viernes, 23 de diciembre de 2022

RENUNCIA AL CARGO DE DEFENSOR

 

CAUSA PENAL 0000//2022/PUE

 

CIUDADANO JUEZ DE CONTROL DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN REGIÓN JUDICIAL CENTRO CON SEDE EN PUEBLA.

 

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Defensor Particular de los imputados JOHANA KAREN CABRERA RAMOS e ISRAEL y JOSÉ JUÁREZ LARA, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante usted, respetuosamente comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a renunciar al cargo de Defensor Particular de los imputados JOHANA KAREN CABRERA RAMOS e ISRAEL y JOSÉ JUÁREZ LARA, dentro de la causa penal citada el rubro, por así convenir a los intereses del suscrito. Lo anterior tiene su fundamento en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución General de la República y 120 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma el presente escrito, renunciando a la defensa de los imputados en cita.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

 

ABOGADO PARTICULAR


lunes, 19 de diciembre de 2022

ACUERDO QUE MANDA A RATIFICAR O NO EL PROYECTO DE PARTICION

 

RAZÓN DE CUENTA. En catorce de diciembre de dos mil veintidós, el Secretario de acuerdos encargado de los expedientes impares, adscrito a este Juzgado Cuarto de lo Familiar, doy cuenta a la Juez con un escrito de los promoventes, presentado en la Oficialía Mayor de este Juzgado el día seis de diciembre de dos mil veintidós, para su acuerdo. C O N S T E.

 

EXPEDIENTE: 0000/2021 REF.

 

CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA; A CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

 

Agréguese a los autos lo de cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes, visto su contenido, con fundamento en los artículos 25 del Código Civil para el Estado, 33, 80, 81, 47, 677, 781, 788, 803, 80, 810 y 811 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, téngase a los coherederos manifestando estar de acuerdo con el proyecto de partición propuesto por el albacea, de los bienes inmuebles que conforman la masa hereditaria. Bajo ese contexto, requiérase a los promoventes, para que dentro del término de TRES DÍAS hábiles siguientes de notificado este auto, comparezcan ante esta autoridad debidamente identificados con documento oficial y fotocopia simple del mismo a ratificar su escrito de cuenta a través del cual manifiestan estar de acuerdo con el proyecto de partición. En consecuencia, se les exhorta a dar cumplimiento a los lineamientos señalados por el acuerdo de treinta y uno de julio de dos mil veinte, emitido por el Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla, en el que se señaló que mediante el Sistema Electrónico de Control y Gestión Judicial, en su plataforma en línea solicite por este medio cita con la Secretaria de la Unidad de Gestión Judicial adscrita a este juzgado, señalando número de expediente, el motivo de la cita (ratificación de escrito), con el propósito de que se le expida el Código QR respectivo, comunicándole que el día de la cita deberá comparecer con dicho Código QR a efecto de que se le permita la entrada al recinto judicial. Hecho ésto, se acordará lo procedente.

 

NOTIFIQUESE POR EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTROL Y GESTIÓN JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA A LOS COHEREDEROS Y POR LISTA A TODO AQUEL QUE SE CREA CON DERECHO.

 

Así lo proveyó y firma la Ciudadana Maestra AMADA MARÍA TERESA MÁRQUEZ BERMÚDEZ, Juez Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, ante el suscrito Abogado SAMUEL ERICK SÁNCHEZ AGUILAR, Secretario que autoriza y firma. DOY FE.

 

 

 

MTRA. AMADA MARÍA TERESA

 

C. JUEZ

 

 

 

ABOG. SAMUEL ERICK SÁNCHEZ MÁRQUEZ BERMÚDEZ. AGUILAR.

 

SECRETARIO


sábado, 17 de diciembre de 2022

ACEPTACION Y PROTESTA DEL CARGO DE DEFENSOR PARTICULAR

 

JUZGADO DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN REGIÓN JUDICIAL CENTRO

 

ACTA COMÚN DE NOMBRAMIENTO DE DEFENSOR PARTICULAR

 

En la Región Judicial Centro del Estado de Puebla, con sede en la ciudad de Puebla, Puebla, siendo las QUINCE HORAS CON DIECISÉIS MINUTOS DEL DIECISÉIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, comparece VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien exhibe cédula profesional numero 5381143, expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, misma que se le devuelve por serle útil para sus fines legales correspondientes, previo cotejo que se hace de la fotocopia que exhibe, agregándose a la presen te Carpeta, certificación de la misma para constancia, a quien se le protesta para que se conduzca con verdad, quien en uso de la palabra manifiesta llamarse VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, ser originario de Los Reyes de Juárez, Puebla, con domicilio para ser notificado en PRIVADA 32 A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, con número telefónico 2221 42 67 71, correo electrónico gleyghor@hotmail.com de cincuenta y siete años de edad, grado de estudios Licenciatura en Derecho, ocupación abogado defensor.

