En nueve de febrero de dos mil veintitrés, doy cuenta
al Juez con el oficio 246 de la SECRETARIA CONCILIADORA DEL JUZGADO SEXTO DE LO
CIVIL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO,
acompañado de un exhorto, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.
Ciudad Judicial Puebla, a nueve de febrero de dos mil
veintitrés. Agréguese a sus autos el oficio de la SECRETARIA CONCILIADORA DEL
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL PODER JUDICIAL DE LA
CIUDAD DE MEXICO, acompañado de un exhorto, para que surta sus efectos legales
procedentes, visto su contenido se acuerda:
ÚNICO. - Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 80
y 88 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se tiene a la
funcionaria oficiante, devolviendo el exhorto sin diligenciar, el cual se
ordena agregar para que surta sus efectos legales correspondientes y con éste,
se ordena dar vista a la parte actora para que manifieste lo que a su derecho e
interés convenga.
Notifíquese electrónicamente a la parte actora, a los
demandados: MARCO ANTONIO PONCE DE LEON LIMON, ADALID CORDOBA MUÑOZ, ROSENDO
MORALES SANCHEZ, NOTARIA PUBLICA NUMERO CUARENTA Y NUEVE DE PUEBLA, y por lista
al resto de los demandados.
Así lo acuerda y firma el Juez Tercero Especializado
en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla, abogado HELIODORO JUÁREZ
FERNÁNDEZ, ante la Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe, SILVIA ORTÍZ
MÁRQUEZ. Exp. 0000/2019/3C
La suscrita Secretaria Silvia Ortíz Márquez, hago
constar que esta resolución se digitaliza íntegramente en el Sistema
Electrónico de Control y Gestión Judicial del juzgado.
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