jueves, 1 de mayo de 2014

MODELO DE MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO




CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO.





                                  
PEDRO MONTES SANTOS, promoviendo por mi propio derecho, con domicilio particular el ubicado en MORELOS NUMERO SEIS MIL CUATROCIENTOS DE LA COLONIA TEPEYAC DE LA CUIDAD DE PUEBLA, PUEBLA y  señalando como domicilio para oír notificaciones el despacho CUATROCIENTOS UNO, de la casa marcada con el número CIENTO UNO, de la avenida DOS PONIENTE, del edificio “ALLES”, CENTRO HISTÓRICO de esta ciudad; nombrando como mis Abogados Patronos al C. JOSÉ MANUEL JOAQUÍN ROSALES ARIAS, con título registrado bajo la partida número 398, a fojas 100 frente, Libro IV, por acuerdo de Pleno de fecha trece de febrero de mil novecientos noventa y siete y a VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO con título registrado bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV, por acuerdo del Pleno de fecha ocho de mayo de dos mil ocho, ambos registros ante el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y autorizando a DAVID OMAR MIAZ XICOTENCATL, en términos de la autorización emitida por el Tribunal superior de Justicia, de la cual se anexa copia para su cotejo, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que, por medio del presente escrito, vengo a promover medios preparatorios a juicio, pidiendo se cite al señor MARIO LOBATO ROSAS, a fin de que rinda declaración bajo protesta de decir verdad sobre los hechos relativos a la calidad de su posesión o tenencia que más adelante se describirá, ya que pienso promover demanda en su contra a fin de que me entregue la posesión de dicho predio y  prestaciones accesorias, señalándole como domicilio para que sea citado el ubicado en MORELOS NUMERO SEIS MIL CUATROCIENTOS DE LA COLONIA TEPEYAC DE LA CUIDAD DE PUEBLA, PUEBLA.

Fundo mi solicitud en los siguientes hechos y consideraciones legales:

                                                      H E C H O S:
                                    
1.- Tal y como acredito con la escritura, en dicho acto jurídico que se hizo constar en el volumen 255, instrumento 15,060 pasado ante la fe del LICENCIADO ENRIQUE CAMARILLO DOMÍNGUEZ, notario titular de la notaria uno de Cholula, Puebla, consta que en el capítulo de los ANTECEDENTES fracción I que en el primer testimonio del instrumento 5392, volumen 56 de fecha otorgada el veintiuno de abril de mil novecientos setenta pasado ante la fe del LICENCIADO MIGUEL ÁNGEL TEJEDA, NOTARIO PUBLICO NUMERO CATORCE de los de la ciudad de Puebla, el señor LEOPOLDO GONZALEZ NOTARIO TAMBIÉN CONOCIDO CON EL NOMBRE DE BERNARDO GONZALEZ NOTARIO adquirió en copropiedad conjuntamente con su esposa la señora JULIA SILVERIO DE GARCIA el lote número cincuenta y siete, segregado del lote ochenta y siete del fraccionamiento de los anexos del rancho de Oropeza de la ciudad de Puebla, llamado san Pablo o de Ortega, hoy el número seis mil cuatrocientos de la calle Morelos de la colonia Tepeyac, de la ciudad de Puebla con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte: Veintiséis metros y linda con Calle Insurgentes,

Al Sur: Dieciséis metros con cuarenta y cinco centímetros y linda con Lote Número ciento uno, actualmente inmueble marcado con el número seis mil cuatrocientos tres,

Al Oriente: Veintisiete metros cuarenta centímetros y linda con Calle Morelos, y

Al Poniente: Veinticinco metros sesenta y cinco centímetros y linda con lote cincuenta y seis.

Inmueble que cuenta con una superficie privativa de quinientos sesenta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados (562,75 metros cuadrados).

2.- Mediante escritura 504, del volumen número 14, de fecha diecinueve de julio de 1990, pasada ante la fe del notario número 35 de los de la ciudad de Puebla, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del mismo Distrito Judicial, bajo la partida número 28 a fojas 14 vuelta, del tomo 471, del libro I, de fecha veintinueve de agosto de mil novecientos noventa el suscrito, adquirí en co-propiedad con mi hoy, difunta media hermana, LAURA LOBATO SILVERIO, el 50% del lote número cincuenta y siete, segregado del lote ochenta y siete del fraccionamiento de los anexos del rancho de Oropeza de la ciudad de Puebla, llamado san Pablo o de Ortega, hoy el número seis mil cuatrocientos de la calle Morelos de la colonia Tepeyac, de la ciudad de Puebla con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte: Veintiséis metros y linda con Calle Insurgentes,

Al Sur: Dieciséis metros con cuarenta y cinco centímetros y linda con Lote Número ciento uno, actualmente inmueble marcado con el número seis mil cuatrocientos tres,

Al Oriente: Veintisiete metros cuarenta centímetros y linda con Calle Morelos, y

Al Poniente: Veinticinco metros sesenta y cinco centímetros y linda con lote cincuenta y seis.

