viernes, 25 de octubre de 2024

ACUERDO QUE ORDENA EXPEDIR COPIAS CERTIFICADAS

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RAZÓN DE CUENTA. En diez de octubre del año dos mil veinticuatro, el Secretario Adscrito al Juzgado Primero de lo Familiar, licenciado JULIO TORRES TEXCA, da cuenta al Juez con el escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, presentado en la Oficialía de este Juzgado, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

EXPEDIENTE NUM. 0000/2017

 

CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

Agréguese a los autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes, visto su contenido y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36, 41, 42, 47 y 677 fracción I inciso a), del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, 94 de la Ley de Ingresos para el Estado de Puebla, téngase al ocursante VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, abogado patrono de la parte actora y albacea definitivo, las manifestaciones que de sus escrito se desprende y como lo solicita expídasele las copias certificadas de las constancias de mérito, esto a su costa, mismas que, serán entregadas al albacea definitivo y/o al abogado patrono, previo pago de los derechos, previa identificación y toma de razón que obre en autos, por lo que se faculta a la Secretaria de Unidad y Gestión de este Juzgado para expedir las copias certificadas que se indican.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Lo acordó y firma la abogada MARÍA ROSALBA PANTOJA VÁZQUEZ Jueza Primero de lo Familiar de la Ciudad de Puebla, ante el suscrito abogado JULIO TORRES TEXCA, Secretario que autoriza y da fe.

 

JUEZA ABOGADA MARÍA ROSALBA PANTOJA VÁZQUEZ

 

 

SECRETARIO ABOGADO JULIO TORRES TEXCA


martes, 22 de octubre de 2024

QUERELLA POR CIBERACOSO

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CIUDADANO AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR EN TURNO

 

 


 

JENNY ORTIGOZA HERNÁNDEZ, promoviendo por mi propio derecho, con domicilio particular ubicado en la calle Vicente Guerrero número trescientos treinta y tres del municipio XXXX, Puebla; señalando como domicilio para recibir notificaciones los estrados de esta dependencia, nombrando asesor jurídico al Licenciado en Derecho VICTOR HUGO MIAZ SERRANO. De igual forma proponemos como medios electrónicos de comunicación y para oír y recibir todo tipo de notificaciones, el correo electrónico victormiaz@gmail.com y el número de teléfono celular 2229 02 63 67, ante usted con el debido respeto y como mejor en derecho proceda expongo lo siguiente:

 

Siendo Usted el encargado de ejercitar acción penal persecutoria de los delitos, conforme a las facultades que le otorgan los dispositivos 1, 8, 14, 16, 17, 20 inciso C), 21 y demás relativos y aplicables de la Constitución General de la República, ocurro a hacer de su conocimiento LA NOTICIA DELINCUENCIAL de hechos posiblemente delictuosos, los cuales resultan constitutivos del delito de CIBERACOSO, previsto y sancionados por el artículo 278 Nonies del Código Penal para el Estado de Puebla; y en CONTRA QUIENES RESULTEN RESPONSABLES derivado de los demás delitos que resulten de la investigación que se sirva realizar, a fin de que previa la secuela procesal se judicialice la presente querella y se determine las responsabilidad de carácter penal de los hoy querellados.

 

Paso en seguida, bajo protesta de decir verdad a exponer los hechos consideraciones de carácter legal en que fundo la presente querella:

 

1.- A manera de antecedente, con fecha diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro, aproximadamente a las dieciocho horas, en mi casa sita en calle Vicente Guerrero número trescientos treinta y tres del municipio de XXXX, Puebla, tuve una discusión con la señora Adriana FFFF BBBB, debido a que, no pagó la parte que, le correspondía por un crédito grupal con el Banco Compartamos y de ese grupo yo soy la representante de dicho grupo. Al final se salió de mi domicilio y me dijo que, iba a conseguir el pago correspondiente, pero no regresó con su pago.

