA AAAA, en su carácter de vendedor y los señores ERÉNDIRA
y ELIEZER, ambos de apellidos AAAA CCCC, con el carácter de
compradores, en los Reyes de Juárez, Puebla, siendo las doce del día del
catorce de enero de dos mil veinticuatro, al tenor de los siguientes antecedentes
y cláusulas:
ANTECEDENTES:
EL
VENDEDOR
A.
Manifiesta ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, sabe leer y escribir con
capacidad legal para contratar y obligarse.
B.
Manifiesta ser dueño del bien inmueble objeto del presente contrato lo que
acredita con el contrato de compraventa mediante el cual lo adquirió y, que
tiene en posesión plena y es su voluntad la de vender el bien inmueble objeto
del presente contrato.
LOS
COMPRADORES
A.
Los compradores manifiestan ser mexicanos por nacimiento, mayores de edad,
saben leer y escribir con capacidad para contratar y obligarse.
B.
Manifiestan ser su voluntad de comprar el bien inmueble objeto del presente
contrato.
CLÁUSULAS:
PRIMERA.
– Manifiesta el vendedor BILIULFO AAAA AAAA, ser
el legal y legítimo propietario del bien inmueble objeto del presente contrato,
lo que acredita con el contrato de compraventa de fecha catorce de febrero de
mil novecientos setenta y ocho, bien inmueble sito en Avenida Cinco de Mayo,
Sección Primera de los Reyes de Juárez, Puebla, el cual tiene las siguientes
medidas y colindancias:
Al norte: mide 28 metros y colinda con propiedad de BILIULFO AAAA AAAA y YOLANDA CCCC,
Al
sur: mide 27 metros y colinda propiedad de JORGE VVVV PPPP,
Al
oriente: mide 10 metros y colinda con propiedad de CARLOS RRRR JJJJ y
Callejón Vecinal y
Al
poniente: mide 12 metros y colinda con propiedad de ENCARNACIÓN RRRR.
SEGUNDA.
– El precio fijado por las partes contratantes BILIULFO AAAA AAAA en su
carácter de vendedor y los señores ERÉNDIRA y ELIEZER, ambos de apellidos
AAAA CCCC, en su carácter de compradores, fijan la cantidad de $100,
000. 00 (CIEN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), que, el vendedor acepta
haber recibido de propias manos de los compradores, sirviendo esta cláusula
como el recibo más valedero a favor de los compradores.
TERCERA.
– Las partes manifiestan que, en el presente contrato de compraventa no media
lesión o error por ser el bien inmueble el correcto y el precio el justo, pero
en caso de que, a juicio de peritos valuadores valiera más o valiera menos se
hacen mutua voluntad de no ejercitar acción legal alguna; obligándose el
vendedor BILIULFO AAAA AAAA, a otorgar contrato de compraventa en
escritura pública en la notaría que, elijan los compradores.
CUARTA.
– El vendedor acredita la propiedad con el contrato de compraventa de
referencia y ha tenido la posesión del bien inmueble objeto del presente
contrato de manera pública, continua y pacífica y con estos derechos vende a
los compradores en los términos de las cláusulas del presente contrato y, en
consecuencia, hace la entrega jurídica y material del bien inmueble objeto del
presente contrato con todos accesorios, entradas, servidumbres y todo por
cuanto de derecho y de hecho le correspondan.
QUINTA.
– El vendedor se obliga al saneamiento y evicción ya sea de manera
extrajudicial o judicial de acuerdo con el Código Civil para el Estado de
Puebla.
SEXTA.
– Previa lectura y explicación de los alcances legales del presente contrato de
compraventa lo firman al margen y al calce, sometiéndose a los tribunales del
Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, renunciando a los domicilios que, pudiera
corresponderles en el futuro.
BILIULFO AAAA AAAA
ERÉNDIRA AAAA CCCC
ELIEZER AAAA CCCC
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