EXP. 944/2014
En veintitrés de marzo
de dos mil quince, doy cuenta a la ciudadana Jueza con los presentes autos para
dictar su acuerdo correspondiente.
En
Ciudad Judicial, Puebla, veintitrés de marzo de dos mil quince.
Vistos
los presentes autos, atento el estado que guardan los mismos y con fundamento
en lo dispuesto por el articulo 1076 incisos a) y b) del Código de Comercio,
toda vez que de los mismos se advierte que la última actuación tendiente a darle
impulso procesal fue el auto de tres de septiembre de dos mil catorce, notificándose
a la parte actora con fecha cinco de septiembre de dos mil catorce; en virtud
de no haber promoción alguna de parte de la parte actora; en consecuencia, se
decreta la caducidad de la instancia, por lo que vuelven las cosas al estado
que tenían antes de la presentación de la demanda. Se pone a disposición de la
parte actora los documentos fundatorios de la acción; pudiendo recogerlos cualquier
día y hora hábiles de oficina, previa identificación, toma de razón y copia que
de los mismos quede en autos. Por último, y en su oportunidad, archívese el
presente asunto como totalmente concluido.
NOTIFÍQUESE
EN TÉRMINOS DE LEY.
Así
lo proveyó y firma la ciudadana Jueza Decimo Especializado en Materia Mercantil
de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla, Licenciada Ema Juárez Landa, ante
la Licenciada Elena Ramos Núñez, Secretaria, ante quien actúa y da fe. Doy Fe.
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