viernes, 30 de agosto de 2024

NOMBRAMIENTO DE ABOGADOS Y REVOCACION

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JUZGADO DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN REGIÓN CENTRO

 

En el juzgado de oralidad penal y de ejecución de la región judicial centro, con sede en Puebla, Puebla, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, doy cuenta al juez con el oficio 0000 suscrito por la Encargada de Despacho de la Dirección del Centro Penitenciario de Ciudad Serdán, Puebla, y por el escrito firmado por los imputados para su acuerdo:

 

En la ciudad de Puebla, Puebla, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro.

 

Visto lo de cuenta, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48, 52, 67 primer párrafo, 68. 82, 83, 84, 85, 86, 108, 109, 110, 113, 115, 117, 121y 122 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se acuerda:

 

I. Se tienen a la Encargada de Despacho de la Dirección del Centro Penitenciario de Ciudad Serdán, Puebla, remitiendo la notificación hecha a la imputada, respecto de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, lo anterior, para los efectos legales conducentes.

 

II. Téngase a los imputados todo nombramiento hecho con antelación y nombrando nuevos abogados a los licenciados que para tal efecto nombran, a quienes se les requiere para que en el termino de tres días, después de la notificación legal del presente proveído, ocurran a aceptar y protestar el cargo conferido.

 

No obstante, lo anterior, y hasta en tanto no comparezcan a aceptar y protestar el cargo, y para no dejar a los imputados en estado de indefensión y no violentar sus derechos humanos, subsiste el nombramiento hecho con anterioridad.

 

III. Por otro lado, como lo solicitan los imputados, expídanseles copias autorizadas de los audios y videos derivados de las audiencias celebradas dentro de la causa penal en que se actúa, las que serán por su cuenta con base en el artículo 86 fracción V de la Ley de ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio vigente, y en atención a que los imputados se encuentran privados de sus libertades en el Centro Penitenciario de la ciudad de Puebla, Puebla, bajo los efectos de la medida cautelar de prisión preventiva se autoriza a los profesionistas en derecho para recibirlas en sus nombres, previa aceptación y protesta del cargo conferido, esto cualquier día y hora hábiles de oficina, previa identificación a satisfacción de esta autoridad y de razón que conste en autos.

 

Así lo acordó y firma el Abogado Aaron Hernández Chino, Juez de Control de la Región Judicial Centro.


martes, 27 de agosto de 2024

ESCRITO SOLICITANDO SUSTITUCION DE PERITO

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EXP. 0000/2023

 

CIUDADANO JUEZ MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.

 

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Patrono de la parte demandada, personalidad que, tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar se haga la sustitución del perito tercero designado por su Señoría, toda vez que, no obstante, de haber sido notificado del cargo conferido y de haber sido solicitado en diversas ocasiones para que, acepte y proteste el cargo de perito tercero en discordia, el mismo ha hecho caso omiso, entorpeciendo la secuela procesal dentro del presente juicio, en contravención del articulo 17 de la Carta Magna, de ser la justicia pronta y expedita. Tal y como consta en autos. En consecuencia, solicito, se designe a un nuevo perito en topografía y agrimensura de aquellos que considere su Señoría. Lo anterior tiene su fundamento en lo estipulado en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 19, 25, 26 y 288 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted ciudadano Juez, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando lo que el mismo se desprende.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

TEPEACA, PUEBLA, VEINTISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 


 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO


ABOGADO PATRONO 

 

 

 

 

 

jueves, 22 de agosto de 2024

ADMISION DE JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO

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RAZÓN DE CUENTA. Ciudad Judicial Tepeaca, Puebla, a trece de agosto de dos mil veinticuatro, doy cuenta al Juez con un escrito de ELFEGO AAAA GGGG acompañado de un acta, una constancia, una copia certificada, todo con copia, recibidos el veintinueve de julio de dos mil veinticuatro y turnado el treinta del mismo mes y año, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

ABOG. JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA SECRETARIO DE ACUERDOS.

 

EXPEDIENTE NÚMERO: 0000/2024.

 

J. SUCESORIO INTESTAMENTARIO.

 

Ciudad Judicial Tepeaca, Puebla, a trece de agosto de dos mil veinticuatro.

 

Agréguese a sus autos el escrito cuenta, para que surta sus efectos legales correspondientes, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 80, 80, 202, 769, 770 y 772, fracción III, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se tiene al promovente dando cumplimiento al requerimiento hecho por auto de fecha primero de julio de dos mil veinticuatro, en ese sentido exhibe un acta, una constancia, una copia certificada, los cuales se mandan agregar a los autos para que surtan sus efectos legales procedentes, en esas condiciones se admite el procedimiento sucesorio intestamentario, en los siguientes términos:

 

PRIMERO. En términos del artículo 771 fracción I del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se tiene por abierta y radicada en este juzgado la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA de los autores de la herencia desde el momento de su defunción de JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR y LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA denunciado por ELFEGO AAAA GGGG promoviendo por su propio derecho. 


SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 771, fracción IV y 775, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se ordena publicar UN EDICTO en el Periódico “INTOLERANCIA” convocando a todos lo que se crean con derecho a la herencia legítima, para que comparezcan a deducirlo en el plazo de DIEZ DÍAS, que se contarán a partir del día siguiente de la fecha de la publicación y concurran por escrito en el procedimiento, debiendo establecer los argumentos de su derecho, los documentos que lo justifiquen y propongan a quien puede desempeñar el cargo de albacea definitiva.

 

TERCERO. En términos de lo dispuesto por el artículo 771, fracción II, del Código de Procedimientos Civiles, se designa como Albacea provisional a ELFEGO AAAA GGGG, quien deberá comparecer a las nueve horas con cero minutos de cualquier día hábil de oficina siempre que las labores del Juzgado lo permitan, ante esta Autoridad, debidamente identificado a fin de aceptar y protestar el cargo conferido a su favor.

 

CUARTO. Con fundamento en el artículo 771, fracciones V y VI, del Código de Procedimientos Civiles, gírese oficio al Archivo General de Notarías a fin de que informe sobre la existencia de alguna disposición testamentaria a nombre de la autora de la sucesión de JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR acaecido a las 03:12 tres horas con doce minutos del día ocho de diciembre de dos mil veinticuatro y LIDIA GARCIA MERINO y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA acaecida a las 21:20:00 veintiún horas con veinte minutos del día veinte de diciembre de dos mil seis, en el Registro Nacional de Avisos de Testamento y proceda remitir a la brevedad posible el informe solicitado. De igual forma, gírese oficio al Registrador Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, para que informe a esta Autoridad si existen bienes inmuebles registrables en esa Institución a nombre de los autores de la Sucesión de JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR acaecido a las 03:12 tres horas con doce minutos del día ocho de diciembre de dos mil veinticuatro y LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA acaecida a las 21:20:00 veintiún horas con veinte minutos del día veinte de diciembre de dos mil seis.

 

QUINTO. En términos de lo establecido por el artículo 772, fracción III, se ordena turnar los autos a la Ciudadana Diligenciaria adscrita a este Honorable Juzgado, para que llame a juicio a ANICETO AAAA GGGG, en el domicilio señalado por el promovente, y le haga de su conocimiento la tramitación del presente Juicio para que deduzca sus derechos, de estimarlo conveniente dentro del término de DIEZ DÍAS, siguientes al ser notificados del presente juicio sucesorio intestamentario, y concurra por escrito en el procedimiento, debiendo establecer los argumentos de su derecho, los documentos que lo justifiquen y proponga a quien puede desempeñar el cargo de albacea definitiva, nombrado abogado patrono y señalando domicilio para recibir notificaciones.

 

SEXTO. Se tiene al promovente ofreciendo prueba testimonial a fin de acreditar la diversidad de nombres de la de cujus, prueba que se llevará a cargo de los Ciudadanos REMIGIA CÁNDIDA CCCC NNNN y GABRIEL AAAA AAAA, con domicilios indicados en el escrito de demanda, por lo que se procede a señalar LAS NUEVE HORAS CON CERO MINUTOS DE CUALQUIER DÍA HÁBIL DE OFICINA, previa cita, a efecto de que presenten a sus testigos, en donde declararán de viva voz, sobre los hechos que sepan y les conste, así como expresen la razón de su dicho, debiendo ser presentados debidamente identificados por el oferente de la prueba, misma que se desahogará conforme a lo dispuesto por el artículo 306, del Código Adjetivo Civil aplicable al caso.

 

SÉPTIMO.- Se ordena dar vista a la ciudadana Agente del Ministerio Público Adscrita a este Juzgado con el presente auto de radicación a fin de que, si el caso concreto lo requiere, haga valer los derechos que a su interés y representación convenga, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 677, fracción II, del Código de la Legislación Adjetiva estatal aplicable.

 

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

 

Atendiendo a lo establecido por el artículo 7, fracción X y XVII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, hágase del conocimiento de las partes que tienen expeditos sus derechos para otorgar por escrito su consentimiento para la publicación de sus datos personales en el presente asunto, hasta antes de dictarse sentencia, de no hacer manifestación alguna se tendrá por no autorizada la publicación de dichos datos.

 

NOTIFÍQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO A LA PARTE ACTORA.

 

Así lo acordó y firma el Licenciado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Licenciado JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.

