viernes, 31 de mayo de 2024

ACUERDO QUE TIENE POR APERSONADOS A HEREDEROS

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RAZÓN DE CUENTA. - En veintiocho de mayo del año dos mil veinticuatro doy cuenta con una promoción electrónica de MARÍA ELENA XXX YYY y un escrito de HERIBERTO y MIGUEL PEDRO ambos de apellidos XXX ZZZ, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

EXPEDIENTE NUMERO: 0000/2023.

 

Ciudad Judicial Puebla a veintiocho de mayo del año dos mil veinticuatro.

 

Agréguese a sus autos lo de cuenta para que surta sus efectos legales procedentes y visto su contenido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 81 y 677 del Código de Procedimientos Civiles del Estado téngase a MARIA ELENA XXX YYY haciendo las manifestaciones que de su escrito se desprenden y atenta a las mismas, dígasele que se dejan a salvo los derechos de sus patrocinados para que los haga valer en la vía incidental correspondiente:

 

Respecto al escrito de HERIBERTO y MIGUEL PEDRO ambos de apellidos XXX ZZZ, téngaseles apersonándose al presente juicio, acreditan su entroncamiento con el de cujus mediante sus actas de nacimiento con lo que se da vista a los interesados para que, en el término de tres días manifiesten lo que a su derecho convenga.

 

Asimismo señalan domicilio y nombran como abogado patrono a VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, con título registrado en el Tribunal Superior de Justicia del Estado y a quien se discierne dicho cargo, proporcionando el correo electrónico gleyghor@hotmail.com para efecto de presentar escritos y recibir notificaciones electrónicamente, por lo cual se le da vista para que en el término de TRES DÍAS siguientes a la notificación del presente proveído, manifieste lo que a su derecho e interés corresponda respecto a la recepción electrónica de su contraseña; con el apercibimiento de que no hacerlo se entenderá que la recibió de manera satisfactoria y por lo tanto, las notificaciones que reciban por este medio comenzarán a surtir efectos desde el momento en que se practiquen.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Así lo acordó y firma la abogada MARÍA ROSALBA PANTOJA VÁZQUEZ, Jueza Primero de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, ante la abogada ANA LAURA AGUILAR SUAREZ, Secretaria que autoriza y da fe.


jueves, 30 de mayo de 2024

ESCRITO APERSONANDOSE A JUICIO INTESTAMENTARIO

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EXP. 0000/23

 

CIUDADANO JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

 

 

 

HERIBERTO y/o MIGUEL PEDRO,  ambos de apellido XXXX YYYY promoviendo por nuestro propio derecho, con la personalidad con que, nos ostentamos como hijos del  De Cujus, PEDRO XXXX ZZZZ, señalando como domicilio particular el sito en TREINTA DOS NORTE BIS NUMERO SEISCIENTOS TREINTA DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones que, por ley me correspondan el sito en CALLE CUATRO NUMERO CINCO INTERIOR OCHO DE LA COLONIA ÁLAMOS VISTA HERMOSA DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, nombrando como mi abogado Patrono al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuenta con el registro de su título bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV, ante el Tribunal superior de Justicia del Estado de Puebla, quien señala como domicilio particular el mismo que, esta señalado para recibir notificaciones; de la misma manera proporciono correo electrónico para recibir por este medio todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan: gleyghor@hotmail.com, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente ocurso, vengo a manifestar bajo protesta de decir verdad que, los suscritos somos hijos del extinto PEDRO XXXX ZZZZ, en consecuencia, somos presuntos herederos dentro del juicio intestamentario en que se actúa. Demostramos el entroncamiento el primero, mediante el acta de nacimiento número 00295, del libro 9, del Juzgado Segundo del Registro Civil de las Personas de Puebla, Puebla de fecha dos de octubre de mil novecientos sesenta y siete; el segundo, con el acta número 9, libro 2, expedida por el Director General del Registro Civil de las Personas en el Estado de Puebla. Por lo tanto, solicitamos se nos reconozca la personalidad y el carácter de herederos a bienes del De Cujus. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 763, 769, 770 fracción III y 771 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

 

PRIMERO. – Tenernos por presentado en tiempo y forma el presente escrito deduciendo nuestros derechos hereditarios como hijos del De Cujus.

