martes, 2 de septiembre de 2025

CONVENIO DE ALIMENTOS, GUARDA Y CUSTODIA

  <script async src="https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-3668019684171575"crossorigin="anonymous"></script>


CONVENIO QUE CELEBRAN LOS C.C. VIRIDIANA VVVV MMMM Y ARMANDO CCCC CCCC, POR EL CUAL DETERMINAN LA SITUACION DE GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS DE LOS MENORES ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV SOMETIENDOSE A LAS SIGUIENTES:

 

                                                  C L A U S U L A S

 

PRIMERA. - Las partes acuerdan que el señor ARMANDO CCCC CCCC, conservará el ejercicio de la Patria Potestad de sus menores hijos de nombres ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV.

 

SEGUNDA. - La señora VIRIDIANA VVVV MMMM, tendrá la guarda y custodia de los menores ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV ejerciendo actualmente esta facultad en el domicilio ubicado en calle MARQUES DE ALTAMIRA XXXX YYYY, RINCONES DEL MARQUES, EL MARQUES, QUERÉTARO, ESTADO DE QUERÉTARO y conservará el ejercicio de la Patria Potestad. 

 

TERCERA.- Por esta clausula las partes acuerdan que el señor ARMANDO CCCC CCCC, visitará a los menores ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV, los fines de semana, ambos padres se pondrán de acuerdo para determinar el día de fin de semana que hará la visita, debido al horario de trabajo variable del señor ARMANDO CCCC CCCC, sin embargo este solo podrá visitar s sus menores hijos un día a la semana en el domicilio señalado en la clausula anterior, el horario de la visita será el siguiente: para el caso del viste a sus hijos los días viernes  el horario será el comprendido de las quince a las veintiún horas y para el caso sábado será el comprendido de las doce a las veinte horas.

 

CUARTA. - Por esta cláusula el señor ARMANDO CCCC CCCC, se obliga a pagar a la señora VIRIDIANA VVVV MMMM, la cantidad al 40% mas  prestaciones que por concepto de salario percibe el deudor alimentario en la empresa donde actualmente labora,  misma que será entregada por la empresa directamente a la señora VIRIDIANA VVVV MMMM, en forma QUINCENAL,  previo oficio que le gire usted Ciudadano Juez para que realice los descuentos correspondientes, por concepto de Pensión Alimenticia a favor de los menores ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV.

 

QUINTA. -  El señor ARMANDO CCCC CCCC, cumple con la obligación de proporcionarle el servicio de salud a los menores de nombres ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV, en razón de la prestación laboral que le recibe por el Instituto Mexicano del Seguro social, por lo que si la señora VIRIDIANA VVVV MMMM, decide no utilizar dicho seguro, y contratar los servicios de Medico Particular correrán por su cuenta dichos pagos.

 

SEXTA. – El señor ARMANDO CCCC CCCC, se obliga a pagar las mensualidades respectivas de la hipoteca del bien inmueble que adquirieron durante la vigencia del matrimonio sin excusa ni pretexto, dando el respectivo recibo a la señora VIRIDIANA VVVV MMMM, cada mes. Dicho inmueble es el sito en calle MARQUES DE ALTAMIRA XXXX YYYY, RINCONES DEL MARQUES, EL MARQUES, QUERÉTARO, ESTADO DE QUERÉTARO.

 

SÉPTIMA. -  El señor ARMANDO CCCC CCCC, mediante esta cláusula a dona a sus menores hijos ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV, el 50% que le corresponden del bien inmueble que adquirieron dentro de la vigencia del matrimonio renunciando a cualquier derecho y obligándose a acudir ante el notario correspondiente para el tiraje de las escrituras.

 

OCTAVA. - La señora VIRIDIANA VVVV MMMM, manifiesta a través de esta cláusula su voluntad de que el Señor ARMANDO CCCC CCCC, no otorgue la garantía de exige la ley para asegurar el pago de los alimentos a favor de sus menores hijos de nombres ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV.

 

NOVENA. -  Ambas partes, se obligan a respetar tanto física como moralmente, en su persona, familia y pertenecías, así como a estar pendientes de la salud de los menores ARMANDO y LUANA ambos de apellidos CCCC VVVV.

 

DÉCIMA. -  para efectos legales del presente convenio las partes declaran

 

A.- La señora VIRIDIANA VVVV MMMM, tendrá su domicilio ubicado en calle MARQUES DE ALTAMIRA XXXX YYYY, RINCONES DEL MARQUES, EL MARQUES, QUERÉTARO, ESTADO DE QUERÉTARO.

 

B.- El señor ARMANDO CCCC CCCCtendrá su domicilio en …….

 

ONCEAVA. - Ambas partes se obligan a comunicarse oportunamente y mutuamente a este Honorable Juzgado cualquier cambo de sus respectivos domicilios.

 

DOCEAVA. - Para la interpretación y cumplimiento del presente convenio, las partes someten a los Tribunales Competentes del domicilio actual de la señora VIRIDIANA VVVV MMMM, tendrá su domicilio ubicado en calle MARQUES DE ALTAMIRA XXXX YYYY, RINCONES DEL MARQUES, EL MARQUES, QUERÉTARO, ESTADO DE QUERÉTARO.

 

 

El presente Convenio surtirá su efecto a partir de está fecha. Enterados de su contenido y alcance legal, las partes que intervienen en el mismo lo subscriben en la Querétaro, Querétaro.

 


VIRIDIANA VVVV MMMM

 

 

ARMANDO CCCC CCCC

 

  

VICTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO

 


No hay comentarios.:

Publicar un comentario