 

miércoles, 21 de agosto de 2024

OFICIO MEDIANTE EL CUAL RINDE INFORME EL ARCHIVO DE NOTARIAS

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RAZÓN DE CUENTA. - En Ciudad Judicial Tepeaca, Puebla, a diecinueve de agosto del año dos mil veinticuatro, doy cuenta al Juez con el oficio número CJGE/DAN/0000/2024 signado por LUIS MIGUEL NECOECHEA RODRIGUEZ, en su carácter de Director del Archivo de Notarias del Estado de Puebla, sin anexos, recibido en este Juzgado el dieciséis de agosto del año en curso y turnados el diecinueve de agosto del presente año en curso, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

LIC. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO

 

C. SECRETARIO DE ACUERDOS NON.

 

EXPEDIENTE NÚMERO: 0000/2023

 

J. REIVINDICATORIO

 

En Ciudad Judicial de Tepeaca, Puebla, a diecinueve de agosto del año dos mil veinticuatro. Agréguese a los autos el oficio de cuenta, con el que se da cuenta y visto su contenido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 83, 88, 771 Fracción V del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se acuerda:

 

En cuanto al oficio número CJGE/DAN/0000/2024 téngase al funcionario ocursante, dando cumplimiento a lo ordenado por esta Autoridad mediante oficio número 3356 de fecha dos de Julio del año dos mil veinticuatro, en los términos que de su oficio se desprenden; de lo que se toma en conocimiento para los efectos legales procedentes y con el contenido del mismo se ordena dar vista a la parte denunciante para que dentro del término de TRES DIAS hábiles siguientes que surta sus efectos la notificación del presente auto, manifieste lo que a su derecho o interés legal corresponda.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Así lo acuerda y firma el Abogado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Abogado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO, Secretario de Acuerdos Non que autoriza y da fe.


jueves, 8 de agosto de 2024

ESCRITO SOLICITANDO SE BUSQUE Y DEVUELVA EXPEDIENTE AL JUZGADO DE ORIGEN

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DIRECCIÓN DEL ARCHIVO DE NOTARIAS EN EL ESTADO DE PUEBLA

TITULAR DE LA DIRECCIÓN DEL ARCHIVO DE NOTARIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL NOTARIADO DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL ESTADO DE PUEBLA.

PRESENTE:

 

OBDULIA FFFF RRRR, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que, tengo debidamente acreditada en los autos del EXP. 1037/2014, que se tramita en el JUZGADO QUINTO ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA, autorizando al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO para que, las reciba y se imponga de los autos, ante Usted, comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar se haga la búsqueda del EXP. 1037/2014, que se tramita en el JUZGADO QUINTO ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA, toda vez que, fue enviado dicho expediente mediante oficio 3198 de fecha uno de abril de dos mil veintidós a la Notaria Número Uno de Tepeaca, Puebla y todos los documentos inherentes a dicha notaria fueron asegurados por esta dependencia. En consecuencia, solicito, una vez localizado dicho expediente, sea enviado al juzgado de origen. Lo anterior tiene su fundamento en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando lo que, del mismo se desprende.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

 

OBDULIA FFFF RRRR

 

 

viernes, 2 de agosto de 2024

ESCRITO EXHIBIENDO FE DE BAUTIZO Y ACTA DE MATRIMONIO PARA ACREDITAR EL ENTRONCAMIENTO

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EXP. 0000/2024

 

CIUDADANO JUEZ MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.

 

 

 

 

 

 

ELFEGO XXXX YYYY, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que, tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, respetuosamente comparezco y expongo:

 

Que, mediante el presente escrito y anexos, vengo a dar cumplimiento al requerimiento de fecha primero de julio de dos mil veinticuatro, notificado al suscrito mediante correo electrónico con fecha ocho de julio de dos mil veinticuatro, en los siguientes términos:

 

1. – Exhibo fe de bautismo expedida por el párroco de los Santos Reyes como era conocido el actual Los Reyes de Juárez, Puebla, a nombre del suscrito ELFEGO XXXX YYYY, de fecha diez de octubre de mil novecientos sesenta y tres mediante la cual demuestro que, mi señora madre estaba casada con mi padre MARCOS AGUILAR ROBLES, aunque solo uso el nombre de LIDIA ZZZZ y, por lo tanto, soy hijo de la De Cujus.

 

2. – El acta de matrimonio del suscrito, con número de folio 00000, de fecha catorce de agosto de dos mil dos, expedida por el Juzgado Primero del Registro del Estado Civil de las Personas del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, de donde se desprende que, mi señora madre fue LIDIA ZZZZ y estaba casada con mi señor padre MARCOS XXXX, por lo tanto, soy hijo natural y legal de la De Cujus LIDIA GARCÍA MERINO y/o ELIDIA GARCÍA MERINO y/o LIDIA GARCÍA DE AGUILAR.

 

3.- Cedula profesional del perito que realizó el avalúo correspondiente.

 

Lo anterior tiene su fundamento en lo preceptuado en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 19, 24, 25, 26 y 770 fracción III del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente escrito exhibiendo las documentales que se describen y se anexan.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

TEPEACA, PUEBLA, VEINTINUEVE DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

                                                ELFEGO XXXX YYYY

 

               VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

 

        ABOGADO PATRONO