 

SEGUNDO. – Tenernos por nombrado a nuestro abogado patrono, señalando domicilio y correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones que por ley nos correspondan.

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

HERIBERTO XXXX YYYY

 

 

MIGUEL PEDRO XXXX YYYY

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO



lunes, 27 de mayo de 2024

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

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CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

 

 

 

 

 

FRANCISCO JAVIER SOTO MÉNDEZ, promoviendo con el carácter de endosatario en procuración, tal y como lo pruebo con el endoso correspondiente, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en PLAZA VIRGO EDIFICIO VEINTE DEPARTAMENTO DOSCIENTOS UNO DE LA UNIDAD HABITACIONAL FOVISSSTE SAN ROQUE DE LA CIUDAD PUEBLA, PUEBLA, con correo electrónico gleyghor@hotmail.com para los mismos efectos, de la manera más atenta comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente ocurso, en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa vengo a promover JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, en contra de ÁLVARO SÁNCHEZ RAMOS, en su carácter de deudor, persona a quien señalo como domicilio para ser emplazado en el domicilio sito en DOS ORIENTE NÚMERO MIL QUINCE LETRA “A” DE ACATZINGO, PUEBLA, PUEBLA, persona de quien reclamo las siguientes:

 

P R E S T A C I O N E S:

 

A). - El pago de la cantidad de $200, 000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), por concepto de suerte principal.

 

B). - El pago de los intereses moratorios causados a partir de que cayó en mora mi demandado y los que se sigan causando hasta la total solución del presente juicio, a razón del 5%, mensual sobre la suerte principal tal y como quedo pactado en el título fundatorio de la presente acción.

 

C). - El pago de gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.

 

Fundo la presente demanda en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de orden legal:

 

H E C H O S:

 

1. - Con fecha cuatro de diciembre de dos mil veintidós, mi ahora demandado, ÁLVARO SÁNCHEZ RAMOS suscribió un pagaré a favor de mi endosante en procuración por la cantidad de $200, 000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), comprometiéndose a pagarlo con fecha cuatro de enero de dos mil veintitrés, tal y como se desprende del título fundatorio de la presente acción, mismo que se anexa. 

 

2. - Con fecha de cuatro de diciembre de dos mil veintidós, mi hoy demandado el señor ÁLVARO SÁNCHEZ RAMOS se obligó a pagar en caso de mora el 5% de intereses moratorios sobre la suerte principal que es de $200, 000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), tal y como se desprende de la literalidad del pagaré que se anexa.

 

3. – Con fecha cinco de mayo de dos mil veinticuatro, me fue endosado el pagare base de la presente acción por el endosante en los términos que del mismo se desprenden. Ahora bien, no obstante, de tener la obligación de realizar el pago con fecha cuatro de enero de dos mil veintitrés, mi demandado ÁLVARO SÁNCHEZ RAMOS se negó a cumplir con su obligación de pago en la fecha ya señalada.

 

4. - Mi demandado, no obstante, las diversas gestiones extrajudiciales que se han realizado de nuestra parte para lograr el pago ha hecho caso omiso, razón por la cual lo demando en la vía y forma propuesta.

 

En concordancia con lo establecido por el artículo 1401 del Código de Comercio vigente, ofrecemos de nuestra parte las siguientes pruebas:

 

1.- LA DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en el título de crédito base de la presente acción por la cantidad de $200, 000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), mismo que acompaño al presente libelo y que se relaciona con todos y cada uno de los puntos manifestados en el capítulo de hechos de la presente demanda y con lo cual demuestro que no se ha pagado la cantidad exigida más sus accesorios.

 

2.- LA DOCUMENTAL PUBLICA DE ACTUACIONES. - Consistente en todas y cada una de las actuaciones judiciales que se realicen dentro del presente juicio y que favorezcan a la parte actora. Probanza que se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente demanda y con lo cual probaré que no se han pagado las prestaciones reclamadas.

 

3.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. - Consistente en el enlace lógico jurídico que haga su Señoría partiendo de una presunción legal para llegar a la verdad que se busca y que precisamente es con base en la presunción derivada del artículo 129 de la Ley de títulos y Operaciones de crédito que señala:

 

Artículo 129.- El pago de la letra debe hacerse precisamente contra su entrega.