 

2.- Ese mismo día, jueves diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro, aproximadamente a las dieciocho horas con veinticinco minutos, me hablo mi cuñada de nombre KKKK PPPP RRRR HHHH, diciéndome que, me iba a mandar la captura de una página de Facebook denominada “LOS XXXX DE YYYY”, en donde se había publicado mi imagen con textos amenazantes. Acto seguido, me envió las capturas de pantalla y de esta manera me enteré de que, se había publicado mi imagen con el texto siguiente: “Disculpa la imagen se me coló es la foto de la vieja caliente”. “Y tengo fotos donde la pasa a traer el de la camioneta o pagas o las subo y yo misma voy a ver a tu marido”. “Porque yo no tengo la necesidad de que mi marido me este regañando por tus pendejadas así que paga da la cara o habla con los promotores porque yo te ise el favor en buen pedo y que me pagues así ya es una mierda de tu parte”. “Vieja que me pidió fuera su aval me dejo en drogada y ayer fui a buscarla y no me dio la cara me vale madre que se ponga pendeja y que cuando le marco ya me bloqueo a pero para andarlas dando esta bien buena”. “Tu sabes quien soy porque te vi y tú me viste cuando te subió el viejito rabo verde en su camioneta que cuando me viste te agachaste niégalo pendeja asta le saque una foto a la camioneta si yo quiero le mando las fotos a su vieja ala otra pendeja que tiene y asta tu marido para que te parta tu madre si no me pagas se las voy a mandar y que te quemen tienes 1 día para pagar o subo las fotos a una ya le mandé solo falta ala otra y tú marido tú dirás o paga pendeja o te quemo”. “OOOO y aparte anda de puta dile que ella reclamé que ella pregunté por que no lo ase ahora con el de la camioneta es una Azul tengo las fotos o siento por las viejas de ese pendejo por que tiene su esposa y la de fuera yo ya le mandé una fotos a una de ella ahora que YYYY pregunte aver si esta limpia de cara”. “Yo le saque en buen plan y mira ahora mi marido casi me rompe la padre por sus mamadas y de que lloren en mi casa mejor en la de ella yo puedo mandar las fotos del que la pasa a recoger en la camioneta”. “Si no liquida su deuda me vale y yo la quemo con su amante”.

 

3.-Pergamino: horizontal: 2Pergamino: horizontal: 2Pergamino: horizontal: 2  Por todo lo anteriormente narrado, considero que, se tratan de hechos delictivos dado que, mi esposo, sus familiares, mis familiares y en especial mis hijos han recibido insultos y se ha corrido la voz de que, no tengo una vida ejemplar sino por el contrario, de ser una persona deudora sin ser esto cierto y que, engaño a mi esposo quien me ha reclamado estos hechos publicados. Estas falsedades y amenazas han dañado mi dignidad personal y de mis familiares afectando mi tranquilidad y la de mis hijos pues al ir a la escuela por el camino o en la misma escuela les dicen lo publicado en la página ya citada. En consecuencia, es procedente iniciar la presente Carpeta de Investigación, haciendo las investigaciones pertinentes.

 

D E R E C H O:

 

I.- Es Usted competente para conocer la presente querella de acuerdo con lo establecido en los artículos 16, 21 y demás relativos aplicables de la Constitución General de la República y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

II.- En cuanto el fondo del asunto son aplicables el artículo 414 fracción IV, en relación con los diversos 11, 12, 14, 17, y 21 fracción I, 23 fracción II, y demás relativos y aplicables del Código Penal para el Estado de Puebla.

 

III.- En cuanto al procedimiento a seguir rige lo dispuesto por los artículos 21 Apartado “C” de la Constitución General de la República, 127, 130, 131, 132, 259, 260, 261, 262 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales, 6, 22 y 23 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, Ciudadano Representante Social, atentamente pido se sirva:

 

PRIMERO. - Tenerme por presentado en términos del presente ocurso haciendo de su conocimiento los hechos cometidos en mi agravio, por quien resulte responsable.

 

SEGUNDO. - Admitir la presente querella en los términos expuestos, ordenando la ratificación de la misma; asimismo se sirva ordenar girar los oficios correspondientes al Director de la Agencia General Estatal de Investigaciones, para que se realicen las indagatorias correspondientes.

