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En
tres de octubre de dos mil veinticuatro, doy cuenta al Juez con un escrito de
JOSÉ OSCAR DDDD MMMM, abogado patrono de la parte actora, recibido el dos de
octubre del año en curso, para su acuerdo. Conste.
Ciudad
Judicial Puebla, a tres de octubre de dos mil veinticuatro.
Agréguese a sus autos el escrito de JOSÉ OSCAR DDDD MMMM, abogado patrono de la parte actora, con el que se da cuenta para que surta sus efectos legales, visto su contenido con fundamento en los artículos 52 fracción I, 80 y 88, del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se acuerda:
Único. Dígase al ocursante, que
se le dejan expeditos sus derechos para que previo el pago de los derechos
correspondientes realice las investigaciones correspondientes. Ello en atención
que es una dependencia pública.
Notifíquese
por correo electrónico a la parte actora y por lista a la parte demandada. Así
lo acuerda y firma, Julián González Cuevas, Juez Tercero Especializado en
Materia Civil de esta Ciudad, ante, Silvia Ortiz Márquez, Secretaria de
acuerdos que autoriza y da fe.
La
suscrita Secretaria, Silvia Ortiz Márquez, hago constar que esta resolución se
digitaliza íntegramente en el Sistema Electrónico de Control y Gestión Judicial
del juzgado
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