sábado, 28 de octubre de 2023

ACUERDO QUE DESECHA PETICION POR NO SER PARTE

 

RAZÓN DE CUENTA. En veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, la Secretaria de Acuerdos Encargada de los expedientes nones y pares, da cuenta con un escrito de JESSICA ESPINOSA VARGAS presentado el diecinueve de octubre de dos mil veintitrés, y turnado para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

361/2021/4C.

 

Ciudad Judicial, Puebla, a veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. Agréguese a los presentes autos el escrito de cuenta visto su contenido con fundamento en los artículos 1, 3, 80, 88, 89, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se acuerda:

 

ÚNICO. - Se tiene a JESSICA ESPINOSA VARGAS haciendo manifestaciones que de su escrito se desprende dígasele que no al lugar a proveer de conformidad su petición, toda vez que no es parte dentro del presente juicio.

 

Notifíquese en términos de ley.

 

Así lo acordó el Abogado MARIO ALBERTO PEDRAZA ROJAS, encargado del despacho del Juzgado CUARTO ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA en términos del artículo 82 fracciones XIX y XL, de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado, ante la Secretaria ISELA IBÁÑEZ MENESES que autoriza y firma. DOY FE.

jueves, 26 de octubre de 2023

ACUERDO QUE NO CONCEDE LA PETICION DEL DEMANDADO

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En veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés, doy cuenta al Ciudadano Juez, con un escrito de la parte demandada, turnado para su acuerdo.

 

CONSTE. EXP. No. 0000/2023/7M.

 

En Ciudad Judicial Puebla, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés.

 

Agréguese a los autos el escrito de la parte demandada con el cual se da cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes y visto su contenido se acuerda:

 

ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por el diverso 57 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria al diverso 1054 del Código de Comercio aplicable, téngase al ocursante realizando las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden, sin embargo; deberá de estarse a lo proveído en auto de dieciocho de octubre de dos mil veintitrés.

 

NOTIFIQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO A LA PARTE ACTORA Y DEMANDADA. Así lo acuerda y firma HUMBERTO BORJA SÁNCHEZ Juez Séptimo Especializado en Materia Mercantil ante la Secretaria que autoriza y da fe, LORENA CARMONA ORTEGA.

 

EN CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, A_______________________________________________ LA SUSCRITA SECRETARIA DE ACUERDOS HACE CONSTAR QUE CON ESTA FECHA, SE REMITE A LA PARTE ________________________, REPRODUCCIÓN ELECTRÓNICA DEL AUTO QUE ANTECEDE, AL CORREO ELECTRÓNICO SEÑALADO. CONSTE.

 

sábado, 21 de octubre de 2023

ACUERDO QUE DESECHA PETICION

 

En dieciocho de octubre de dos mil veintitrés, doy cuenta al Ciudadano Juez, con un escrito de la parte demandada, turnado para su acuerdo. CONSTE.

 

EXP. No. 0000/2023/7M.

 

En Ciudad Judicial Puebla, dieciocho de octubre de octubre de dos mil veintitrés.

 

Agréguese a los autos el escrito de la parte demandada con el cual se da cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes y visto su contenido se acuerda:

 

ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los diversos 1054, 1063, 1066 y 1345 del Código de Comercio aplicable, téngase al ocursante realizando las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden, sin embargo; no ha lugar a proveer de conformidad su petición, toda vez que tiene expeditos sus derechos para hacer valer el medio legal correspondiente, para combatir la resolución que se duele.

 

NOTIFIQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO A LA PARTE ACTORA Y DEMANDADA.

 

Así lo acuerda y firma HUMBERTO BORJA SÁNCHEZ Juez Séptimo Especializado en Materia Mercantil ante la Secretaria que autoriza y da fe, LORENA CARMONA ORTEGA.

 

EN CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, A_______________________________________________ LA SUSCRITA SECRETARIA DE ACUERDOS HACE CONSTAR QUE, CON ESTA FECHA, SE REMITE A LA PARTE ________________________, REPRODUCCIÓN ELECTRÓNICA DEL AUTO QUE ANTECEDE, AL CORREO ELECTRÓNICO SEÑALADO. CONSTE.



miércoles, 11 de octubre de 2023

ESCRITO QUE ORDENA TURNAR LOS AUTOS A LA VISTA DEL JUEZ

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En Ciudad Judicial Puebla, nueve de octubre de dos mil veintitrés, doy cuenta al Juez, con un escrito de VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, turnado el mismo día, para su acuerdo respectivo. CONSTE.

 

EXP. No. 0000/2023/7M

 

En Ciudad Judicial Puebla, nueve de octubre de dos mil veintitrés.

 

Agréguese a los autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes y visto su contenido se acuerda: 


ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1054, 1063, 1066 y 1129, del Código de Comercio, téngase al ocursante haciendo las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden y como lo solicita se ordena turnar los autos a la vista del suscrito juez, para resolver lo que en derecho corresponda respecto a las excepciones de falta de personalidad e improcedencia de la vía, hechas valer por la parte demandada en su escrito de contestación de demanda.