 

TERCERO. - En su oportunidad y previos trámites de ley, de no existir solución en la controversia planteada, se sirva judicializar la presente querella ante el Juez de Control que corresponda a fin de continuar con la fase respectiva y se ejercite acción penal contra mis hoy querellados y quienes resulten responsables.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

VEINTICUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

JJJJ OOOO HHHH

viernes, 18 de octubre de 2024

AUDIENCIA INCIDENTAL

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AUDIENCIA INCIDENTAL


I.     En Tepeaca, Puebla, siendo las ONCE HORAS CON CERO MINUTOS DEL DÍA CATORCE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, día y hora señalado para que tenga verificativo el desahogo de la AUDIENCIA INCIDENTAL dentro del incidente de NULIDAD DE ACTUACIONES, deducido del expediente número 0000/2003 promovido por RAMIRO RAFAEL FFFF RRRR.

 

II.  Enseguida el Licenciado HELMO MAYORAL BELLO, JUEZ DE LO CIVIL del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla; actuando con el Secretario Licenciado en Derecho JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA, encontrándose constituido el Tribunal en formal audiencia en las instalaciones que ocupan el recinto oficial de este juzgado, se procede a: DECLARAR ABIERTA LA PRESENTE AUDIENCIA INCIDENTAL, razón por la cual, el Juez ordena al secretario proceda en términos de ley conforme a sus obligaciones.

 

III.  Acto continuo, el SECRETARIO DE ACUERDOS adscrito a este Tribunal, Licenciado en Derecho JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA, procede a LLAMAR a las partes, abogados y demás personas que por disposición de ley deben intervenir en el juicio por lo que se determina que SE TIENEN PRESENTES EN LA AUDIENCIA Y ASÍ SE HACE CONSTAR, que NO COMPARECEN LAS PARTES no obstante estar debidamente notificados para ello.

 

IV.                       Con lo asentado en el punto inmediato anterior, se declara que están presentes únicamente los ya nombrados.

 

Encontrándose las condiciones de ley reunidas, se procede al desahogo de la Audiencia Incidental, señalada mediante auto de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, por tanto se procede al desahogo de las pruebas admitidas en autos y toda vez que se trata de pruebas documentales, mismas que se desahogan por su propia naturaleza, es por lo que SE DECLARA AGOTADA LA FASE PROBATORIA y en este momento se procede abrir el juicio al periodo de alegatos, requiriendo a la parte compareciente para que ALEGUE en forma oral, lo que a su derecho convenga.

 

Acto continúo, tomando en consideración no comparecieron las partes, se les tiene por perdido su derecho para formular alegatos. Finalmente, toda vez que se ha desahogado el material probatorio y que así mismo las partes no han hecho las manifestaciones correspondientes respecto de sus alegatos, el Juez acuerda: vistas las actuaciones y con fundamento en los artículos 80, 83, 88, 223 y 224, lo procedente es turnar los presentes autos a la vista del Juez para dictar la resolución correspondiente. Con lo anterior se da por terminada la audiencia levantándose la presente acta para constancia que se firma por el Personal Judicial Actuantes, los comparecientes, dándose por enteradas del contenido de esta los comparecientes.

 

NOTIFÍQUESE.

 

 

LIC. HELMO MAYORAL BELLO

 

JUEZ DE LO CIVIL

 

 

LIC. JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA

 

C. SECRETARIO

lunes, 14 de octubre de 2024

CONTRATO DE CESIÓN GRATUITA DE DERECHOS HEREDITARIOS

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CONTRATO DE CESIÓN GRATUITA DE DERECHOS HEREDITARIOS

 

Contrato de cesión gratuita de derechos hereditarios que, celebran por una parte el señor RAMIRO RAFAEL FFFF RRRR, en su carácter de heredero, en lo subsiguiente “EL CEDENTE”, por la otra parte, la señora ESTHER FFFF RRRR, en su carácter de adquirente, en lo subsiguiente “LA CESIONARIA”, con los siguientes antecedentes y cláusulas:

 

ANTECEDENTES:

 

“EL CEDENTE”: 

 

1.  - El señor RAMIRO RAFAEL FFFF RRRR, manifiesta ser mexicano de nacimiento, de ocupación chofer, mayor de edad, casado, sabe leer y escribir con capacidad legal para contratar y obligarse. 

