martes, 24 de junio de 2025

AUTO DE INICIO. JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO

 

Razón de cuenta. En quince de junio de dos mil veinticinco, el suscrito Secretario de Acuerdos adscrito al Juzgado Primero de lo Familiar de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla, doy cuenta a la ciudadana Jueza con el escrito por parte de Samuel Hugo VVVV MMMM, pasando a Secretaria para su acuerdo correspondiente. Conste.

JUICIO: SUCESIÓN INTESTAMENTARIA

EXPEDIENTE NÚMERO: 0000/2025

EN CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, A QUINCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO 

PRIMERO. – Con fundamento en lo establecido en los artículos 36 y 37 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan, fórmese el expediente respectivo y regístrese en los Libros de Gobierno de este Juzgado, bajo el número progresivo que le corresponda, fóliese rubríquese y entre séllese las hojas correspondientes, glosándose los documentos exhibidos al expediente en que se actúa, resguardando en secreto del juzgado un titulo de propiedad, para los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO. – Según la facultad concedida a esta autoridad por el artículo 202 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se declara lo siguiente:


1.   – DE LA COMPETENCIA. – atendiendo a lo dispuesto por los numerales 98, 99, 106, 107, 110 fracción I del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, esta autoridad es competente para conocer del presente juicio.

 

2.   – DEL INTERÉS JURÍDICO. – Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 98 fracción II y 101 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, el promovente satisface el presupuesto procesal conforme a los hechos aducidos en su demanda en la que solicita de esta autoridad judicial la declaración de un derecho.


3.   – DE LA CAPACIDAD. -  El promovente tiene la aptitud jurídica para comparecer al presente juicio, en virtud de encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles, según lo dispone el dispositivo legal 102 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


4.    – DE LA PERSONALIDAD. -  Se le reconoce al ocursante para intervenir por su propio derecho, dentro del presente procedimiento judicial, lo anterior atendiendo a lo dispuesto por el numeral 103 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


5.   – DE LA LEGITIMACIÓN ACTIVA. – La misma se encuentra plenamente acreditada dentro de autos, dada la aptitud que le asiste al actor para hacer valer el derecho cuestionado en su calidad de titular de este, tal como lo previene el articulo 104 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


6.   – LA DEMANDA ES FORMAL Y SUSTANCIALMENTE VÁLIDA. – ello porque cumple con los requisitos que establece la ley y permite se establezca la relación jurídica procesal entre las partes y esta autoridad, cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 105 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


TERCERO. -  Atendiendo a que se encuentran satisfechos los presupuestos procesales se abre la sucesión intestamentaria a bienes de Georgina MMMM PPPP.

 

CUARTO. – En esas consideraciones, se tiene por abierta y radicada en este juzgado la sucesión Intestamentaria Legitima de la autora de la herencia desde el momento de su defunción acaecida a la una hora con treinta minutos del día siete de febrero de mil novecientos noventa y uno.

 

QUINTO. – En términos de lo dispuesto por el artículo 771 fracción II y 780 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se designa como Albacea Provisional a SAMUEL HUGO VVVV MMMM, por lo cual se le requiere para que comparezca ante este juzgado debidamente identificado con el documento oficial en original y copia, en el término de tres días para aceptar y protestar el cargo conferido, previa cita que, deberá realizar ante la Unidad de Gestión Judicial de este juzgado para llevar a cabo la aceptación correspondiente.

 

 SEXTO. – Se ordena turnar los autos a la ciudadana diligenciaría encargada de los expedientes impares para que se constituya en el domicilio del señor MOISÉS GGGG LLLL y SONIA GGGG VVVV, en su carácter de presuntos herederos con domicilio ubicado en PRIVADA DE LA VEINTIDÓS A NORTE NÚMERO XXXX YYYY, DEL BARRIO DE LOS REMEDIOS DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA y del señor JORGE RAÚL VVVV MMMM, con domicilio ubicado en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO XXXX YYYY DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA y proceda hacerles saber la existencia del presente juicio, para que en el término de diez días  comparezcan a manifestar lo que a su derecho e interés convenga.

 

SÉPTIMO. – En cumplimiento a los artículos 771 fracción IV y 775 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se ordena publicar un solo edicto en el periódico “Intolerancia”, que se edita en esta ciudad, convocando a todos los que se crean con derecho a la herencia legitima, para que comparezcan a deducirlo dentro del plazo de DIEZ DÍAS, que se contarán a partir de la fecha de la publicación y concurran por escrito en el procedimiento, debiendo establecer los argumentos de su derecho los documentos que lo justifiquen y propongan a quien pueda desempeñar el cargo de Albacea Definitivo.    