 

NOTIFÍQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO A LAS PARTES.

 

Así lo acuerda y firma HUMBERTO BORJA SÁNCHEZ Juez Séptimo Especializado en Materia Mercantil ante la Secretaria que autoriza y da fe, DIANA MINERVA DOMINGUEZ AGUILAR.



martes, 10 de octubre de 2023

QUERELLA POR AMENAZAS

 

CIUDADANO AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EN TURNO

 

 

 

 

 

OLGA LIMÓN ROSAS, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones la casa ubicada en CALLE BAJO EL CIELO DE MÉXICO NÚMERO CIENTO TREINTA TERCERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, señalando como correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones gleyghor@hotmail.com y número de celular y 2229 02 63 67 nombrando como Asesor Jurídico al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuentan con número de cédula 5381143, expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública, ante usted comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a interponer formal querella en contra de FORTINO CRUZ RAMOS, por los hechos con apariencia de delito que constituyen a mi parecer el delito de AMENAZAS, ilícito previsto por el artículo 290 fracción I del Código Penal para el Estado de Puebla. Persona a quien le señalo como domicilio para ser investigado y citado el ubicado en CALLE CORREGIDORA NÚMERO CIEN TERCERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA.

 

H E C H O S:

 

1. – Con fecha dieciocho de septiembre de dos mil veintitrés como a las cinco de la tarde llegó un perro color café a la tienda de mi propiedad sita EN CALLE BAJO EL CIELO DE MÉXICO NÚMERO CIENTO TREINTA DE LA TERCERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, miró por unos instantes hacia dentro de la misma, imagino porque vendo alimento para perros, y se fue por las inmediaciones sin que supiera más de tal hecho; manifestando bajo protesta de decir verdad que dicho perro no es de mi propiedad e ignoro a quien pertenezca.

 

2. – Con fecha diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés, aproximadamente como a las dos de la tarde estando en mi tienda ubicada en CALLE BAJO EL CIELO DE MÉXICO NÚMERO CIENTO TREINTA DE LA TERCERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, vi al mismo perro café atacar a una persona del sexo femenino. Inmediatamente fui en su ayuda llevando la escoba con la que estaba barriendo, pero los golpes que le di al perro no fueron suficientes para detenerlo. Rápidamente regresé a mi tienda y volví a salir con un tubular, estando allí diversas personas vecinas de este municipio ayudando a la señora hasta lograr sujetar al perro; sin embargo, se les soltó y volvió a atacar a la señora ante la presencia de todos los presentes. Finalmente lograron controlar al perro, lo golpearon con el tubular, pero logró escapar. Todo esto duro aproximadamente tres o cuatro minutos. Al ver que estaba herida la señora procedí a traerle agua para que se lavara sus heridas.

 

3. - Con fecha diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés, aproximadamente como a las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos, llegó a mi tienda ubicada en CALLE BAJO EL CIELO DE MÉXICO NÚMERO CIENTO TREINTA DE LA TERCERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, una persona del sexo masculino a reclamarme por el ataque que, dice sufrió su esposa, de quien desconozco su nombre y tampoco sé si esta persona me estaba diciendo la verdad pues nunca acredito ser esposo de la persona herida.  Me dijo que se había gastado alrededor de $10, 000. 00 (DIEZ MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) en las curaciones de quien dice es su esposa, aseverando que, el perro café era de mi propiedad; lo cual le conteste no ser cierto. Por el contrario, le dije poder demostrarle que el perro café no era de mi propiedad y que, yo únicamente había acudido a ayudar a la victima de aquel animal fiero como lo haría cualquier persona. Sin embargo, se puso duro al grado de intimidarme al asegurar que, “de una u otra forma iba a lograr que yo le pagara el dinero ya citado o que me atuviera a las consecuencias junto con toda mi familia.

 

4. – Con fecha dos de octubre de dos mil veintitrés, aproximadamente como a las ocho horas con cincuenta minutos de la mañana estando en mi tienda ubicada en CALLE BAJO EL CIELO DE MÉXICO NÚMERO CIENTO TREINTA DE LA TERCERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, llegó quien ahora se llama FORTINO PALACIOS CRUZ, para solicitarme me hiciera responsable de las curaciones de quien dijo es su esposa, alegando que, el perro café era de mi propiedad y en consecuencia, debía pagarle los $10, 000. 00 (DIEZ MIL PESOS RO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), o llegar a un acuerdo, a lo que le conteste que a lo sumo lo podía ayudar con la cantidad de $1, 000. 00 (MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), en virtud de no ser la dueña del perro agresor; a lo que me contestó que quería todo el dinero mientras consultaba con otra persona vía telefónica y al no lograr su cometido me advirtió que de una u otra forma iba a cobrar el dinero, le dije que me estaba amenazando a lo que me contestó que no tenia un cuchillo en las manos para ello.

