INCIDENTE 0000/2024
CIUDADANA JUEZA DE LO
CIVIL Y DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.
ANICETO
y ELFEGO, ambos de apellidos AAAA GGGG, promoviendo por nuestro propio
derecho, personalidad que tenemos debidamente acreditada en autos del juicio
principal 0000/2024 de los índices de este Honorable Juzgado, señalando como
domicilio particular el sito en CALLE FRANCISCO I. MADERO NÚMERO TRESCIENTOS XXXX, SECCIÓN PRIMERA DE LOS REYES DE JUAREZ, PUEBLA, señalando como correo
electrónico gleyghor@hotmail.com, para recibir todo tipo de
notificaciones que por ley nos correspondan; nombrando como nuestro abogado
patrono al Licenciado VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO quien tiene su título
debidamente registrado bajo la partida 280, a foja 70 vuelta, del libro XIV,
ambos ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, y quienes
señalan como domicilio el sito en PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS
DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, PUEBLA, ante Usted, con el respeto
debido comparecemos y exponemos:
Que, por medio del presente escrito y anexos, con base en VISTOS de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, venimos a interponer INCIDENTE DE POSESIÓN DE ESTADO DE HIJOS, respecto a nuestra señora madre, quien en vida uso los siguientes nombres LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, en los siguientes términos:
P
R E S T A C I O N E S:
A). La declaración de ser los suscritos hijos de nuestra señora madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, dentro del presente juicio principal mediante la posesión de Estado de Hijos.
H
E C H O S:
1.
– Con fecha veintisiete de abril de mil novecientos cincuenta y tres el
suscrito, ANICETO AAAA GGGG, nací y fui registrado, con fecha veintiocho
de mayo de mil novecientos cincuenta y tres, ante el Registro Civil de Los
Reyes de Juárez, Puebla, y esto solo fue hecho por mi señor padre MARCOS AAAA RRRR, pero además de su primer
apellido (AAAA) me registró con el primer apellido de mi madre (GGGG), tal
y como consta en el acta de nacimiento número XXX, del libro uno por haber sido
mi señora madre
2.
– Con fecha treinta de septiembre de mil novecientos sesenta y tres, el
suscrito, ELFEGO AAAA GGGG, nací y fui registrado, con fecha nueve de
octubre de mil novecientos sesenta y tres ante el Registro Civil de Los Reyes
de Juárez, Puebla, y esto solo fue hecho por mi señor padre JOSÉ MARCOS
BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR, pero además de su primer
apellido (AAAA) me registró con el primer apellido de mi madre (GGGG), tal
y como consta en mi acta de nacimiento número XXX del libro uno por haber
sido mi madre
3. – Nuestra madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, vivía en concubinato con nuestro señor padre JOSÉ MARCOS BONFILIO AAAA RRRR y/o MARCOS AAAA RRRR, y vivieron públicamente como esposos, estableciendo su domicilio en FRANCISCO I. MADERO NÚMERO XXXX DE LA PRIMERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUAREZ, PUEBLA, y desde nuestros nacimientos nuestra madre siempre nos trató como lo que, somos sus hijos pues siempre nos trató como tales hasta su muerte el veinte de diciembre de dos mil seis y seguimos ostentándonos como sus hijos pues seguimos usando el primer apellido de nuestra señora madre; tal y como se prueba mediante las documentales y, pruebas que se ofrecen y se desahoguen.
4. Finalmente manifestamos bajo protesta de decir verdad que, en Los Reyes de Juárez, Puebla y otros poblados saben que somos hijos de nuestra señora madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, porque la misma siempre nos cuidó, nos dio alimentos, nos envió a la escuela, nos cuidó cuando enfermamos entre otras atenciones y los suscritos la tratamos en correspondencia como nuestra madre. Por lo cual ofrecemos las siguientes pruebas para acreditar que, nuestros nombres se ajustan a la realidad social y jurídica y son ANICETO AAAA GGGG y ELFEGO AAAA GGGG de manera correspondiente.
