CONTRATO
DE COMPRAVENTA
Que,
celebran en la ciudad de Puebla, Puebla, siendo las diez horas del día uno de
enero de dos mil catorce, por una parte como vendedor el señor Crescencio González Moron, en su calidad de vendedor y que en lo sucesivo se denominará
“El vendedor” y por la otra la señora Araceli Loeza Reyes, quien en adelante se
denominará “La compradora”, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES:
A).-
El vendedor:
I.-
Ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, sabe leer y escribir, casado, con
capacidad para contratar y obligarse.
II.-
Ser el legítimo poseedor del predio marcado como lote 33 de la calle Fernando
Montes de Oca de la colonia Ampliación Historiadores de la ciudad de Puebla.
III.-
Señala para cualquiera efectos legales el domicilio marcado como el numero
veintinueve de la calle Fernando Montes de Oca de la Colonia Ampliación
Historiadores de la ciudad de Puebla, Puebla.
B).-
La compradora:
I.-
Ser mexicana por nacimiento, mayor de edad, sabe leer y escribir, casada, con
capacidad para contratar y obligarse.
II.-
Tener la firme intención de comprar el lote que más adelante se determinará y
conocer las condiciones legales del mismo.
III.-
Señala para cualquiera efectos legales el domicilio marcado como el numero
treinta y uno de la calle Fernando Montes de Oca de la Colonia Ampliación
Historiadores de la ciudad de Puebla, Puebla.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA.-
“El vendedor” enajena el lote marcado como lote treinta y uno de la calle
Fernando Montes de Oca y la señora Araceli EliosaLoeza, compra para si el
referido lote, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias:
Al
noreste: mide 18.90 metros y colinda con el lote 32,
Al
sureste: mide 9.98 metros y colinda con lote 4,
Al
suroeste: mide 18.90 y colinda con el lote
30 y
Al
Noroeste: 10.0 metros y colinda con calle Fernando Montes de Oca de la colonia
Ampliación Historiadores de la ciudad de Puebla.
SEGUNDA.-
El precio del lote determinado en la cláusula inmediata anterior es la cantidad
de $80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL). “El Vendedor”
manifiesta que en este momento recibe dicha cantidad en manos propias y a su
entera satisfacción, extendiendo a través de esta cláusula el recibo más
valedero a favor de “La compradora”.
TERCERA.-
“El comprador” en este mismo momento entrega la posesión del lote objeto de
este contrato a “La vendedora”, así como todas las servidumbres y entradas que
de hecho y por derecho le correspondan. Asimismo, “El vendedor” se obliga a
pagar el saneamiento y evicción a favor de “La compradora”.
CUARTA.-
“El vendedor” se obliga a darle la formalidad al presente contrato de
compraventa cuando así se lo requiera “La compradora”, sin excusa ni pretexto
ante el Notario que escoja la señora Araceli EliosaLoeza. Los gastos de escrituración
correrán a cuenta de “La compradora” de manera íntegra.
QUINTA.-
Los contratantes se someten a la jurisdicción de los tribunales del Estado de
Puebla, renunciando a cualquier domicilio que les pudiera corresponder por
cualquier motivo.
Leído
y enterados fehacientemente de los alcances legales del presente los que
intervienen en el mismo, lo firman al margen y calce, por duplicado.
CRESCENCIO GONZALEZ MORON
VENDEDOR
ARACELI LOEZA REYES
COMPRADORA