jueves, 21 de noviembre de 2024

CONTRATO DE COMPRAVENTA

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CONTRATO DE COMPRAVENTA

 

Que, celebran por una parte el señor BILIULFO AAAA AAAA, en su carácter de vendedor y los señores ERÉNDIRA y ELIEZER, ambos de apellidos AAAA CCCC, con el carácter de compradores, en los Reyes de Juárez, Puebla, siendo las doce del día del catorce de enero de dos mil veinticuatro, al tenor de los siguientes antecedentes y cláusulas:

 

ANTECEDENTES:

 

EL VENDEDOR

 

A. Manifiesta ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, sabe leer y escribir con capacidad legal para contratar y obligarse.

 

B. Manifiesta ser dueño del bien inmueble objeto del presente contrato lo que acredita con el contrato de compraventa mediante el cual lo adquirió y, que tiene en posesión plena y es su voluntad la de vender el bien inmueble objeto del presente contrato.

 

LOS COMPRADORES

 

A. Los compradores manifiestan ser mexicanos por nacimiento, mayores de edad, saben leer y escribir con capacidad para contratar y obligarse.

 

B. Manifiestan ser su voluntad de comprar el bien inmueble objeto del presente contrato.  

 

CLÁUSULAS:

 

PRIMERA. – Manifiesta el vendedor BILIULFO AAAA AAAA, ser el legal y legítimo propietario del bien inmueble objeto del presente contrato, lo que acredita con el contrato de compraventa de fecha catorce de febrero de mil novecientos setenta y ocho, bien inmueble sito en Avenida Cinco de Mayo, Sección Primera de los Reyes de Juárez, Puebla, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias:

 

Al norte: mide 28 metros y colinda con propiedad de BILIULFO AAAA AAAA y YOLANDA CCCC,

 

Al sur: mide 27 metros y colinda propiedad de JORGE VVVV PPPP,

 

Al oriente: mide 10 metros y colinda con propiedad de CARLOS RRRR JJJJ y Callejón Vecinal y

 

Al poniente: mide 12 metros y colinda con propiedad de ENCARNACIÓN RRRR.

 

SEGUNDA. – El precio fijado por las partes contratantes BILIULFO AAAA AAAA en su carácter de vendedor y los señores ERÉNDIRA y ELIEZER, ambos de apellidos AAAA CCCC, en su carácter de compradores, fijan la cantidad de $100, 000. 00 (CIEN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), que, el vendedor acepta haber recibido de propias manos de los compradores, sirviendo esta cláusula como el recibo más valedero a favor de los compradores.

 

TERCERA. – Las partes manifiestan que, en el presente contrato de compraventa no media lesión o error por ser el bien inmueble el correcto y el precio el justo, pero en caso de que, a juicio de peritos valuadores valiera más o valiera menos se hacen mutua voluntad de no ejercitar acción legal alguna; obligándose el vendedor BILIULFO AAAA AAAA, a otorgar contrato de compraventa en escritura pública en la notaría que, elijan los compradores.

 

CUARTA. – El vendedor acredita la propiedad con el contrato de compraventa de referencia y ha tenido la posesión del bien inmueble objeto del presente contrato de manera pública, continua y pacífica y con estos derechos vende a los compradores en los términos de las cláusulas del presente contrato y, en consecuencia, hace la entrega jurídica y material del bien inmueble objeto del presente contrato con todos accesorios, entradas, servidumbres y todo por cuanto de derecho y de hecho le correspondan.

 

QUINTA. – El vendedor se obliga al saneamiento y evicción ya sea de manera extrajudicial o judicial de acuerdo con el Código Civil para el Estado de Puebla.

 

SEXTA. – Previa lectura y explicación de los alcances legales del presente contrato de compraventa lo firman al margen y al calce, sometiéndose a los tribunales del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, renunciando a los domicilios que, pudiera corresponderles en el futuro.

 

 

BILIULFO AAAA AAAA

 

 

 

ERÉNDIRA AAAA CCCC

 

 

 

ELIEZER AAAA CCCC


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