 

OCTAVO. – Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 771 fracción VI Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, gírese atento oficio al
Registro Público de la Propiedad de la Circunscripción Territorial de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla, para que, de no tener inconveniente legal alguno, informe a esta autoridad si existen bienes inmuebles registrables en esa institución a nombre de la autora de la sucesión.

 

NOVENO. – En términos de los artículos 54 y 771 fracción V del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, requiérase al promovente para que en termino de cinco días contados a partir de la notificación del presente proveído, proporcione la Clave Única de Registro de Población (CURP), de la autora de la sucesión GEORGINA MMMM PPPP, a fin de estar en posibilidad de solicitar al Director del Archivo de Notarias del Estado, informe si la referida De Cujus otorgo disposición testamentaria alguna, así como informe de búsqueda en el Registro Nacional de Avisos de Testamento.  

 

DÉCIMO. – Se ordena dar vista al Agente del Ministerio Público adscrita a este Juzgado Primero de lo Familiar con el presente auto de inicio a fin de que, si el caso concreto lo requiere haga valer los derechos que a su interés y representación convenga.

 

DÉCIMO PRIMERO. – Con fundamento en los artículos 19 y 22 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado de Puebla, se requiere al promovente para que, dentro del término de cinco días, señale a la persona que fungirá como Abogado Patrono y estampe su firma autógrafa en el escrito correspondiente, para que en su momento le sea discernido el cargo con las obligaciones y responsabilidades previstas en el Capítulo Tercero del Ordenamiento Procesal de la Materia. Asimismo, téngase al promovente proporcionando el correo electrónico gleyghor@hotmail.com, para efecto de presentar a escritos y recibir notificaciones electrónicamente, por lo cual se da vista para que, en el termino de tres días, manifieste lo que a su derecho e interés corresponda respecto a la recepción electrónica de su contraseña, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se entenderá que la recibió de manera satisfactoria y, en consecuencia, las notificaciones que se practiquen por este medio surtirán efectos desde el momento de su envío.

 

DÉCIMO SEGUNDO. – De conformidad con los artículos 51, 66 y 10 fracción VI de la Ley Adjetiva aplicable, téngase a la parte actora señalando tanto su domicilio particular como el relativo para recibir notificaciones domiciliarias, así como a los mencionados en su escrito de denuncia.

 

DÉCIMO TERCERO. – Atendiendo a lo establecido por los artículos 10 fracción VI, 38 y 39 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece las atribuciones, así como los procedimientos de acceso a la información pública y protección de datos personales, hágase del conocimiento de las partes que tienen expeditos sus derechos para otorgar por escrito su consentimiento para la publicación de sus datos personales en el presente asunto, hasta antes de dictarse sentencia.

 

NOTIFIQUE SE EN TÉRMINOS DE LEY.

Lo proveyó y firma la Abogada María Rosalba Pantoja Vázquez, Jueza Primera de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, ante el suscrito Abogado Julio Torres Texca, Secretario que autoriza y firma. Doy fe.


 


sábado, 21 de junio de 2025

ESCRITO EXHIBIENDO EDICTO Y SOLICITANDO ACUMULACION DE JUICIOS

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EXP. 0000/2025

 

CIUDADANO JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA

 

 


 

SAMUEL HUGO VVVV MMMM, promoviendo por mi propio derecho como Albacea Provisional dentro de la presente sucesión intestamentaria, personalidad que tengo debidamente acreditada, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a exhibir el edicto ordenado por su Señoría en el diario “Intolerancia”, mismo que fue publicado con fecha martes diecisiete de junio de dos mil veinticinco.

 

En este mismo contexto, solicito que, el presente juicio se acumule el presente juicio sucesorio intestamentario con número 279/2025, al juicio sucesorio intestamentario 141/2024, en virtud de tramitarse ambos en este juzgado, de ser los mismos autores de la herencia, mis extintos padres GERARDO VVVV CCCC y GEORGINA MMMM PPPP, los mismos herederos, el suscrito SAMUEL HUGO VVVV MMMM, mi hermano JORGE RAÚL VVVV MMMM, el viudo de mi extinta hermana SONIA MAGDALENA VVVV MMMM el señor MOISÉS GGGG LLLL y la hija de ambos, SONIA GGGG VVVV, y un único bien inmueble el sito en AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y YYYY, DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 19, 24, 25 y demás relativos aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

PRIMERO. - tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito solicitando se me tenga por exhibido el edicto publicado para sus efectos legales.

 

SEGUNDO. – Se ordene acumular los expedientes ya señalados por los motivos expresados y por ministerio de ley.  