 

Quien comparece en este acto a fin de aceptar y protestar el cargo conferido en favor de los imputados dentro de la presente acusa penal y quien autoriza recibir notificaciones en el domicilio, correo electrónico y número de celular.

 

Vista la comparecencia que antecede, con fundamento en lo estipulado en los artículos 20 apartado B), fracción VIII de la Constitución Política de los Estado Mexicanos, 17, 83, 86, 113, 115 y 117 del código Nacional de Procedimientos Penales, se acuerda:


I.     Se tiene al abogado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, aceptando el cargo conferido a su favor por los imputados, mismo que se le protesta y discierne en términos de ley, con todos los derechos y obligaciones inherentes al mismo.

 

II.  Se tienen por señalado domicilio, numero celular y correo electrónico para recibir todos tipo de notificaciones que por ley le correspondan dentro de la presente cusa penal.

 

Con lo anterior, se da por terminada la presente diligencia firmando al calce los que en ella intervinieron.

 

 

 

 

 

ABOGADA MARÍA GUADALUPE MUÑOZ PÉREZ

 

 

JUEZ DE CONTROL

 

 

 

 


 VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

 

DEFENSOR PARTICULAR


jueves, 15 de diciembre de 2022

ACUERDO QUE NOTIFICA LA REVOCACION Y NOMBRAMIENTO DE ABOGADOS

 

CIUDADANA JUEZA DE CONTROL DE LA REGIÓN JUDICIAL CENTRO.


En el Juzgado de Oralidad Penal y ejecución, región Centro con sede en la ciudad de Puebla, Puebla, nueve de diciembre de dos mil veintidós, doy cuenta con el oficio numero 0000000/2022 firmado por el Licenciado JORGE PÉREZ MELCHOR, subsecretario de Centros de Reinserción Social en el Estado y con el escrito de los imputados, para su acuerdo:

 

AUXILIAR DE CAUSAS

 

MARGARITA FUENTES OSORIO

 

En Puebla, Puebla, nueve de diciembre de dos mil veintidós  

 

Visto lo de cuenta con fundamento en lo establecido en los artículos 52, 67 primer párrafo, 68, 73, 113, 115 y 117 del código Nacional de Procedimientos Penales, se acuerda.

 

I Se tiene al subsecretario de Centros de Reinserción Social en el Estado, quien hace del conocimiento que, giro las instrucciones para el traslado de los imputados dentro de la presente causa penal, para el próximo veintiséis de diciembre de esta anualidad. De lo que se toma nota para los efectos que, haya lugar.

 

II En otra arista, se recibió el escrito firmado por los imputados, quienes revocan los nombramientos anteriores y nombran como sus defensores a los Licenciados VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO y/o JESÚS SÁNCHEZ NÚÑEZ, a quienes se instruye notificar a través de los medios que se advierten. Asimismo, se requiere a los letrados para que comparezcan a aceptar el cargo conferido, dentro del término de tres días computados a partir de la notificación legal del presente proveído.

 

A fin de no dejarlos en estado de indefensión, en términos del numeral 118 del Cuerpo Legal invocado, se designa al defensor publico de la adscripción, a quien se le requiere para que inmediatamente a la notificación del presente auto, acuda a protestar el cargo.

 

Se precisa a los profesionistas que, de no acudir a protestar el cargo conferido, prevalecerá el nombramiento del defensor publico designado, sin perjuicio de que, con posteridad, los investigados nombren a un defensor particular.

 

 NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Así lo proveyó y firma la abogada MARÍA GUADALUPE MUÑOZ PÉREZ, Juez de Control de la Región Judicial Centro.


martes, 13 de diciembre de 2022

ESCRITO NOMBRANDO ABOGADOS DEFENSORES PARTICULARES

 

CAUSA PENAL NÚMERO: 0000/2022.

 

CIUDADANA JUEZA DE CONTROL DE LA REGIÓN JUDICIAL CENTRO.

 

ABOGADA MARÍA GUADALUPE MUÑOZ PÉREZ.