 

2.  - La señora OBDULIA FFFF RRRR, manifiesta ser mexicana de nacimiento, de ocupación ama de casa, mayor de edad, soltera, sabe leer y escribir con capacidad legal para contratar y obligarse. Manifiesta su libre voluntad de intervenir como testigo. 

 

3.  - La señora EVELIA FFFF RRRR, manifiesta ser mexicana de nacimiento, de ocupación ama de casa, mayor de edad, soltera, sabe leer y escribir con capacidad legal para contratar y obligarse.  Manifiesta su libre voluntad de intervenir como testigo. 

 

“LA CESIONARIA”:

 

1.  – La señora ESTHER FFFF RRRR, manifiesta ser mexicana de nacimiento, de ocupación ama de casa, mayor de edad, soltera, sabe leer y escribir con capacidad legal para contratar y obligarse.  

 

2.  – Ambas partes manifiestas estar enterados del fallecimiento del señor MANUEL FFFF GGGG y/o MANUEL FFFF con fecha veinte de marzo de mil novecientos cuarenta y cinco, en los Reyes de Juárez, Puebla y derivado de lo anterior, se inició el juicio intestamentario con número 000/23, del índice de los libros del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, en el cual se declaró heredero a RAMIRO RAFAEL FFFF RRRR, a bienes del De Cujus MANUEL FFFF GGGG y/o MANUEL FFFF y mediante resolución de fecha tres de julio de dos mil quince, se declaró que, se le adjudicaba el predio denominado “LOS CHAVACANOS”, ubicado en Los Reyes de Juárez, Puebla, mismo que en la cláusula PRIMERA se detallará. En consecuencia, se otorga el presente bajo las siguientes:  

 

CLÁUSULAS:

 

PRIMERA. – “EL CEDENTE”, RAMIRO RAFAEL FLORES RAMOS,  cede y la señora ESTHER FLORES RAMOS, adquiere para sí, los derechos respecto del terreno denominado “LOS DURAZNOS”, ubicado en la Primera Sección de Los Reyes de Juárez, Puebla, propiedad que se acredita mediante la minuta de compraventa de fecha veinte de noviembre de mil novecientos treinta y cinco, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, bajo la partida trescientos cincuenta y siete, a fojas ciento cincuenta y uno, libro 0000, tomo OO, de fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta y tres y  con las siguientes medidas y colindancias: 

 

AL NORTE: MIDE TREINTA Y DOS METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTÍMETROS COLINDA CON PROPIEDAD DE SAMUEL FFFF, 

 

AL SUR: MIDE TREINTA Y DOS METROS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS COLINDA CON PROPIEDAD DE PEDRO HHHH, 

 

AL ORIENTE: MIDE VEINTIÚN METROS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS COLINDA CON PROPIEDAD DE MATEO RAMOS Y ZANJA DE POR MEDIO DEL MANANTIAL “EL ENCINO” Y 

 

AL PONIENTE: MIDE VEINTIÚN METROS SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS COLINDA CON CAMINO REAL. TIENE UNA SUPERFICIE DE 710. 12 METROS CUADRADOS.  

 

SEGUNDA. – Esta cesión de derechos hereditarios es a título gratuito por lo tanto no media adinero alguno y el cedente no se reserva derecho alguno. 

 

TERCERO. – Todos los impuestos y gastos derivados del presente contrato de cesión gratuita de los derechos hereditarios serán a carago de la cesionaria EVELIA FFFF RRRR. 

 

CUARTA. – El cedente RAMIRO RAFAEL FFFF RRRR, se compromete a ratificar el presente contrato de cesión gratuita de los derechos hereditarios del predio denominado “Los Duraznos”, objeto del presente ante el personal del juzgado Mixto del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, cuando se determine por el propio titular del juzgado. 

 

QUINTA. - Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato de cesión gratuita de derechos hereditarios las partes se someten a la jurisdicción de las autoridades judiciales del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla. Por lo tanto, renuncian a cualquier domicilio que pudiera corresponderles ahora o en el futuro. 

 

SEXTA. – Leído y entendidos los alcances legales del presente contrato los intervinientes caca uno de ellos con el carácter ya definido, agregando las copias de sus identificaciones oficiales. Lo firman al calce y al margen con la huella de sus dedos índices de sus manos derechas.  

