sábado, 12 de octubre de 2013

MODELO DE CONTRATO LABORAL




JURÍDICO IURE. PRIV. 32 A NORTE 617, COL. RESURGIMIENTO, PUEBLA, PUEBLA, TEL. 01 222 892 42 62


Contrato Individual de Trabajo por tiempo determinado, que celebran de una parte el señor Víctor Hugo Míaz Serrano como representante legal del Despacho Jurídico IURE, con domicilio social en la casa marcada con el número 617 de la Privada Treinta y Dos A Norte de la colonia Resurgimiento, Puebla, Puebla, a quien en lo sucesivo se le denominará EL PATRON; y de la otra parte el señor Lourdes López Ramos, con domicilio en el número cinco de la calle Limón de la colonia Azcarate de la ciudad de Puebla, Puebla  a quien en lo sucesivo se le denominará  EL TRABAJADOR; en los términos y condiciones siguientes:


PRIMERA CLAUSULA:

EL EMPLEADOR se dedica a la prestación de servicios profesionales como abogado litigante la cual requiere de personal capacitado en el puesto de asistente jurídico.

SEGUNDA CLAUSULA:

EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL TRABAJADOR para que cumpla el puesto de ASISTENTE JURIDICO.
TERCERA CLAUSULA:

Este documento tendrá una duración indeterminado, debiendo iniciar sus labores EL TRABAJADOR el 15 de octubre del 2013..
CUARTA CLAUSULA:

EL TRABAJADOR cumplirá el siguiente horario de LUNES a SABADO en el horario comprendido de las NUEVE a las DIECISIETE horas, constituyendo en forma acumulativa una jornada semanal de CUARENTA Y OCHO HORAS.
QUINTA CLAUSULA:

EL TRABAJADOR deberá cumplir las reglas del Centro de Trabajo, estipuladas en el Reglamento Interno de Trabajo.
SEXTA CLAUSULA:

EL EMPLEADOR pagará al TRABAJADOR la cantidad de $6,000.00 como remuneración mensual.

SEPTIMA CLAUSULA:

Las partes convienen en que todo lo previsto en el presente contrato, se regirá por lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, y en caso de incumplimiento expresamente se someten a la Jurisdicción de las Autoridades en materia del trabajo de ésta Entidad Federativa.

Conforme con todas las cláusulas anteriores, ambas partes firman


H. Puebla de Z., a 15 de Octubre del 2013



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EL EMPLEADOR                                                                 EL TRABAJADOR
 

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