viernes, 24 de julio de 2015

DIVORCIO VOLUNTARIO


CIUDADANO JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.








JANET HERNÁNDEZ RAMÍREZ y HÉCTOR VARGAS LIMÓN, promoviendo por nuestro propio derecho, señalando como domicilio particular el sito en PRIVADA CINCO DE MAYO NUMERO TREINTA DE SAN JERÓNIMO CALERAS DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan, la casa ubicada en PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, nombrando como nuestro Abogado Patrono a VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuenta con título registrado ante el Tribunal superior de Justicia en el Estado, bajo la partida 280, foja 70 vuelta, del libro XIV, ante Usted, con el debido respeto comparecemos y exponemos:

Que, por medio del presente ocurso, en vía de jurisdicción voluntaria venimos a promover JUICIO DE DIVORCIO VOLUNTARIO, en los siguientes términos:

P R E S T A C I O N E S:

A).- La disolución del vínculo matrimonial que hasta la fecha nos une.

B).- La disolución de la sociedad conyugal existente.

C).- La inscripción de la sentencia definitiva que declare ambas disoluciones.

H E C H O S:

1.- Con fecha .diecinueve de enero de dos mil trece, mi ahora esposa, JANET HERNÁNDEZ RAMÍREZ y el suscrito, HÉCTOR VARGAS LIMÓN, contrajimos matrimonio ante el Juez del Registro Civil de las personas, de San Jerónimo Caleras perteneciente al municipio de Puebla, Puebla. Tal y como lo demostramos con la documental misma. Anexo uno.


2.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio, procreamos nuestra menor hija de nombre ALEJANDRA VARGAS HERNÁNDEZ, quien actualmente es menor de edad, lo cual acreditamos con la respectiva acta de nacimiento expedida por el ciudadano Juez del Registro Civil de las Personas de San Jerónimo Caleras,  perteneciente a la ciudad de Puebla, Puebla. Anexos dos y tres.


3.- Bajo protesta de decir verdad, manifestamos que el último domicilio conyugal lo establecimos en PRIVADA CINCO DE MAYO NUMERO TREINTA DE SAN JERÓNIMO CALERAS DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA.


4.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio no adquirimos bien inmueble alguno, pero si el menaje necesario para la vida en común y diaria; tales como una televisión plana, camas, un refrigerador, comedor, estufa y toda clase de demás utensilios inherentes a la vida hogareña.

5.- Por cuestiones personales hemos decidido dar por terminado nuestro matrimonio, promoviendo Divorcio Voluntario por mutuo consentimiento. Por lo cual, solicitamos a su Señoría, dicte Sentencia Definitiva, declarando la disolución del vínculo matrimonial y de la sociedad conyugal.

D E R E C H O:

I.- COMPETENCIA.- Es Usted, competente para conocer y fallar el presente juicio de conformidad en lo preceptuado en los artículos 106 y 108 fracción XIV del Código de Procedimientos civiles para el Estado.

II.- INTERÉS, CAPACIDAD Y PERSONALIDAD.- Nuestro interés, capacidad y personalidad los demostramos según lo establecen los diversos legales 101, 102 y 103 del Código Adjetivo Civil para el Estado.

III.- PROCEDIMIENTO.- El procedimiento se rige por lo señalado en los numerales 3, 6, 8, 817, 818, 819 y 820 del Código Procedimental Civil para el estado.

V.- FONDO.- Al fondo son aplicables los artículos 442, 443, 445, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453 y demás relativos aplicables del Código Civil.

P E T I C IO N E S:

PRIMERO.- Tenernos por presentado en tiempo y forma legal el presente, promoviendo Divorcio Voluntario en los términos propuestos.

SEGUNDO.- Tenerme por señalado domicilio para recibir notificaciones que por ley nos correspondan.

TERCERO.- Tener por nombrado como nuestro Abogado Patrono al profesionista indicado en el proemio del presente.

CUARTO.- Dar la intervención legal que corresponda al Ministerio Público adscrito a este Honorable Juzgado Familiar.

QUINTO.- Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia de ley y en su caso la ratificación de la presente.

SEXTO.- Previos tramites de ley, dictar sentencia definitiva con todas sus consecuencias legales, aprobando el convenio correspondiente.

PROTESTAMOS NUESTROS RESPETOS

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTISIETE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.




JANET HERNÁNDEZ RAMÍREZ




HÉCTOR VARGAS LIMÓN




                     VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO

  

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