 

LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.

 

 

RAMIRO RAFAEL FFFF RRRR

 

CEDENTE

 

 

ESTHER FFFF RRRR

 

CESIONARIA

 

 

 

OBDULIA FFFF RRRR

 

TESTIGO

 

 

 

EVELIA FFFF RRRR

 

TESTIGO



lunes, 7 de octubre de 2024

ESCRITO SOLICITANDO COPIAS CERTIFICADAS

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EXP. 0000/2017


CIUDADANO JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.


  

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Patrono del Albacea Definitivo, personalidad que, tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, respetuosamente comparezco y expongo:

 

Que, mediante el presente escrito, vengo a solicitar se me expidan copias certificadas de la resolución de fecha cuatro de mayo de dos mil dieciocho, así como la aceptación del cargo de Albacea Definitiva. Esto por ser útil para su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad del distrito Judicial de Puebla, Puebla para sus efectos legales correspondientes. Lo anterior tiene su fundamento en lo preceptuado por los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política d ellos Estados Unidos Mexicanos, 19, 25, 26 y 41 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, ciudadano Juez, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando lo que del mismo se deprende.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

 

ABOGADO PATRONO

 

ACUERDO QUE, PERMITE INVESTIGACIONES PRIVADAS

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En tres de octubre de dos mil veinticuatro, doy cuenta al Juez con un escrito de JOSÉ OSCAR DDDD MMMM, abogado patrono de la parte actora, recibido el dos de octubre del año en curso, para su acuerdo. Conste.

 

Ciudad Judicial Puebla, a tres de octubre de dos mil veinticuatro.

 

Agréguese a sus autos el escrito de JOSÉ OSCAR DDDD MMMM, abogado patrono de la parte actora, con el que se da cuenta para que surta sus efectos legales, visto su contenido con fundamento en los artículos 52 fracción I, 80 y 88, del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se acuerda: 


Único. Dígase al ocursante, que se le dejan expeditos sus derechos para que previo el pago de los derechos correspondientes realice las investigaciones correspondientes. Ello en atención que es una dependencia pública.

 

Notifíquese por correo electrónico a la parte actora y por lista a la parte demandada. Así lo acuerda y firma, Julián González Cuevas, Juez Tercero Especializado en Materia Civil de esta Ciudad, ante, Silvia Ortiz Márquez, Secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.

 

La suscrita Secretaria, Silvia Ortiz Márquez, hago constar que esta resolución se digitaliza íntegramente en el Sistema Electrónico de Control y Gestión Judicial del juzgado

martes, 1 de octubre de 2024

CONVENIO DE CESION DE DERECHOS

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CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS

 

En la Junta Auxiliar de San Pablo Xochimehuacán, del municipio de Puebla, estado de Puebla, siendo las 12 horas del día 31 de enero de dos mil diecinueve, en las oficinas que ocupa la presidencia del Comisariado ejidal, ante mi C. LUIS GGGG CCCC, presidente del Comisariado Ejidal, se presenta por una parte los C. JOEL GGGG GGGG, de ocupación tablajero, estado civil casado, de 66 años de edad, sabe leer y escribir, con domicilio ubicado en calle Puebla número OOOO, Barrio de San Pedro, San Pablo del Monte, Tlaxcala y la C. PLACIDA GUADALUPE JJJJ GGGG, de ocupación labores del hogar, estado civil casada, de 64 años de edad, sabe leer y escribir, con domicilio ubicado en calle Puebla número OOOO, Barrio de San Pedro, Pablo del Monte, Tlaxcala. Por la otra parte, se presenta el C. BENJAMÍN OOOO FFFF, de 60 años de edad, ocupación comerciante, estado civil soltero, sabe leer y escribir, con domicilio en barrio San Antonio 75150, Acatzingo, Puebla.

 

Ambas partes en plenitud de sus facultades físicas y mentales sin coacción alguna, y por lo tanto, con capacidad legal para contratar y obligarse, respecto a una fracción del territorio derivada de la parcela en el presente convenio.

