RAZÓN
DE CUENTA. En Ciudad Judicial de Tepeaca Puebla a diecisiete de abril del año
dos mil veinticuatro, el Suscrito Secretario de Acuerdos da cuenta al Juez con
un escrito de la parte codemandada recibido el ocho de abril del año en curso y
turnados el nueve de abril del presente año para su acuerdo correspondiente.
CONSTE.
LICENCIADO
ALEJANDRO GARRIDO
SECRETARIO
DE ACUERDOS
EXPEDIENTE
0000/2023
JUICIO
REIVINDICATORIO
Agréguese
a sus autos el escrito de cuenta, para que surta sus efectos legales
correspondientes, visto su contenido con fundamento en lo dispuesto por los artículos
408, 409 y 410 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla,
se acuerda:
Hágasele
saber a la parte actora que, por el momento no ha lugar que por el momento no
ha lugar a acordar de conformidad su petición toda vez que el sistema para
designación de Peritos tercero en discordia se encuentra sus pendido con motivo
de las elecciones, por lo que una vez que se restablezca, se autorizara su petición,
sin embargo se instruye al Secretario de Acuerdos para que se comunique
mediante llamada telefónica con el perito tercero en Discordia GERMAN PEDRO
RIVERA SOSA y le requiera para que manifieste si va a comparecer a aceptar el
cargo o no.
NOTIFÍQUESE
POR CORREO ELECTRÓNICO.
Así
lo acordó y firma el Licenciado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo
Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Secretario de Acuerdos
con quien actúa y autoriza, el Licenciado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO. Doy fe.
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