 

Menciono bajo protesta de decir verdad que, mi esposo trabaja como chofer de carga pesada en viajes largos por lo que no esta en días. En consecuencia, la suscrita junto con mis hijos está en esos días sola. Por lo que, me encuentro en estado de indefensión ante esta persona que, dice pertenecer a una banda de personas que cometen delitos, por lo que hago responsable a FORTINO CRUZ RAMOS de lo que pudiera pasarme a mi o a cualquier integrante de mi familia.

 

Lo anterior, tiene sustento en lo preceptuado en los artículos 1, 8, 17 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 211fraccion I, incisos a), b), II, III, 212, 213, 214, 215, 216, 217 y demás dispositivos legales aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Por anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

PRIMERO. - Tenerme por presentada en tiempo y forma, la presente querella en contra de FORTINO CRUZ RAMOS.

 

SEGUNDO. - Tenerme por nombrado como Asesor Victímal al profesionista nombrado para lo que se indica y por señalado domicilio y demás medios para recibir todo tipo de notificaciones. 

 

TERCERO. - Hacer tanta y cuantas diligencias sean necesarias a efecto de integrar la presente averiguación previa, ejercitar la acción penal correspondiente ante el juzgado de oralidad en turno solicitando la orden de comparecencia en contra de quien o quienes resulten responsables.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

 LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS

 

 

 

 

 

 

OLGA LIMÓN ROSAS



 

sábado, 7 de octubre de 2023

ESCRITO SOLICITANDO SE RESUELVAN LAS EXCEPCIONES

 

EXP. 0000/2023

 

CIUDADANO JUEZ SÉPTIMO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo por mi propio derecho, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar se turnen los autos a la vista de su Señoría para que se dicte el acuerdo correspondiente a las excepciones de falta de personalidad e improcedencia de la vía propuestas por el demandado. Tal y como lo acordó este Honorable Juzgado con fecha diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés y notificado al suscrito con la misma fecha. Lo anterior, tiene su fundamento en lo estipulado en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1055 fracción VIII, 1122 fracciones IV y VII y 1129 del código de Comercio vigente.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

PRIMERO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando se dicte el acuerdo correspondiente.

 

SEGUNDO. – Se resuelvan las excepciones en términos de la ley mercantil federal con que se tramita el presente juicio.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS

 

  

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO



jueves, 5 de octubre de 2023

ACUERDO QUE TIENE POR CUMPLIDO REQUERIMIENTO

 

En Ciudad Judicial de Tepeaca, Puebla a veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés, el suscrito secretario de Acuerdos da cuenta al Ciudadano Juez con dos escritos de la parte actora, acompañados de un traslado, una copia certificada, y dos traslados, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

LIC. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO

 

SECRETARIO DE ACUERDOS.

 

JUICIO REIVINDICATORIO. EXP. NUM. 0000/2023.

 

Agréguese a los autos lo de cuenta, para que surta sus efectos legales correspondientes, y visto su contenido con fundamento en los establecido en los artículos 19, 20 y 226 del código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se acuerda:

 

PRIMERO. - En cuanto al primer escrito de la parte actora, al que acompaña un traslado y una copia certificada con copia, téngase a la promovente dando contestación a la vista ordenada por auto de once de septiembre del presente año, en sus términos, objetando el material probatorio de su contraria y ofreciendo como pruebas de su parte las que indica en su escrito de cuenta, mismas que serán tomadas en cuenta en el momento procesal oportuno.

 

Asimismo, se le tiene nombrando perito de su parte, al profesionista que indica en su escrito de cuenta.

 

SEGUNDO.- En cuanto al segundo de sus escritos, al que anexo dos traslados, téngasele dando cumplimiento a lo ordenado por auto de once de septiembre del presente año; esto es, exhibiendo dos traslados de la demanda y de los documentos fundatorios; en consecuencia y toda vez que por auto de veinte se septiembre de dos mil veintitrés, se tuvo al demandado, exhibiendo copias simples del escrito de contestación de demanda; tomando en consideración que a los vendedores, les asiste interés jurídico en el presente procedimiento, se ordena turnar los autos a la diligenciaría de la adscripción, para que se constituya en el domicilio de los vendedores, y proceda hacerles saber sobre la tramitación del presente Juicio Reivindicatorio, para que manifiesten lo que a su derecho corresponda, debiéndoles correr traslado con las constancias exhibidas por las partes, haciéndole de su conocimiento que en el término de doce días deberá acudir al presente Juico, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, la sentencia que se pronuncie producirá sus efectos en su contra.

 

NOTIFÍQUESE.

 

Así lo acordó y firmó el Ciudadano Licenciado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo Penal de éste Distrito Judicial y Secretario de Acuerdos con quien actúa Licenciado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO DOY FE.EXP. 0000/2023/LIC HMB/LIC AGG/AGS