 

Manifestando que, los C. JOEL GGGG GGGG y PLACIDA GUADALUPE JJJJ GGGG, que tienen a bien ceder los derechos de un lote de terreno ejidal al C. BENJAMÍN OOOO FFFF, que es de su exclusiva propiedad, bajo las siguientes condiciones:

 

CLAUSULAS:

 

PRIMERA: Los C. JOEL GGGG GGGG y PLACIDA GUADALUPE JJJJ GGGG, ceden al C. BENJAMÍN ORTIZ FLORES, sus derechos sobre el domicilio ubicado en perteneciente a la Junta Auxiliar de San Pablo Xochimehuacán, Puebla, Puebla, con todas sus entradas y salidas, costumbres y servidumbres y cuanto de hecho y por derecho le correspondan o pudiere corresponderle, desistiéndose los C. JOEL GGGG GGGG y PLACIDA GUADALUPE JJJJ GGGG de todos sus derechos que tenían sobre la fracción de terreno que adquiere como propio el cesionario, sin reserva ni limitación alguna.

 

SEGUNDA:  Las medidas y colindancias según plano lotificado técnicamente proyectado con los lineamientos de la secretaria de la reforma agraria de la fracción de terreno ubicado en lote número OOOO manzana “C” de la colonia San José el Conde perteneciente a la Junta auxiliar de San Pablo Xochimehuacán, Puebla, Puebla.

 

Especificando en el siguiente convenio de cesión de derechos, son las siguientes:

 

AL NORTE: 40 metros y colinda con la C. IIII TTTT,

 

AL SUR. 20 metros y colinda con Privada y propiedad de LLLL ZZZZ,

 

AL ORIENTE: 14 metros y colinda con el C. Benjamín OOOO FFFF y

 

AL PONIENTE: 14 metros y colinda con lote privado.

 

TERCERA: Por lo antes expuesto, se entiende que los gastos que se originen por los conceptos de tramitación correrán a cargo del C. BENJAMÍN OOOO FFFF, hasta su legalización definitiva y que afrontara todas las necesidades que se desprendan de la presente adquisición.

 

CUARTA: Para la interpretación y cumplimiento del presente documento, las partes se someten en forma expresa a la competencia de las autoridades Ejidales y la asamblea general de los ejidatarios de la junta auxiliar de San Pablo Xochimehuacán, Puebla, renunciando al fuero de cualquier otra autoridad.

 

Así lo otorgan, quedando bien instruidos del valor y la fuerza legal del contenido de este documento.

 

Siendo testigo el C. JOEL GGGG JJJJ con edad de 44 años, de ocupación comerciante, estado civil soltero, con domicilio en Calle Troncos número OOOO fraccionamiento Villa de los Ángeles, San Andrés Cholula, Puebla, y el C. GABRIEL GGGG JJJJ, de 39 años de edad, con ocupación comerciante estado civil casado, sabe leer y escribir con domicilio en Calle Puebla número OOOO, Barrio San Pedro, San Pablo del Monte, Tlaxcala.

 

Las autoridades ejidales en funciones, quienes, habiendo revisado los registros correspondientes, determinaran que a la fecha no existe ningún endoso o nueva adjudicación de este predio.

 

Finalmente, enteradas de las cláusulas y demás contenido con que se atribuye el presente convenio de cesión de derechos, y para constancia del mismo lo ratifican y firman de conformidad las partes y autoridades ejidales, por solicitar titular y particular.

 

COMISARIADO EJIDAL

 

PRESIDENTE

 

 

_____________________________

LUIS GGGG CCCC

 

 

 

             SECRETARIA                                                           TESORERO

 

 

 

___________________________                        ________________________________

C. MARÍA CCCC JJJJ                                             JOSÉ FRANCISCO PASCUAL

                                                                                            GGGG SSSS

 

 

CEDE DERECHOS

 

 

____________________________               ___________________________________

C. JOEL GGGG GGGG                                             C. PLACIDA GGGG JJJJ

 

 

RECIBE DERECHOS

 

 

 

                                          _____________________________

                                               C. BENJAMÍN OOOO FFFF

 

TESTIGO                                                                   TESTIGO

 

 

___________________________                       ________________________________

             JOEL GGGG JJJJ                                                     GABRIEL GGGG JJJJ