RAZÓN
DE CUENTA. En Ciudad Judicial a once de septiembre del año dos mil veintitrés,
el suscrito secretario de acuerdos da cuenta al Juez con un escrito de MARTIN
CONTRERAS MACHORRO, anexando un contrato de compraventa, una copia certificada
de Cedula Profesional, recibidos en este Juzgado el día seis de septiembre del
año en curso y turnados con fecha siete de septiembre del presente año para su
acuerdo correspondiente. CONSTE.
LIC. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO
SECRETARIO DE ACUERDOS
EXPEDIENTE
NÚM. 0000/2023 J. REIVINDICATORIO En Ciudad Judicial Tepeaca, Puebla, a once de
septiembre del año dos mil veintitrés.
Agréguese
a sus autos los escritos de cuenta, de para que surtan sus efectos legales,
visto su contenido con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20, 22, 25,
204, y 225 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se acuerda:
Téngase
a MARTIN MACHORRO RAMOS dando contestación en tiempo y forma legal a la demanda
instaurada en su contra.
Asimismo,
téngase al ocursante designando como Abogado Patrono a los licenciados JESSICA
CARRASCO ANDRADE y HUGO MIAZ SERRANO, quienes cuentan con datos de Registro de
su título profesional ante el Honorable Tribunal Superior de Justicia del
Estado, mismos que han sido corroborados en el Sistema de Consulta de Registro
de Títulos del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, y atento que
los profesionistas mencionados signan el escrito con que se da cuenta, en señal
de aceptación y protesta se le discierne el cargo con toda la suma de derecho y
obligaciones inherentes a las de su especie.
Asimismo,
se le tiene oponiendo como excepciones las que se desprenden de su escrito, en
el mismo sentido se le tiene objetando las pruebas de su contraria, ofreciendo
pruebas tendientes a justificar sus objeciones.
Por
otro lado, se le tiene señalando al promovente el domicilio para recibir
notificaciones el ubicado en dos poniente, numero ciento cinco, colonia centro
Tepeaca, Puebla, así como el correo electrónico: gleyghor@hotmail.com
Finalmente,
se le tiene ofreciendo como pruebas de su parte las que cita en el capítulo
respectivo de su escrito de contestación de demanda, con las cuales se ordena
dar vista a la parte actora para que dentro del término de TRES DÍAS de
estimarlo necesario objete las que permita la Ley, y ofrezca pruebas tendientes
a justificar esas objeciones opuestas, asimismo se le tiene ofreciendo como
prueba pericial de su parte LA PERICIAL EN TOPOGRAFIA, AGRIMENSURA E
IDENTIFICACION DE INMUEBLES en consecuencia, se ordena dar vista a la parte
contraria para que en el término de tres días nombre perito de su parte en la
misma técnica y profesión que señala en el ocurso que se acuerda, y haga las
adiciones que estime pertinentes, apercibido que no hacerlo en el término
señalado, se le tendrá por conforme con el dictamen que emita el perito de la
parte demandada.
Ahora
bien, atendiendo a su solicitud de hacer saber la tramitación del presente
Juicio a Laurentino Serrano Ramos también conocido como José Laurentino Serrano
Ramos y Eulalia Ramos Lara y tomando en consideración que dichas personas les
asiste interés Jurídico en el presente procedimiento, se le requiere a ambas
partes actora-demandada para que en el término de tres días exhiban copia
simple del escrito de demanda y contestación respectivamente, a fin de estar en
posibilidad de correrles traslado a Laurentino Serrano Ramos también conocido
como José Laurentino Serrano Ramos y Eulalia Ramos Lara.
NOTIFÍQUESE
A LAS PARTES VIA CORREO ELECTRONICO.
Así
lo acordó y firma el Licenciado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo
Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Secretario de Acuerdos con
quien actúa y autoriza, Licenciado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO. Doy fe.
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