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, VEINTITRÉS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO

 

 

 

 

SAMUEL HUGO VVVV MMMM

 

ALBACEA PROVISIONAL

 

 

VICTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO



miércoles, 11 de junio de 2025

JUICIO INTESTAMENTARIO

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JUZGADO ESPECIALIZADO EN MATERIA FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA EN TURNO.

 

 

 

                  

 

SAMUEL HUGO VVVV MMMM, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el sito en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando correo electrónico gleyghor@hotmail.com, para recibir todo tipo de notificaciones que, por ley me correspondan; con número de celular 2229 02 63 67, nombrando  como mi Abogado Patrono a VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, quien tiene como domicilio particular el ubicado en  CALLE CUATRO NÚMERO CINCO INTERIOR OCHO DE ÁLAMOS VISTA HERMOSA PUEBLA, PUEBLA,  quien cuenta con título registrado ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida número 280, foja 70, libro XIV, ante Usted comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a denunciar la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA, a bienes de mi madre GEORGINA MMMM PPPP toda vez que han fallecido según me permito acreditarlo con el Acta de Defunción y para lo cual me fundo en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho:

 

                                            H   E   C   H   O   S:

 

1. -Tal y como lo acredito con la copia certificada de defunción número de folio 000000, del libro número 1 de 1991, el acta número 000, de fecha siete de febrero de 1991, expedida por la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas del Estado de Puebla mi madre GEORGINA MMMM PPPP, murió a la una hora con treinta minutos de la fecha ya señalada en la casa que tuvo como ultimo domicilio ubicada en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA. Anexo uno.

 

2. – Toda vez que la De Cujus no otorgó disposición testamentaria alguna, promuevo la presente acción, solicitando a su Señoría que, en términos de ley, se gire atento oficio al Director del Archivo General de Notarias en el Estado, a fin de que informe a la brevedad posible si la autora de la herencia GEORGINA MMMM PPPP, dejó o no disposición intestamentaria alguna.

 

En este mismo contexto, solicito se gire atento oficio al ciudadano Registrador Público de la Propiedad de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla, a fin de que, informe sobre los bienes inmuebles inscritos a nombre de la De Cujus GEORGINA MMMM PPPP.

 

3. - Manifiesto bajo protesta de decir verdad que, además del suscrito la autora de la herencia procreo otros hijos de nombre SONIA MAGDALENA VVVV MMMM, quien ha fallecido. Lo cual pruebo con el acta de defunción correspondiente, pero le sobreviven el señor MOISÉS GGGG LLLL y su hija SONIA GGGG VVVV con domicilio en PRIVADA DE LA VEINTIDÓS A NORTE NÚMERO  XXXX BARRIO DE LOS REMEDIOS DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA y el señor JORGE RAÚL VERA MOLINA con domicilio en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, para que se apersonen y aleguen lo que a su interés convenga, los primeros como sus representantes y el segundo como presunto heredero. Anexo dos.

 

4. - El suscrito, SAMUEL HUGO VVVV MMMM, soy hijo de la autora de la herencia. Lo cual lo compruebo con el extracto de nacimiento, número de acta 267 de fecha veintiséis de febrero de mil novecientos sesenta y seis, expedida por la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas del Estado de Puebla y solicito se me declare albacea provisional. Anexo tres.

 

5. - Mi señora madre GEORGINA MMMM PPPP estuvo casada con mi señor padre GERARDO VVVV CCCC también conocido como GERARDO MARCOS GUADALUPE VVVV, lo que pruebo mediante el acta de matrimonio número de folio 000000, del libro 1 de fecha 1950, número de acta de matrimonio   expedida por la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas del Estado de Puebla. Anexo cuatro.

 

6. – Con fecha quince de abril de 1979, mi padre GERARDO VVVV CCCC también conocido como GERARDO MARCOS GUADALUPE VVVV falleció a las 15: 15 horas del día ya señalado, en la casa ubicada en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA y de quien está en trámite el juicio intestamentario radicado en el Juzgado Primero Especializado en Materia Familiar del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, con número de expediente 0000/2024 del índice del mismo juzgado, solicitando se acumule el presente juicio al ya señalado. Anexo cinco.

 

7.- Asimismo, solicito se ordene la publicación del edicto, en el diario que su Señoría determine y que por ministerio de ley se establece para que todas y cada una de las personas que se crean con derecho, concurran a deducir los derechos que crean procedentes.

 

8. - Finalmente, me permito acompañar el inventario y avaluó del bien inmueble ubicado en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, único bien del que, tengo conocimiento de ser propiedad de los De Cujus. Tal y como se demuestra con la documental correspondiente.