D
E R E C H O:
I.-
DE LA COMPETENCIA. – Este Honorable Juzgado Mixto del distrito Judicial de
Tepeaca, Puebla es competente de acuerdo con lo establecido en los numerales 100,
108 fracción XV del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla; 10
y 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.
II.
– DEL INTERÉS JURÍDICO. – Este presupuesto lo probamos mediante la necesidad de
que, esta autoridad declare que, somos hijos de nuestra madre en términos del artículo
101 de la Ley Procesal para la entidad federativa de Puebla.
III.
– DE LA CAPACIDAD. – La capacidad la demostramos por estar en aptitud jurídica
de comparecer a juicio con base en el artículo 102 del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado de Puebla.
IV.
- DE LA PERSONALIDAD. – Nuestra personalidad la acreditamos mediante las
documentales exhibidas en virtud de comparecer por nuestro propio derecho en
concordancia con el dispositivo legal 103 de la Ley Procesal correspondiente.
V.
– DE LA LEGITIMACIÓN ACTIVA. – Probamos este presupuesto por estar en aptitud de
ejercer la acción hecha valer dentro el presente procedimiento de acuerdo con
el artículo número 104 de la Ley Procedimental para el presente acaso.
VI.
– DE LA DEMANDA FORMAL Y SUSTANCIALMENTE VÁLIDA. – Se prueba en virtud de estar
apegada a las leyes aplicables y estas la eficaz relación entre las partes y
este Honorable Juzgado.
P
R U E B A S:
1. – LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en todo lo actuado dentro del expediente número 0000/2024 de los libros índices de este Honorable Juzgado Mixto de Tepeaca, Puebla, en especial de nuestras actas de nacimiento a nombre de ANICETO AAAA GGGG y ELFEGO AAAA GGGG y el acta de matrimonio del suscrito ELFEGO AAAA GGGG y las copias certificadas de nuestras identificaciones oficiales. Pruebas que tienen el fin de probar que, usamos el primer apellido de nuestra madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, y tenemos derechos a usarlo como hasta ahora en nuestros documentos públicos y privados. Pruebas que, se relacionan con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.
2.
– LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento
del suscrito ANICETO AAAA GGGG, en donde se aprecia que, soy hijo de
MARCOS AAAA RRRR y LIDIA GARCÍA MERINO, pues, aunque mi madre no ocurrió a
reconocerme ante el Juez del Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla,
vivió en concubinato con mi padre y pretendo acreditar mediante dicha probanza
que, tengo derecho a usar su primer apellido (GGGG) por haber sido mi madre.
Prueba que, relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.
3.
- LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento
del suscrito ELFEGO AAAA GGGG, en donde se aprecia que, soy hijo de MARCOS
AAAA RRRR y LIDIA GGGG MMMM, pues, aunque mi madre no ocurrió a
reconocerme ante el Juez del Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla,
vivió en concubinato con mi padre, y pretendo acreditar que, tengo derecho a
usar su primer apellido (GGGG) por haber sido mi madre. Prueba que, relaciono
con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.
4. –
LA DOCUMENTAL PÚBLICA. - Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento del
hijo del suscrito, ANICETO AGUILAR GARCÍA, de nombre ISMAEL AGUILAR ROSARIO, donde
se desprende que, los mismos son abuelos de mi hijo y, por lo tanto, son mis
padres pues vivieron en concubinato y, por lo tanto, a pesar de no haber
ocurrido mi madre a reconocerme ante el Juez del Registro Civil de Los Reyes de
Juárez, Puebla, vivió en concubinato con mi padre, prueba que, pretende acreditar
que, tengo derecho a usar su primer apellido (GARCÍA) por haber sido mi madre.
Prueba que, relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del
presente.
5.
