JUZGADO
DE EJECUCIÓN DE SANCIONES
RAZÓN
DE CUENTA. Heroica Puebla de Zaragoza, veintitrés de enero de dos mil catorce;
el suscrito Secretario da cuenta a la ciudadana jueza con el escrito de VÍCTOR
HUGO MÍAZ SERRANO Y/O JOSÉ MANUEL JOAQUÍN ROSALES ARIAS, en su carácter de
Abogados particulares del ciudadano CARLOS GONZÁLEZ MONTES, a fin de dictar el
acuerdo correspondiente. CONSTE.
Heroica
Puebla de Zaragoza, veintitrés de enero de dos mil catorce.
Agréguese
a los presentes autos lo de cuenta para que surta sus efectos legales a que
haya lugar, y visto y razonado su contenido, con fundamento en lo establecido
por los Artículos 58, 59, 79, 80 párrafo segundo, y 86 del Código de
Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla, se
provee:
I.-
Se tiene por recibido el escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO Y/O JOSÉ MANUEL
JOAQUÍN ROSALES ARIAS, con el carácter de Defensores particulares del
sentenciado CARLOS GONZÁLEZ MONTES, a través del cual hacen la aclaración de
que por error involuntario se expidió la póliza de fianza a nombre distinto del
otorgante y que en el presente caso, lo es, CARLOS GONZÁLEZ MONTES, documental
que se ordena agregar a la presente carpeta para los efectos legales a que haya
lugar.
II.-
Tomando en consideración la comparecencia realizada por el sentenciado CARLOS
GONZÁLEZ MONTES, en consecuencia, se autoriza
que la cantidad de $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL),
que exhibió para garantizar su libertad personal, se aplique al pago de la
cantidad de $3, 390.00 (TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS CERO CENTAVOS MONEDA
NACIONAL), por concepto de conmutación de la pena, en tanto que el remanente de
$11,610.00 (ONCE MIL SEISCIENTOS DIEZ PESOS MONEDA NACIONAL), deberá ser
devuelto al sentenciado CARLOS GONZÁLEZ MONTES, por lo que se ordena girar
atento oficio con inserción del presente acuerdo al director General de
Administración del Honorable Tribunal superior de Justicia en el Estado,
Departamento de Recursos Propios, haciendo de su conocimiento que dicho
numerario fue depositado ante el Juzgado Octavo de lo Penal, por el
sentenciado CARLOS GONZÁLEZ MONTES, lo
que se hace de su conocimiento a fin de que se sirva ordenar a quien
corresponda la aplicación de los referidos numerarios, debido adjuntar copia
certificada de la comparecencia realizada por el sentenciado, ante el Juez
Octavo de lo Penal.
III.-
Atento a lo decretado en el punto inmediato anterior y toda vez que el
sentenciado CARLOS GONZÁLEZ MONTES, se ordena girar atento oficio al Juez
Octavo de lo Penal, haciéndole saber que el encausado en mención ha dado
cumplimiento a la sentencia pronunciada en su contra dentro de la causa penal
366/13, lo anterior, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
IV.-
Finalmente, atendiendo al estado procesal que guarda la presente carpeta de
ejecución, se ordena su archivo, previas las anotaciones de ley en el libro de
gobierno.
NOTIFÍQUESE
Y CÚMPLASE
Así
lo proveyó y firma la maestra en Derecho, ROSA HERRERA LUNA, Jueza de Ejecución
de Sanciones Penales, de esta ciudad capital, ante el abogado, JUAN ESTRADA
SOLÍS con quien actúa y autoriza. Doy Fe.
CARPETA
DE EJECUCIÓN 141/2014/JES/E
ROSA
HERRERA LUNA
JUEZA
JUAN
ESTRADA SOLÍS
SECRETARIO