 

P R E S E N T E:

 

 

 

ISRAEL JUÁREZ RAMOS, JOSÉ JUÁREZ RAMOS y KAREN CABRERA VERA, promoviendo por nuestro propio derecho y en nuestro carácter de imputados dentro de la causa penal en que se actúa y señalada al margen superior derecho, ante Usted, con el debido respeto, comparecemos para manifestar:

 

Que, a través del presente ocurso y con fundamento en los artículos 20 Apartado B Fracciones VI, VIII, de la Constitución General de la República; y, 50, 71, 82, 83, 116, 118, 121, 123, 124, y 313 del Código Nacional de Procedimientos penales, vengo a nombrar como nuestros nuevos Abogados defensores particulares a los Licenciados VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO y JESÚS SÁNCHEZ NÚÑEZ los cuales cuentan con cédula profesional números 5381143 y 12872809 respectivamente, expedidas por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, mismas que se acompañan a este escrito en copias fotostáticas para los efectos legales correspondientes, nombrándolos como abogados comunes ya que no existe incompatibilidad, ni conflicto de intereses entre nuestras defensas, firmando los profesionistas en derecho, al calce del presente ocurso en señal de aceptación del cargo que se le confiere.

 

Así mismo le solicitamos se sirva señalar día y hora para que nuestros defensores particulares comparezcan ante este Honorable Tribunal a aceptar y protestar el cargo conferido, de igual forma venimos a señalar como medios de comunicación electrónica a efecto de que puedan ser notificados, los números de telefonía celular 2212502558, 2221426771, así como los correos electrónicos lexjsn@icloud.com y gleyghor@hotmail.com asimismo vengo a revocar cualquier otro nombramiento de defensor público o particular realizado con anterioridad al presente ocurso.

 

Finalmente nos permitimos solicitarle que, una vez aceptado y protestado el cargo por parte de la defensa particular, me sean expedidas copias autentificadas de la carpeta administrativa en que se actúa, así como copia de los registros que contienen las videograbaciones del total de las audiencias celebradas dentro de la causa en que se actúa. 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, Ciudadana Jueza, atentamente pedimos se sirva: 

 

PRIMERO. - Se nos tenga nombrando nuevos defensores particulares a los profesionistas indicados en el cuerpo del presente escrito y por señalados como medios electrónicos para recibir notificaciones los que quedaron precisados.

 

SEGUNDO. - Se sirva ordenar señalar día y hora para que nuestros abogados defensores particulares acepten y protesten el cargo conferido, asimismo se nos tenga revocando cualquier otro nombramiento de defensor hecho con antelación al presente escrito.

 

TERCERO. - Se sirva ordenar que, una vez aceptado y protestado el cargo por parte de la defensa particular, nos sean expedidas copias autentificadas de la carpeta administrativa en que se actúa, así como copia de los registros que contienen las videograbaciones del total de las audiencias celebradas dentro de la causa en que se actúa.

  

PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO.

 

            HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

 

 

ISRAEL JUÁREZ RAMOS

 

IMPUTADO.

  

 

JOSÉ JUÁREZ RAMOS

 

IMPUTADO.

 

 

KAREN CABRERA VERA

 

IMPUTADA.

 


domingo, 11 de diciembre de 2022

ESCRITO EXPRESANDO LA VOLUNTAD PARA UNA SALIDA ALTERNA

 

JUZGADO DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN REGIÓN JUDICIAL CENTRO 

 

CAUSA PENAL 1996/ 2022

  

ABOGADA MARÍA GUADALUPE MUÑOZ PÉREZ

 

JUEZA DE ORALIDAD PENAL REGIÓN JUDICIAL CENTRO

 

PRESENTE:

 

 

SILVIA SORCIA AGUILAR, promoviendo con el carácter de victima dentro de la presente causa penal, con la personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos, ante Usted, respetuosamente, comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a manifestar bajo protesta de decir verdad que, de parte de la suscrita tengo la firma intención de resolver el presente asunto mediante una salida alterna o mecanismo de aceleración. Por lo que, solicito a sus Señoría que, en caso de ser procedente acuerde suspender el procedimiento por el tiempo que usted determine a efecto de intentar una salida alterna o lo procedente. Lo anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8, 17 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117, 131 y 141 del código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

ÚNICO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando lo que del mismo se deprende.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, TRECE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS 

 

 

SILVIA SORCIA AGUILAR


viernes, 9 de diciembre de 2022

ACUERDO QUE SOLICITA EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE UNA SOLUCION ALTERNA

 

JUZGADO DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCIÓN REGIÓN JUDICIAL CENTRO

 

En el juzgado de oralidad penal y ejecución región judicial centro, con sede en la Ciudad de Puebla, Puebla, uno de diciembre de dos mil veintidós, doy cuenta a la ciudadana Juez de control, con el estado procesal que guarda la presente carpeta judicial administrativa, para su acuerdo:

 

AUXILIAR DE CAUSAS

 

MARGARITA FUENTES OSORIO

 