 

                                          I N V E N T A R I O:

 

a). - El bien inmueble ubicado en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, consta en la escritura de fecha veintiuno de abril de mil novecientos setenta y cinco, pasada ante la fe del notario Licenciado Horacio Hidalgo Mendoza, titular de la notaría número veintidós de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla, escritura inscrita bajo el número 403, a fojas 246, tomo 000, libro 0 con índice de predios mayores 00000 del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta adscripción.

 

b). – El bien inmueble ubicado en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXX Y XXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, con las siguientes medidas y colindancias:

 

Al noroeste: Mide diez metros colinda con lote cuarenta y nueve,

 

Al suroeste: Mide siete metros con diez centímetros, colinda con Boulevard Circunvalación,

 

Al Sureste: Mide catorce metros con noventa y seis centímetros y colinda con lote dos,

 

Al Noroeste: Mide diez metros con cincuenta y dos centímetros y colinda con calle Ríos Suchiate con un pancupe de cuatro metros cincuenta y cuatro centímetros cuadrados.

 

c). – No hay.

 

d). - No los hay.

 

e). - No los hay.

 

f). - El único bien inmueble en sociedad conyugal de la De Cujus GEORGINA MMMM PPPP, es el único ya señalado y objeto del presente juicio.

 

g). - No hay créditos activos ni pasivos.

 

h). – Existen adeudos de agua y predial los cuales han sido pactados en convenio con las respectivas dependencias y de los cuales anexo la documentación correspondiente para que sea tomada en cuenta a la hora de dictarse acuerdos y la sentencia definitiva en la declaración de herederos.

 

i). - Dicho inmueble, en su 50% tiene un valor de $733, 938.80 (SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL PESOS CON OCHENTA CENTAVOS MONEDA NACIONAL), avaluó realizado por el ingeniero civil ROBERTO DANIEL FFFF VVVV, con cédula profesional número 000000, con cédula en Valuación de Inmuebles 0000000, ambas expedidas por la Dirección General De Profesiones de la Secretaria de Educación Pública. Se adjunta avaluó que exhibimos. Anexo cinco

 

                                       D  E  R  E  C  H  O:


I.- Es Usted, competente Ciudadano Juez, para conocer y fallar el presente en términos de lo establecido por los artículos 100 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado y 40 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado.

 

II.- Nuestro interés, capacidad y personalidad la acreditamos según lo establecido por los artículos 101, 102 y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

 

III.- En cuanto al fondo del presente juicio son aplicables los artículos 3020, 3021, 3025, 3029 fracción IV, 3031 y demás relativos aplicables del Código Civil vigente para el Estado.

 

IV.- En cuanto al Procedimiento tienen aplicación los numerales 763, 764 fracciones III, 765 y demás relativos aplicables del Código de Procedimiento Civiles para el Estado

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted Ciudadano Juez respetuosamente solicitamos:

                                       P E T I C I O N E S:

 

PRIMERO. - Tener por presentado en tiempo y forma legal el presente ocurso, denunciando la Sucesión Intestamentaría a nombre de GEORGINA MMMM PPPP, solicitando se acumule al juicio sucesorio intestamentario 0000/2024, del índice del Juzgado Primero Especializado en Materia Familiar del Distrito Judicial de Puebla, Puebla.

 

SEGUNDO. - Se tenga por señalado correo electrónico para oír y recibir todo tipo de notificaciones ya señalados en el proemio del presente ocurso y tener por nombrado como Abogado Patrono al nombrado para actuar en mi representación en términos de ley.

 

TERCERO. - Se de vista al Representante Social adscrito a este Honorable Juzgado, a fin de que manifieste lo procedente en términos de ley.

 

CUARTO. - Se giren los oficios correspondientes, al Ciudadano Registrador Publico de la Propiedad y del Comercio de este Distrito a fin de que informe sobre los bienes que están registrados a nombre de GEORGINA MMMM PPPP. así como al Director General de Notarias en el Estado, a fin de saber si otorgó o no testamento.

 

QUINTO. – Se tome en cuenta los adeudos de servicios públicos respecto del bien inmueble que conforma la masa hereditaria y que han sido pagados por el suscrito.

 

SEXTO. - Se cite a los presuntos herederos, en los domicilios ya señalados para los efectos legales correspondientes.

 

SÉPTIMO. - Previos trámites legales se nos declare herederos del cincuenta por ciento de los derechos de propiedad del bien inmueble ya señalado, todo ello en términos de ley y se ordene tirar las escrituras correspondientes o la venta.

