PREVENSIONES.-En
seguida, en la misma fecha, (diecinueve de diciembre de dos mil trece), la
suscrita ciudadana Abogada SANDRA CASTRO MORENO, Secretaria del Juzgado Séptimo
de Defensa Social de los de este Distrito Judicial, teniendo presente a través de
la rejilla de prácticas de diligencias de este Juzgado al procesado CARLOS
GONZÁLEZ MONTES, a quien se procede a prevenirlo en términos del artículo 366
del código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de
Puebla en los siguientes términos: Presentarse a firmar el libro número 23, de
los que gozan de su libertad provisional, en la foja 73, deberá comparecer ante
este Juzgado, comunicar cualquier cambio de domicilio que tuviese, deberá de abstenerse
de molestar a las partes agraviadas, que en caso de no dar cumplimiento a las
anteriores prevenciones, se decretara su inmediata re aprensión y el deposito
que se exhibió se hará efectivo; después de haber escuchado detenidamente dijo:
Quedar enterado y entendido de las mismas, firmando al margen y al calce para constancia.
Doy fe.
SANDRA
CASTRO MORENO
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