Inmueble que cuenta con una superficie privativa de quinientos sesenta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados (562,75 metros cuadrados). Es decir, adquirimos en co-propiedad 281.37 metros cuadrados del bien inmueble en comento y que de hecho colinda al norte con la calle Insurgentes de la colonia Tepeyac de esta ciudad de Puebla, Puebla.

3.- Con fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y siete mediante volumen 255, instrumento 15,060 pasado ante la fe del LICENCIADO ENRIQUE CAMARILLO DOMÍNGUEZ, notario titular de la notaria uno de Cholula, Puebla, mismo que la autorizo con fecha doce de enero de mil novecientos noventa y nueve e inscrita en el Registro Público del Distrito Judicial de Puebla con fecha tres de marzo de mil novecientos noventa y nueve, adquirí del señor LEOPOLDO GARCIA VARELA TAMBIÉN CONOCIDO CON EL NOMBRE DE BERNARDO GARCIA VALERIO, el 50% del lote número cincuenta y siete, segregado del lote ochenta y siete del fraccionamiento de los anexos del rancho de Oropeza de la ciudad de Puebla, llamado san Pablo o de Ortega, hoy el número seis mil cuatrocientos de la calle Morelos de la colonia Tepeyac, de la ciudad de Puebla con las colindancias ya señaladas. Tal y como consta en la cláusula PRIMERA de dicho testimonio; es decir, adquirí 281.37 metros cuadrados; con lo cual consolide a mi favor el 75% de superficie de dicho lote, es decir, soy titular de 442.05 metros cuadrados de los derechos de propiedad de dicho bien inmueble.

4.- Ahora bien, en vida de mi hermana, decidimos que a ella le correspondían de hecho los restantes 140.68 metros cuadrados, es decir, el 25% que le correspondían del 50% que adquirimos del lote 57 por aplicación y adjudicación de bienes de acuerdo a la fracción III de los antecedentes del primer testimonio del volumen 255, instrumento 15,060 pasado ante la fe del notario número uno de los de Cholula, Puebla, de fecha de autorización doce de enero de mil novecientos noventa y nueve, para que allí viviera, con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte: catorce metros con catorce centímetros y colinda con calle Insurgentes,

Al sur: catorce metros con catorce centímetros y colinda con el resto del lote 57,

Al oriente: nueve metros con noventa y cinco centímetros y colinda con el resto del lote 57 y,

Al poniente: nueve metros con noventa y cinco centímetros y colinda con lote 56.

Así mismo, convenimos en que me tocaría el otro 25% 140.68 metros cuadrados de la co-propiedad que adquirimos, con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con calle Insurgentes,

Al sur: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con el resto del lote 57,

Al oriente: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con calle Morelos y,

Al poniente: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con propiedad de Laura González Silverio.

Durante la vida de mi hermana no tuvimos ninguna clase de problemas y ella construyó su vivienda sobre la superficie convenida, es decir sobre el 25% del lote 57, 140.68 metros cuadrados y el suscrito sobre el 75% del lote 57, 422.5 metros cuadrados. 

5.- Con fecha doce de enero de dos mil doce el señor MARIO LOBATO ROSAS, quien era esposo de mi hermana, se introdujo sin mi autorización y sin mi consentimiento a la propiedad del suscrito, poseyendo el veinticinco por ciento de mi propiedad con las medidas y colindancias siguientes:

Al norte: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con calle Insurgentes,

Al sur: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con el resto del lote 57,

Al oriente: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con calle Morelos y,

Al poniente: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con propiedad de Laura González Silverio.

En donde tengo construidos dos locales comerciales, mismos que está ocupando y rentando el señor MARIO LOBATO ROSAS causándome con esto una limitación al ejercicio del uso y disfrute de dichos locales así como un menoscabo a mi patrimonio y un aumento al suyo, alegando derechos que desconozco, para ocupar y rentar, sin mi consentimiento y permiso dichos locales y superficie ya señalada. Por lo anterior y en virtud de que deseo promover juicio mediante el cual se obtenga una sentencia a virtud de la cual sea desalojado  mi ahora demandado del inmueble de mi propiedad, me veo precisado a promover los presentes medios preparatorios a efecto de que la mencionada persona absuelva las posiciones que se le articularan y con base en esto precisar la acción que ha de ejercitarse para obtener los fines ya mencionados.