 

                     PROTESTO A USTED, MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTITRÉS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO

 

 

 

SAMUEL HUGO VVVV MMMM

 

 

VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO

 


domingo, 8 de junio de 2025

ESCRITO ACEPTANDO CARGO DE PERITO

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JUICIO DE AMPARO 0000/2024-III

 

CIUDADANA JUEZA SÉPTIMA DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL. ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA. 

 

 

 

RAFAEL SÁNCHEZ PÉREZ, promoviendo con el carácter de Perito en Agrimensura designada por la parte quejosa, personalidad que, tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respecto comparezco y expongo: 

 

Que, por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma vengo a manifestar bajo protesta de decir verdad, vengo a proporcionar los siguientes datos: Edad: 43 años, Estado civil: Soltero, Lugar de nacimiento:  La ciudad de Puebla, Puebla, Lugar de residencia: Calle Turín número Cuatro Mil Veintiocho, de la Colonia la Italia, de la Ciudad de Puebla, Puebla, Ocupación:  Arquitecto, y Domicilio para oír y recibir notificaciones: Calle Turquesa número Cuatro Mil Veintiocho, de la Colonia la Italia, de la Ciudad de Puebla, Puebla. 

 

En consecuencia, de todo lo anterior, manifiesto que, acepto y protesto el cargo conferido a mi mas leal saber y entender. Exhibo copia certificada de mi identificación oficial, así como copia certificada de mi cédula profesional en la materia con la cual intervengo. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos. 

 

 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito: 

 

 

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito manifestando y exhibiendo lo que del mismo se desprende. 

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, CINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO

 

 

 

RAFAEL SÁNCHEZ PÉREZ

 

PROTESTO Y ACEPTO EL CARGO CONFERIDO

 


lunes, 2 de junio de 2025

ESCRITO DE RENDICION DE CUENTAS

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EXP. 0000/2024

 

CIUDADANO JUEZ PRIMERO ESPECIALIZADO EN MATERIA FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

 

 

 

 

 

SAMUEL HUGO VVVV MMMM, promoviendo con el carácter de Albacea Provisional dentro del presente juicio citado al rubro, personalidad que, tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a exhibir la rendición de cuentas respecto del año dos mil veinticuatro en los siguientes términos:

 

1.   – El único bien inmueble sito en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, no reporta ganancias en virtud de ser de uso habitacional y el único local comercial no esta rentado, sin embargo, se han realizad los siguientes gastos por reparaciones, pago del servicio de agua potable e inicio del presente juicio:

 

A.   El Convenio y pago del servicio de agua y alcantarillado con la empresa Agua de Puebla para Todos, por la cantidad de $54, 281. 00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), que val del veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, al veintiocho de marzo de dos mil veinticinco. Mismo que ya obra en original en autos.


 

B.  Recibo de avalúo del bien inmueble sito en BOULEVARD CIRCUNVALACIÓN NÚMERO DOS MIL CUATROCIENTOS XXXXX DEL FRACCIONAMIENTO SAN MANUEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, por la cantidad de $4, 500. 00 (CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL). Mismo que ya obra en original en autos.

 

C. Gastos de traslado, impresiones, fotocopias, taxis de aplicación, copias certificadas de actas y extractos por la cantidad de $13, 600. 00 (Trece mil seiscientos pesos cero centavos moneda nacional).

 

D. Recibo de honorarios del Licenciado FABIAN ARTURO BBBB CCCC por asesorías, presentación del juicio intestamentario por la cantidad de $11, 500.00 (ONCE MIL QUINIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL). Mismo que ya obra en original en autos.

 

E.   El pago del servicio de agua y alcantarillado con la empresa Agua de Puebla para Todos, por la cantidad de $17, 264.00 (DIECISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), del periodo que va del veintisiete de abril de dos mil veintitrés al veintiocho de marzo de dos mil veinticinco. Mismo que ya obra en original en autos.

 

F.  Contrato de prestación de servicios profesionales entre el suscrito y el Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, por la cantidad de 4100, 000. 00 (CIEN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), de fecha quince de febrero de dos mil veinticinco, siendo el primero pago por la cantidad de $20, 000. 00 (VEINTE MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL). Se anexa recibo.

 

Con un total de $103, 881. 00 (CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL),

 

Lo anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos, 19, 24, 25, 26, 792, 794, 796, 797 y 798 del Código de Procedimientos Civiles y 3481 del Código Civil, ambos cuerpos normativos para el Estado de Puebla.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito manifestando lo que del mismo se desprende.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTINUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO

 

 

SAMUEL HUGO VVVV MMMM

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO