CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
PUEBLA, PUEBLA.
VÍCTOR ALONSO ROSARIO, promoviendo por mi
propio derecho, señalando como domicilio particular el sito en AVENIDA
DIECISÉIS ORIENTE TRES MIL CUATROCIENTOS TRECE DE LA COLONIA CRISTÓBAL
COLÓN DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando
como domicilio para oír notificaciones la PRIVADA TREINTA Y DOS A
NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE
PUEBLA, PUEBLA, correo electrónico gleyghor@hotmail.com, nombrando como mi abogado patrono a
VICTOR HUGO MÍAZ SERRANO, con título registrado bajo la partida 280, a fojas 70
vuelta, del libro XIV, ambos títulos registrados ante el Honorable Tribunal de
Justicia en el Estado, quien señala como domicilio particular el sito en LA
CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS
A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, ante
Usted respetuosamente comparezco y expongo:
Que, por medio del presente escrito, vengo a
interponer formal juicio de Apeo y deslinde, en jurisdicción voluntaria,
pidiendo se cite al señor, quien pudiera tener interés legal dentro de las
presentes diligencias; señalándole como domicilio para que sea citado el
ubicado en PUEBLA, para que comparezca en términos de ley por sí o por
apoderado para que exhiban títulos o documentos que acrediten su propiedad o
posesión.
PRESTACIONES:
A.- Que mediante resolución judicial se determinen
los límites, superficie y medidas y colindancias del bien inmueble objeto de
las presentes diligencias de Apeo y deslinde.
B.- Que se cite al señor RAMIRO SÁNCHEZ LARA, quien pudiera tener interés legal dentro de las presentes diligencias
Fundo mi solicitud en los siguientes hechos y
consideraciones legales:
H E C H O S:
1.- Tal y como lo acredito con el volumen ciento setenta y cinco, instrumento ocho mil quinientos cincuenta y cinco, pasado ante la fe pública del notario titular numero once de los de este Distrito Judicial, Licenciado RAÚL REYNA ASOMOZA, adquirí junto con mi esposa la señora VERÓNICA LIMÓN RODRÍGUEZ, mediante contrato de compraventa de parte de los señores ALBERTO SÁNCHEZ JUÁREZ y doña GUADALUPE BARBOSA GALLEGOS el bien inmueble que tiene las siguientes medidas y colindancias:
Al norte:
Mide seis metros con noventa centímetros colinda con calle Toluca,
Al sur:
Mide catorce metros colinda con propiedad particular,
Al
oriente: Mide treinta metros colinda con propiedad particular y
Al
poniente: Mide treinta y dos metros colinda con Boulevard Clavijero.
Con una
superficie de trescientos trece metros con cincuenta decímetros cuadrados de la
colonia Granjas Providencia de la ciudad de Puebla, Puebla.
2. – Es el
caso que, al solicitar la actualización del alineamiento y numero oficial ante
la Dirección de Catastro del Municipio de Puebla, Puebla, me informan que, en
el sistema de dicha dependencia aparece como superficie 314. 00 metros
cuadrados respeto del bien señalado en el numero anterior inmediato y objeto
del presente Apeo y Deslinde y cartográficamente la superficie de 349.00 metros
cuadrados respecto del mismo bien cuando lo correcto debe ser y es 313.5 metros
cuadrados conforme el instrumento notarial que se exhibe como base de la
presente acción intentada.
3.- Toda
vez que, al sur colindo con el señor CARLOS MUÑOZ PORTE y por el oriente con el señor LAZARO MELO RAMOS es necesario
se les emplace para llevar a cabo el apeo y deslinde correspondiente a efecto
de no vulnerar sus derechos patrimoniales ni de ninguna otra índole.
4.-
Finalmente, solicito se me tenga por nombrado como perito para las presentes
diligencias CARLOS PARRAGUIRRE SANCHEZ, ingeniero civil, con cédula profesional número 7712297, en mi carácter de perito en topografía
y agrimensura, quien cuenta con título expedido por la
Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación
Pública, mismo que cuenta con los conocimientos necesarios para intervenir
dentro de las presentes diligencias, realizar todas y cada una de ellas el día
que se señale para tal efecto.
D E R E C H O:
I.- DE LA COMPETENCIA. - Es Usted competente para
conocer y fallar el presente según lo preceptúa el artículo 108 fracción XII
del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y 39 fracción I
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.
II.- DEL INTERES, LA CAPACIDAD Y LA PERSONALIDAD. -
Tengo interés de acuerdo con lo establecido en el artículo 101, tengo capacidad
según lo señala el diverso 102 y mi personalidad tiene su fundamento en lo
preceptuado en el dispositivo 103, todos del Código de Procedimientos Civiles
para el Estado de Puebla.
III.- DE LA LEGITIMIDAD. - La legitimidad activa y
pasiva se satisface de acuerdo al artículo 104 del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado de Puebla.
IV.- DE LA FORMALIDAD Y LA VALIDEZ. - Es formal y
sustancialmente valida la demanda ya que cumple los términos señalados por la
ley y que señala el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles para el
Estado de Puebla.
V.- DEL PROCEDIMIENTO. - Son aplicables los
numerales 817 al 822 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de
Puebla.
Por lo antes expuesto y fundado a usted Ciudadano
Juez, atentamente solicito:
PRIMERO. - Se tenga por presentado en tiempo y
forma el presente escrito de demanda, anexos y copias en términos de ley.
SEGUNDO. - Se señale día y hora para el desahogo
de la presente diligencia de apeo y deslinde que señale su Señoría.
TERCERO. - Se me tenga por señalado domicilio para
recibir todo tipo de notificaciones y por nombrados a los profesionistas como
abogados Patronos.
CUARTO. - Determinar lo que por ley corresponda
dentro del presente apeo y Deslinde.
PROTESTO
MIS RESPETOS.
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTICUATRO DE ENERO
DE DOS MIL VEINTIDÓS
VÍCTOR ALONSO ROSARIO
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
CARLOS PARRAGUIRRE
SANCHEZ,
PERITO
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