                                                   D E R E C H O:

I.- DE LA COMPETENCIA.- Es Usted competente para conocer y fallar el presente según lo preceptúa el artículo 108 fracción XII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y 39 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.

II.- DEL INTERES, LA CAPACIDAD Y LA PERSONALIDAD.- Tengo interés de acuerdo con lo establecido en el artículo 101, tengo capacidad según lo señala el diverso 102 y mi personalidad tiene su fundamento en lo preceptuado en el dispositivo 103, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

III.- DE LA LEGITIMIDAD.- La legitimidad activa y pasiva se satisface de acuerdo al artículo 104 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

IV.- DE LA FORMALIDAD Y LA VALIDEZ.- Es formal y sustancialmente valida la demanda ya que cumple los términos señalados por la ley y que señala el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

V.- DEL PROCEDIMIENTO.- So aplicables los numerales 544 fracción VIII, 545, 546 y 547 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

Por lo antes expuesto y fundado a usted Ciudadano Juez, atentamente solicito:

PRIMERO.- Se tenga por promovidos los presentes medios preparatorios y por expresada la clase de litigio que se trata de seguir y que tendrá por objeto la recuperación de la posesión del bien inmueble ya descrito más sus accesorios.

SEGUNDO.- Se señale día y hora para el desahogo de la declaración bajo protesta de decir verdad la cual deberá desahogarse en forma personal y sin asistencia de abogado o asesor, conforme a  las posiciones contenidas en el pliego que oportunamente se exhibe y las que se formulen en el acto de la audiencia.

TERCERO.- Se le notifique que el suscrito es el titular de los derechos de propiedad de la superficie que mi demandado está poseyendo y que ya se dejó bien definida.

CUARTO.- Apercibir al señor MARIO LOBATO ROSAS de que este juzgado hará cumplir sus determinaciones, a través de los medios de apremio legales y que será responsable de los daños y perjuicios que cauce.

                                                PROTESTO MIS RESPETOS.

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DOS DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.



                                                 PEDRO ROSAS SILVERIO.


  
                                LIC. JOSE MANUEL JOAQUIN ROSALES ARIAS.
                                                  ABOGADO PATRONO.
                       


                                  LIC. VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
                                             ABOGADO PATRONO




CUESTIONARIO DE PREGUNTAS AL TENOR DEL CUAL DEBERÁ DECLARAR BAJO PROTESTA EL SEÑOR MARIO LOBATO ROSAS DENTRO DE LA PREPARACIÓN DE JUICIO PROMOVIDO EN SU CONTRA POR PEDRO MONTES SANTOS. 


Previa protesta de decir verdad y toma de sus generales el declarante dirá:


1.- Que diga el declarante si es cierto como loes, que conoce al señor Pedro Montes Santos.

2.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, que sabe que el señor Pedro Montes Santos es dueño de los derechos del 75% del lote 57, segregado del lote ochenta y siete del fraccionamiento de los anexos del rancho de Oropeza de la ciudad de Puebla, llamado san Pablo o de Ortega, hoy el número seis mil cuatrocientos de la calle Morelos de la colonia Tepeyac, de la ciudad de Puebla.

3.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, que conoció a la señora Laura Montes Silverio.

4.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, por que conoció a la señora Laura Montes Silverio.

5.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, que sabe que a la señora Laura Montes Silverio fue media hermana del señor Pedro Montes Santos.

6.- Que diga el declarante si es cierto como lo es que sabe que a la señora Laura González Silverio le correspondía el 25% del lote 57, segregado del lote ochenta y siete del fraccionamiento de los anexos del rancho de Oropeza de la ciudad de Puebla, llamado san Pablo o de Ortega, hoy el número seis mil cuatrocientos de la calle Morelos de la colonia Tepeyac, de la ciudad de Puebla.

7.- Que diga el declarante si es cierto como lo es que actualmente está poseyendo la fracción del lote 57, segregado del lote ochenta y siete del fraccionamiento de los anexos del rancho de Oropeza de la ciudad de Puebla, llamado san Pablo o de Ortega, hoy el número seis mil cuatrocientos de la calle Morelos de la colonia Tepeyac, de la ciudad de Puebla con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con calle Insurgentes,

Al sur: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con el resto del lote 57,

Al oriente: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con calle Morelos y,

Al poniente: once metros con ochenta y seis centímetros y colinda con propiedad de Laura Montes Silverio.

