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RAZÓN
DE CUENTA. - En Ciudad Judicial Tepeaca, Puebla, a veinte de septiembre de dos
mil veinticuatro, el suscrito Secretario da cuenta al Juez, con un escrito de ANICETO AAAA GGGG, acompañado de un acta con copia,
recibido el diecinueve de septiembre de dos mil veinticuatro y turnado el
veinte de septiembre del mismo año, para que se sirva dictar lo que en derecho
corresponda. CONSTE.
ABOG.
JUAN ARTURO TOXQUI ZALETA.
SECRETARIO
DE ACUERDOS.
EXPEDIENTE
NÚMERO: 0000/2024.
J.
SUCESIÓN INTESTAMENTARIA
En
Ciudad Judicial Tepeaca, Puebla, a veinte de septiembre de dos mil veinticuatro.
Agréguese
a sus autos el escrito de ANICETO AAAA GGGG, con su anexo para que surtan sus
efectos legales correspondientes y visto su contenido con fundamento en los artículos
80, 88, 771 y 775 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla,
se acuerda:
ÚNICO.
- Téngase al promovente apersonándose al presente juicio Sucesorio
intestamentario en carácter de hijo de los autores de la sucesión, personalidad
que según refiere acredita al tenor de la copia certificada que exhibe según su
dicho para justificar su entroncamiento, misma que se ordena agregar a los
autos en copia simple para ser tomada en cuenta como proceda en el momento
procesal oportuno.
Por
otro lado, se le tiene señalando correo electrónico gleyghor@hotmail.com, a
efecto de recibir notificaciones del presente juicio. En ese mismo sentido, se
les tiene nombrando como Abogado patrono al Licenciado VICTOR HUGO MIAZ
SERRANO, dicho profesionista cuenta con datos de Registro de su título
profesional ante el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, datos
de registros que han sido corroborados en el Sistema de Consulta de Registro de
Títulos del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y atento que el
profesionista mencionado signa el escrito con que se da cuenta, en señal de
aceptación y protesta se le discierne el cargo con toda la suma de derecho y
obligaciones inherentes a las de su especie.
NOTIFÍQUESE
EN TÉRMINOS DE LEY.
Así
lo acuerda y firma el Abogado HELMO MAYORAL BELLO, Juez de lo Civil y de lo
Penal del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el Abogado ALEJANDRO ACA
ACA, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.