En la Ciudad de Puebla, Puebla, uno de diciembre de dos mil veintidós

 

Con fundamento en los artículos 50, 62, 67 primer párrafo, 68, 109, 113, 117, 131 y 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se acuerda:

 

ÚNICO. – Vistos los autos, se advierte que, los intervinientes han sido omisos en pronunciarse respecto a la forma de conclusión de este tramite que se instruye en contra del imputado; por tal motivo, ya que la suscrita le asiste la directriz del procedimiento, a fin de no generar audiencias infructuosas; se les requiere, para que, dentro del termino de cinco días hábiles, computados a partir de la legal notificación de este proveído, comuniquen si este tramite es susceptible de solucionarse a través de una salida alterna o mecanismo de aceleración, con el objeto de proveer conforme a derecho.

 

En el entendido que, de no realizar manifestación alguna en la temporalidad conferida, para dar continuidad al procedimiento, se señalara audiencia intermedia.

 

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. 

 

Así, lo acordó y firma, la abogada María Guadalupe Muñoz Pérez, Juez de control de la región judicial centro.

 

JUEZ DE CONTROL DE LA REGIÓN JUDICIAL CENTRO

 

 

ABOGADA MARÍA GUADALUPE MUÑOZ PÉREZ


miércoles, 7 de diciembre de 2022

ACUERDO QUE ORDENA PONER LOS AUTOS A LA VISTA DEL JUEZ PARA SENTENCIA

 

RAZÓN DE CUENTA. En Ciudad Judicial de Tepeaca, Puebla, a veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, el suscrito Secretario de Acuerdos doy cuenta al Ciudadano Juez con los autos del expediente 1693/2021 para dictar el acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

ABG. ALEJANDRO GARRIDO GALINDO

 

 SECRETARIO DE ACUERDOS

 

EXPEDIENTE NÚMERO: 0000/2021.

 

En Ciudad Judicial de Tepeaca, Puebla; a veintinueve de noviembre de dos mil veintidós.

 

V I S T O El estado procesal del expediente 0000/2021, relativo al JUICIO DE INMATRICULACIÓN, promovido por MARILÚ ROSAS PORRAS, REYNA ROSAS PORRAS y ANA ROSA ROSAS, en contra del REGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA, se hace saber a las partes en el presente juicio, que en Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del estado de Puebla desahogada el catorce de noviembre del dos mil veintidós, con fundamento en lo establecido por el artículo 96 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el suscrito Abogado HELMO MAYORAL BELLO, fui designado Juez de este Tribunal, con efectos a partir del dieciséis del propio mes y año; lo anterior a efecto de que hagan valer lo que a su derecho e interés corresponda, dentro del término de tres días siguientes a la notificación del presente auto, y transcurrido éste, con o sin ulterior gestión, túrnense los autos a la vista del suscrito para emitir la resolución correspondiente.

 

NOTIFÍQUESE A LAS PARTES EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Así lo provee y firma el Abogado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Secretario de Acuerdos que autoriza Licenciado ALEJANDRO GARRIDO GALINDO. DOY FE.



viernes, 2 de diciembre de 2022

ACUERDO QUE DA VISTA A COHEREDEROS EN PROYECTO DE PARTICION

 

RAZÓN DE CUENTA. – En tres de noviembre de dos mil veintidós, el suscrito Secretario encargado de los expedientes impares, adscrito a este Juzgado Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, doy cuenta a la ciudadana Juez con el estado procesal de los autos del expedientes en que se actúa y un escrito del Albacea Definitivo, presentado ante la Oficialía de este Juzgado el doce de octubre de dos mil veintidós, turnado para su acuerdo. Conste.

 

Expediente 0000/2021

 

En ciudad Judicial, Puebla, En tres de noviembre de dos mil veintidós.

 

Agréguese a los autos el escrito presentado por el Albacea Definitivo, para que surta sus efectos legales correspondientes, visto el contenido y con fundamento en los artículos 47, 51, 52, 81, 677, 763, 804, 805 y 811 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, téngase al ocursante formulando Proyecto de Partición, en términos que, de sus escrito de cuenta se desprende; en virtud, de lo anterior, se ordena dar vista a los coherederos dentro del presente procedimiento para que en el termino de tres días, una vez notificado el presente acuerdo, manifiesten lo que a su derecho convenga.

 

NOTIFÍQUESE POR EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTROL Y GESTIÓN JUDICIAL DEL ÓRGANO JUDICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA. 

 

Así lo proveyó y firma, la abogada, VERÓNICA ROJAS PASAN, Juez Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, ante el suscrito Licenciado, SAMUEL ERICK SÁNCHEZ AGUILAR, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.