8.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, con qué calidad tiene en posesión o tenencia dicha superficie.

9.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, que en la fracción de lote mencionada en la pregunta siete (7) hay dos locales comerciales. 

10.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, con qué derecho renta los locales comerciales mencionados en las preguntas siete y nueve.

11.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, si tiene título legal suficiente para poseer y rentar la superficie que se le reclama.

12.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, el monto por el cual está rentando los locales comerciales que le pertenecen al señor Pedro Montes.

Me reservo el derecho de realizar preguntas de viva voz durante la diligencia.

                           PROTESTO A USTED MI RESPETO.

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DOS DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.




                                 PEDRO MONTES SANTOS




                                  LIC. JOSE MANUEL JOAQUIN ROSALES ARIAS.
                                                   ABOGADO PATRONO.
                       



                                    LIC. VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
                                             ABOGADO PATRONO

MODELO DE ESCRITO NOMBRANDO PERITO PARA ACTUALIZACION DE AVALUO



EXP. 374/04

SECCIÓN SEGUNDA

SECCIÓN DE INVENTARIOS

CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DE TEPEACA, PUEBLA. 






OBDULIA RAMOS FUENTES, promoviendo con el carácter de Albacea Definitiva dentro de la sucesión intestamentaria señalada al rubro, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, vengo por medio del presente escrito, a dar cumplimiento a lo acordado con fecha siete de marzo de dos mi catorce, a fin de acutualizar el avaluo de los bienes que componen la masa hereditaria;  en consecuencia, nombro como perito valuador a los bienes del De Cujus al ingeniero Gerardo Méndez Flores quien cuenta con título expedido por la Benemérita Universidad autónoma de Puebla y cedula profesional número1070307 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública; solicitando se le conceda el término legal para la aceptación y protesta del cargo conferido. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1314 fracción II, inciso B, 1392 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla. 


Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:


PRIMERO.- Se me tenga por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, nombrando perito a efecto de que realice los avalúos correspondientes.

SEGUNDO.- Se le conceda el término legal para la aceptación y protesta del cargo conferido al perito nombrado, acordando lo que en Derecho proceda.

PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO

TEPEACA DE NEGRETE PUEBLA, TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.




OBDULIA RAMOS FUENTES
ALBACEA DEFINITIVA



VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO








CUESTIONARIO DE PUNTOS CONCRETOS AL TENOR DEL CUAL DEBERÁ EMITIR SU DICTAMEN DE AVALUÓ EL PERITO PROPUESTO POR LA SEÑORA OBDULIA RAMOS FUENTES, ALBACEA DEFINITIVA DENTRO DEL EXPEDIENTE 374/04 QUE SE TRAMITA EN ESTE JUZGADO CIVIL DE TEPEACA, PUEBLA.

Previo estudio de los documentos fundatorios de la acción que, obran en autos el perito resolverá los siguientes: 

1.-Dentro del presente juicio intestamentario hay tres bienes inmuebles a evaluar y que son los siguientes: 

 a) Que se constituya el perito en el inmueble identificado como lote de terreno denominado “LOS REMEDIOS”, ubicado en la Primera Sección de los Reyes de Juárez, Puebla con escritura privada de fecha veintidós de julio de mil novecientos treinta, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, bajo la partida número 358, a fojas 152, del libro 6º, volumen XI con fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta.

b) Que se constituya el perito en el inmueble identificado como lote de terreno denominado “EL SERRANO”, ubicado en la Segunda Sección de Los Reyes de Juárez, Puebla, con escritura privada de fecha diecisiete de agosto de mil novecientos cuarenta, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, bajo la partida número 359, a fojas 152, del libro 6º, tomo XI con fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta.

c) Que se constituya el perito en el inmueble identificado como lote de terreno denominado “LOS DURAZNOS”, ubicado en la Primera Sección de Los Reyes de Juárez, Puebla, con escritura privada de fecha veinte de noviembre de mil novecientos treinta, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, bajo la partida número 357, a fojas 151, del libro 6º, tomo XI de fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta.

2.- Que determine el valor de cada uno de los bienes inmuebles con base en sus conocimientos.

3.- Que diga el perito el método o técnica que utilizó para emitir su dictamen.

4.- Que diga el perito  las conclusiones a que llegó a partir de su dictamen. 

                           PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO

TEPEACA DE NEGRETE PUEBLA, TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.



 OBDULIA RAMOS FUENTES
ALBACE DEFINITIVA


VICTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO