lunes, 28 de abril de 2025

ACUERDO QUE ORDENA LA VISTA POR CINCO DIAS

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CIUDAD JUDICIAL TEPEACA, PUEBLA.

 

JUZGADO DE LO CIVIL Y DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.


RAZÓN DE CUENTA. - En veintiuno de abril del año dos mil veinticinco, doy cuenta al Ciudadano Juez, con una promoción presentada vía electrónica de VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

C. SECRETARIO DE ACUERDOS

 

SUCESORIO INTESTAMENTARIO

 

EXPEDIENTE NÚMERO: 0000/2024

 

CIUDAD JUDICIAL, TEPEACA, PUEBLA, VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO

 

Agréguese a sus autos el ocurso de cuenta, para que surta sus efectos legales procedentes, y visto su contenido, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, 83, 88, 763, 771 y 776 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, SE ACUERDA LO SIGUIENTE:

 

I.- Como lo solicita el ocursante VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, se ordena poner los autos a la VISTA de los interesados y de la Ciudadana Agente del Ministerio Público de la Adscripción por un término de cinco días para que se impongan de lo actuado.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY. CÚMPLASE. Así lo acordó y firma el Licenciado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO, Secretario de Acuerdos encargado del Despacho por ausencia del Titular de este Juzgado, en términos de lo dispuesto por el artículo 30 Sépties de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, ante el Licenciado JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA, Secretario de acuerdos con quien actúa y autoriza.

 

 

ABOG. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO

 

SECRETARIO DE ACUERDOS ENCARGADO DEL DESPACHO POR AUSENCIA DEL TITULAR

 

 

ABOG. JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA

 

SECRETARIO DE ACUERDOS


jueves, 24 de abril de 2025

ACUERDO QUE DA POR EJECUTORIADA SENTENCIA

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                                                                CERTIFICACIÓN

 

JOF/DJP/0000/2024/DI

 

En Ciudad Judicial, Puebla, a dieciséis de abril del dos mil veinticinco, la suscrita Secretaria de Acuerdos Adscrita al Juzgado de Oralidad en Materia Familiar del Distrito Judicial de Puebla, da cuenta a la Ciudadana Juez, con el estado procesal de la carpeta en que se actúa, y visto su contenido, toda vez que ha transcurrido el término concedido por la Ley, para que las partes se inconformaran con la sentencia pronunciada en audiencia del veinte de febrero de dos mil veinticinco, la cual fue notificada a la parte actora el veinticinco de marzo mediante correo electrónico y a la parte demandada el dos de abril del presente año mediante lista; en esas condiciones, se declara que la misma ha causado ejecutoria, conforme al artículo 375 de la Ley Adjetiva de la Materia, por lo que se ordena girar oficio en los términos que están ordenados en la sentencia. Finalmente, devuélvanse los documentos fundatorios de la acción a las partes; lo anterior, previa constancia de digitalización que obre en el Sistema Electrónico de Control y Gestión Judicial del Poder Judicial del Estado de Puebla, en la Carpeta en que se actúa.

 

 

 

 

ABOG. MINERVA NIKTEHA MEJÍA PÉREZ

 

JUEZ DE ORALIDAD EN MATERIA FAMILIAR

 

 

 

ABOG. MARIBEL SAMPEDRO RAMÍREZ

 

                                                                   SECRETARIA DE ACUERDOS

martes, 22 de abril de 2025

ACUERDO QUE OTORGA EL TERMINO DE DIEZ DIAS A PERITO

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RAZÓN DE CUENTA. En Ciudad Judicial de Tepeaca, Puebla a catorce de abril del año dos mil veinticinco, el suscrito secretario de acuerdos da cuenta al Juez con el escrito del Arquitecto ALEJANDRO EDMUNDO ITURRIAGA PEREA, recibido el diez de abril del año en curso y turnado con fecha catorce de abril del presente año, para su acuerdo correspondiente. Conste.


LIC. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

 

EXP. NÚM. 0000/2023

 

J. REIVINDICATORIO.

 

En Ciudad Judicial de Tepeaca, Puebla, a catorce de abril del año dos mil veinticinco. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes visto su contenido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33, 88, 89 del Código de Procedimientos Civiles para el estado de Puebla fracción I, fracción II, 18, 19 y 20 del Reglamento de Peritos Auxiliares de la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Puebla, se acuerda:

 

ÚNICO. -  Téngase al arquitecto Alejandro Edmundo Iturriaga Perea, en su carácter de Perito Tercero en Discordia, haciendo las manifestaciones que de su escrito se desprenden y con base en las mismas y como lo solicita el ocursante, por única ocasión se le concede el termino de diez días paraque rinda su peritaje correspondiente.

 

Notifíquese a la parte actora por correo electrónico y a las demás partes en términos de Ley.

 

Así lo acordó y firma el Licenciado HELMO MAYORAL BELLO Juez de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Ciudadano Licenciado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.

 

LIC. HELMO MAYORAL BELLO

 

JUEZ DE LO CIVIL Y DE LO PENAL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA

 

 

LIC. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO

 

SECRETARIO DE ACUERDOS


sábado, 19 de abril de 2025

ESCRITO SOLICITANDO COPIAS CERTIFICADAS DEL TRASLADO DE DOMINIO

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HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA

 

DIRECTORA DEL CATASTRO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA

 

ADRIANA AMELIA ANDRADE MOZO 

 

PRESENTE:

 


VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Apoderad Legal de BENJAMÍN OOOO FFFF y MARÍA LUISA BBBB GGGG, personalidad que demuestro con el instrumento notarial que para tal efecto exhibo para los efectos correspondientes, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el sito en CATORCE SUR CIENTO UNO, DESPACHO DOSCIENTOS DIECISÉIS, JARDINES DE SAN MANUEL, PUEBLA, PUEBLA, (CONTRA ESQUINA DE WALMART SAN MANUEL), con número de celular 2229 02 63 67 y correo electrónico victormiaz@gmail.com, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar se me expidan copias certificadas del TRASLADO DE DOMINIO, PAGO DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES (ISABI) Y EL AVALÚO CATASTRAL respecto del bien inmueble ubicado en la NAVE X BODEGA SETENTA Y UNO DE LA CENTRAL DE ABASTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, con número de cuenta predial PU-000000 00, avalúo catastral 0000000 a nombre de BENJAMÍN OOOO FFFF y MARÍA LUISA BBBB GGGG, mediante el cual consolidan el cien por ciento de la propiedad de dicho inmueble. Anexo copias simples de predial, instrumento notarial 00000, volumen 000, de fecha cuatro de octubre de dos mil dieciocho, de la notaría número uno de Tepeaca, Puebla, mediante el cual se consolidó al cien por ciento la propiedad a favor de mis poderdantes y certificado de libertad de gravámenes folio real inmobiliario: 00000000, correspondiente al bien inmueble ya definido. Lo anterior, tiene su fundamento en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

PRIMERO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando copias certificadas de los documentos ya señalados.

 

SEGUNDO. – Determinar el costo de las copias certificadas solicitadas a efecto de pagar los derechos correspondientes.

 

TERCERO. – Tenerme por señalado domicilio y numero de celular para recibir todo tipo de notificaciones.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO

 

 

VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

APODERADO LEGAL



domingo, 13 de abril de 2025

INFORMACION AD PERPETUAM

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CIUDADANO JUEZ MUNICIPAL DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA.

 

 


 

 

 

 

 

 

 

ERENDIRA y ELIEZER, ambos de apellidos AAAA CCCC, promoviendo por muestro propio derecho, con domicilio particular en AVENIDA CINCO DE MAYO NÚMERO XXXX YYYY DE LA PRIMERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, con correo electrónico gleyghor@hotmail.com, para recibir todo tipo de notificaciones que por ley nos correspondan, nombrando como nuestro Abogado Patrono al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO quien cuenta con título debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida 280, foja 79 vuelta, del libro XIV, y, a JESSICA CARRASCO ANDRADE, quien cuenta con título debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida 525, foja 132 frente, del libro XV, a  quienes se les señala como domicilio particular el sito en AVENIDA INDEPENDENCIA NORTE NÚMERO TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO, CUAPIAXTLA, PUEBLA, mismo que señalo para recibir todo tipo de notificaciones, ante Usted, con el debido respeto comparecemos y exponemos:

 

Que, por medio del presente ocurso, en JURISDICCIÓN VOLUNTARIA NO CONTENCIOSA, venimos a ofrecer INFORMACIÓN AD PERPETUAM, para acreditar la posesión respecto del bien inmueble que más adelante señalaremos, al tenor de las siguientes:


P R E S T AC I O N E S:

 

A). Se declare por esta autoridad jurisdiccional que los suscritos tenemos la posesión del predio descrito en los puntos de hechos.

 

H E C H O S:

 

1.- Con fecha catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, celebramos contrato de compraventa con el señor BILIULFO AAAA AAAA, respecto al predio urbano con las siguientes medidas y colindancias:

 

Al norte: Mide 28 metros y colinda con propiedad de BILIULFO AAAA AAAA y YOLANDA CCCC,

 

Al sur: Mide 27 metros y colinda con propiedad de JORGE VVVV PPPP,

 

Al oriente: Mide 10 metros y colinda con propiedad de CARLOS RRRR JJJJ y CALLEJÓN VECINAL y

 

Al poniente: Mide 12 metros y colinda con propiedad de ENCARNACIÓN RRRR.

 

2.- La posesión del bien inmueble la tenemos desde el día catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, de manera pacífica, publica y continua en virtud de haberme dado la posesión la parte vendedora, por haberle pagado el precio total del contrato de compraventa, la cantidad de $100, 000.00 (CIEN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL).

 

3.- Ahora bien, bajo palabra de decir verdad, el presente procedimiento en jurisdicción voluntaria de Información Ad Perpetuam, respecto al predio citado es con el fin de obtener la Cédula Catastral del Instituto Registral y Catastral en el Estado de Puebla, a efecto de poder realizar todos y cada uno de los trámites para obtener la documental ya citada, toda vez que, para la expedición de dicha documental uno de los requisitos es exhibir una constancia o documento expedido por alguna de las siguientes autoridades: Juez Municipal. Por lo consiguiente, promovemos la presente en los términos propuestos por ser competente esta autoridad jurisdiccional y estar nuestra petición apegada a derecho.

 

D E R E C H O:

 

I.- DE LA COMPETENCIA. - De acuerdo con el artículo 100 y el diverso 108 fracción XII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y los numerales 10, 50, 51, 52 y 53 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta autoridad es competente para conocer y fallar el presente asunto.

 

II.- DEL INTERÉS JURÍDICO. - Con fundamento en los dispuesto por los dispositivos legales 99 fracción II y el 101 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla tenemos interés, satisfaciendo lo preceptuado por los citados artículos.

 

III.- DE LA CAPACIDAD. - De acuerdo con lo señalado por los diversos 99 fracción III y 102 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, los suscritos tenemos capacidad para comparecer al presente procedimiento, al encontrarnos en pleno ejercicio de nuestros derechos civiles.

 

IV.- DE LA PERSONALIDAD. - Así mismo, demostramos nuestra personalidad según lo preceptuado por los numerales 99 fracción IV y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

V.- DE LA LEGITIMIDAD. - En cuanto a la legitimación de los suscritos promoventes, se ajusta y acredita según lo señalado por los artículos 99 fracción V Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

VI.- DEL PROCEDIMIENTO. - Son aplicables los diversos 300, 301, 303, 306, 817, 818, 819, 820, 821, 822, 823, 824 y 825 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla. 

 

P R U E B A S:

 

1.- LA DOCUMENTAL PRIVADA. – Consistente en contrato de compraventa firmado entre los suscritos y el señor BILIULFO AAAA AAAA, de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticuatro. Prueba con la cual demostramos haber recibido la posesión del bien inmueble objeto del mismo contrato. Documental que, relacionamos con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente. 