– LA DOCUMENTAL PÚBLICA. – Consistente en la copia fiel del acta de nacimiento
del hijo del suscrito ANICETO AAAA GGGG, de nombre JORGE AAAA RRRR,
donde se deprende que MARCOS AAAA RRRR y LIDIA GGGG MMMM son abuelos
de mi hijo y por lo tanto, son mis padres pues vivieron en concubinato y, por
lo tanto, a pesar de no haber ocurrido mi madre a reconocerme ante el Juez del
Registro Civil de Los Reyes de Juárez, Puebla, prueba que, vivió en concubinato
con mi padre y pretendo acreditar mediante dicha documental que, tengo derecho
a usar su primer apellido (GGGG) por haber sido mi madre. Prueba que,
relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.
6. - LA TESTIMONIAL. – Consistente en las declaraciones que, hagan los testigos; la primera de nombre ROSALINA RRRR RRRR, con domicilio en CALLE CINCO DE MAYO NÚMERO XXXX Y YYYY DE LA COLONIA EL SALVADOR DE LA CIUDAD DE PUEBLA; la segunda de nombre CATALINA RRRR ZZZZ, con domicilio en CALLE PROGRESO NÚMERO DOSCIENTOS XXXX, DE LA PRIMERA SECCIÓN DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, a quienes nos comprometemos presentar el día y hora que, su Señoría determine y declararan de viva voz sobre los hechos que saben y les constan con relación a los hechos del presente incidente de Posesión de Estado de Hijos. Prueba que, tiene la finalidad de probar que, la señora LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, uso estos nombres, pero los mismos corresponden a la misma persona y, que, la misma fue nuestra madre por haber vivido en concubinato con nuestro padre y, por lo tanto, pretendemos probar que, tenemos el derecho a usar su primer apellido en nuestros nombres completos y correctos y que siempre hemos usado en nuestros documentos públicos y privados. Prueba que, se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente.
7.
– LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. – La presunción legal consistente en la
emanada del artículo 547 fracción V del Código Civil para el Estado de Puebla,
por haber nacidos los accionantes durante el concubinato de nuestros padres ya
aludidos y los mismos han fallecido.
La presunción humana basada en un hecho conocido, consistente en que, nuestra señora madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, vivió en concubinato durante toda su vida con nuestro padre, MARCOS AAAA RRRR, y, en consecuencia, se encuentra la verdad buscada que, los suscritos somos hijos de nuestra madre. Pruebas con las cuales pretendemos probar que, somos hijos de nuestra extinta madre LIDIA GGGG MMMM y/o ELIDIA GGGG MMMM y/o LIDIA GGGG DE AAAA, y por lo tanto tenemos el derecho a usar su primer apellido para constituir los nombres de los suscritos como parte de nuestros nombres de acuerdo con el artículo 64 del Código Civil para el Estado de Puebla. El nombre “El nombre propio será puesto libremente por quien declare el nacimiento de una persona, y los apellidos, serán el del padre y el de la madre…”
P
E T I C I O N E S:
PRIMERO.
– Tenernos por presentado en tiempo y forma legal el presente INCIDENTE DE
POSESIÓN DE ESTADO DE HIJOS.
SEGUNDO.
– Se nos tenga nombrando a nuestros abogado patrono y correo electrónico para
recibir todo tipo de notificaciones que, por ley nos correspondan.
TERCERO.
– Se nos tenga ofreciendo pruebas, previa calificaciones de legales solicitamos
se señale día y hora para aquellas que, así lo requieran.
CUARTO.
– Previos tramites de ley, se dicte la sentencia definitiva correspondiente en
términos de Ley, declarando que los suscritos somos hijos de
PROTESTAMOS
A USTED NUESTRO RESPETO
TEPEACA,
PUEBLA, NUEVE DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS
ANICETO
AAAA GGGG
ELFEGO
AAAA GGGG
VÍCTOR
HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO
PATRONO