La división de poderes es una teoría que nunca se pudo practicar en el Estado moderno mexicano y las necesidades reales exigían que los órganos del Estado actuaran conforme al dinamismo imperante y dieran respuestas a los problemas nacionales. De esta manera se fue distanciando la teoría y la realidad factual hasta producirse un divorcio permanente. La teoría dictando la forma y la realidad en su propia dirección. Era necesario hacer una nueva teoría o por lo menos iniciarla para casar teoría y realidad y el método era y es ir a la inversa de como procedió Montesquieu, el Constituyente y los constitucionalistas mexicanos. Ellos fueron de lo abstracto a lo concreto y por eso se erro fatalmente. Por ello procedí ir de la realidad concreta a la teoría. Esta primera parte es destructiva y expositiva; la segunda parte sera propagativa.
Modelos de escritos jurídicos fundamentalmente de los Códigos aplicables en el Estado de Puebla, México. Civil, Familiar, Penal, Administrativo, Amparo, Mercantil. Las demandas, acuerdos, sentencias y demás escritos han sido presentados ante juzgados competentes y acordados por los mismos. Se han cambiado los nombres y demás datos confidenciales. Se ha conservado lo actuado con las deficiencias y virtudes de las partes y de los juzgadores. Informes 22 29 02 63 67.
miércoles, 22 de febrero de 2017
EL FIN DEL ESTADO MODERNO EN MÉXICO
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