 

2. - LA TESTIMONIAL. - Consistente en la declaración que hagan de viva voz, los testigos MÓNICA RRRR RRRR, con domicilio en PRIVADA NIÑO PERDIDO NÚMERO XXXX, SECCIÓN PRIMERA, y FERNANDO GGGG HHHH con domicilio en CALLE PLAZA JUÁREZ NÚMERO XXXX, SECCIÓN PRIMERA, AMBAS DIRECCIONES PERTENECIENTES AL MUNICIPIO DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA. Dicha prueba se ofrece para acreditar la posesión del bien inmueble narrado en el punto uno de hechos de la presente, misma que se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos.

 

P E T I C I O N E S:

 

PRIMERO. - Tenernos por presentado en tiempo y forma, el presente ocurso, ofreciendo la INFORMACIÓN AD PERPETUAM, para acreditar la posesión del bien inmueble descrito en los puntos de hechos.

 

SEGUNDO. - Tenernos por señalado correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones que, por ley nos corresponda y nombrado a nuestros Abogados Patronos en los términos señalados.

 

TERCERO. - Se examinen a los testigos en términos legales, en la audiencia en el día y hora que se sirva señalar su Señoría.

 

CUARTO. Previos los tramites de Ley, se nos expidan por triplicado copias certificadas.

 

                           PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO

 

LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, OCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO

 

 

 

 

ERENDIRA AAAA CCCC

 

 

 

 

ELIEZER AAAA CCCC





VICTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO

 

 

 

 

                                    JESSICA CARRASCO ANDRADE

 

                                            ABOGADA PATRONO






domingo, 6 de abril de 2025

ESCRITO QUE SOLICITA SE PONGAN LOS AUTOS A LA VISTA DE LOS INTERESADOS

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EXP. 0000/2024

 

CIUDADANO JUEZ MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.

 

 

 

 

VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Patrono del Albacea Provisional ELFEGO, y del presunto heredero Aniceto, ambos de apellidos AAAA GGGG, personalidad que, tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar que, han transcurrido los diez días a que, se refiere el punto SEGUNDO, del acuerdo de Admisión de Demanda de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro, siendo que dicho edicto ordenado en el diario “Intolerancia” fue publicado con fecha catorce de febrero de dos mil veinticinco, el término ha sido excedido en  demasía. En este mismo contexto, se han cubierto todos y cada uno de los requisitos de ley; en consecuencia, solicito, se pongan los autos a la vista de quienes se hayan apersonado por el termino de cinco días a fin de que, manifiesten lo que a su derecho e interés convenga. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 25, 26, y 776 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, ciudadano Juez, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tener por presentado en tiempo y forma legal, el presente escrito, solicitando lo que del mismo se desprende.

 

PROTESTO A USTE MI RESPETO

 

TEPEACA, PUEBLA, SEIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO 

 

 

VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO

  

martes, 1 de abril de 2025

AUTO QUE ORDENA PONER A LA VISTA TODO LO ACTUADO A QUIENES SE CREAN CON DERECHOS

 

RAZÓN DE CUENTA. A veintisiete de marzo de dos mil veinticinco, el suscrito Secretario de Acuerdos da cuenta a la Ciudadana Juez Primero de lo Familiar de los de esta capital, con un escrito de MARÍA ELENA MMMM VVVV en su carácter de abogada patrono, pasando a la secretaria para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

EXPEDIENTE: 0000/2023

 

CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.

 

Agréguese a los presentes autos lo de cuenta y visto su contenido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 80, 88, 677 y 750 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, téngase a MARIA ELENA MMMM VVVV en su carácter de abogada patrono, haciendo las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden, por lo que en términos del numeral 776 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, se ordena poner a la vista los autos de todo aquel que se crea con derecho, por el termino de cinco días, a fin de que se imponga sobre lo actuado.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Lo acordó y firma la Abogada MARÍA ROSALBA PANTOJA VÁZQUEZ, Jueza Primero de lo Familiar de la Ciudad de Puebla, ante el Suscrito Abogado DANIEL HERNANDEZ SANTIAGO, Secretario que autoriza y da fe.

 

 

ABOGADA MARIA ROSALBA PANTOJA VÁZQUEZ.

 

JUEZA.

 

 

ABOGADO DANIEL HERNÁNDEZ SANTIAGO.

 

SECRETARIO.