Es evidente que al estar el título valor en poder del suscrito precisamente por la falta de pago y haber sido presentado por la vía judicial para su cobro se presume que no ha sido pagado.

 

La presuncional humana, la hago consistir en el enlace lógico jurídico, al tenor de la concatenación de los hechos narrados y que son conocidos, en mi escrito inicial de demanda y los medios de convicción aportados durante el procedimiento para llegar a la verdad que se busca; es decir, partir de hechos conocidos para llegar a conocer aquellos desconocidos y que son directamente derivados de los primeros. Pruebas que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente demanda y con lo cual demostraré que no se han pagado las prestaciones reclamadas.

 

D E R E C H O:

 

I.- Es usted competente para conocer del presente juicio en términos de lo establecido por el artículo 104 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1091, 1092, 1094 del Código de Comercio; 106, 107, 108 fracción III del Código de Procedimientos Civiles para el Estado y 39 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

 

II.- La capacidad para promover la demuestro conforme a lo establecido por los artículos, 1056, 1061 y demás aplicables del Código de Comercio y 35 de la Ley General de Títulos y operaciones de Crédito

 

III.- En cuanto al procedimiento se encuentra regido por los artículos 1391,1392, 1393, 1394, 1395, 1396, 1397, 1398, 1399, 1400, 1401, 1402, 1403, 1404, 1405, 1406, 1407, 1408, 1409, 1410, 1411, 1412, 1413, 1414 y demás aplicables del Código de Comercio.

 

IV.-. En cuanto al fondo del asunto lo regulan los artículos 5, 29, 35, 170, 174 y demás aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted, atentamente solicito:

 

P E T I C I O N E S:

 

PRIMERO. - Tenerme por medio del presente ocurso y con la personalidad que debidamente acredito, documento original y copias que acompaño, promoviendo JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL en contra de ÁLVARO SÁNCHEZ RAMOS, reclamando el pago de la cantidad $200, 000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), más sus accesorios.

 

SEGUNDO. – Toda vez que el demandado tiene su domicilio fuera de la jurisdicción de este honorable juzgado en materia mercantil, se gire atento exhorto al ciudadano Juez Mixto del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, para que, en colaboración con este juzgado realice el emplazamiento del demandado.

 

TERCERO.- Dictar auto de ejecución requiriendo a mi demandada el pago inmediato de las prestaciones reclamadas y de no hacer el pago en el momento de la diligencia, se le requiera a la demandada, a su representante o la persona con quien se entienda la diligencia para que señale bienes suficientes que garanticen las prestaciones reclamadas, apercibiéndola de que en caso de no hacerlo, el derecho para señalar bienes pasará al actor, ordenando se depositen los bienes en la persona que se designe para tal efecto o se embarguen bienes de su propiedad

 

CUARTO. - En el momento procesal oportuno se dicte la correspondiente sentencia condenándolo al pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas y, en su caso trance y remate de los bienes embargados y con el producto nos sea pagado.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTITRÉS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

 


 

FRANCISCO JAVIER SOTO MÉNDEZ


 

jueves, 23 de mayo de 2024

NOMBRAMIENTO DE ABOGADO DEFENSOR

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C.D.I. FED/PBL/0000/2023

 

CIUDADANO AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, TITULAR DE LA CÉDULA SEIS DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN Y LITIGACIÓN I DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y LITIGACIÓN “A” CON SEDE EN PUEBLA.


P R E S E N T E .

 

 

XXXX YYYYY ZZZZ, promoviendo por mi propio derecho y en mi carácter de imputado dentro de la carpeta de investigación en que se actúa y señalada al margen superior derecho, ante Usted, con el debido respeto, comparezco para manifestar:

 

Que, a través del presente ocurso y con fundamento en los artículos 1, 8, 17 y 20 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 71, 116 y 118 del Código Nacional de Procedimientos penales, vengo a nombrar como mi Abogado Defensor a  VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuenta con cédula 5381143 expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, misma que se acompaña a este escrito en copia fotostática para los legales correspondientes, solicitando se le señale plazo prudente para la aceptación del cargo conferido. De la misma manera, solicito se me expidan copias autenticadas de todo lo actuado dentro de la presente Carpeta de Investigación señalada al rubro.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, Ciudadano Juez, atentamente pido se sirva:

 

PRIMERO. - Solicito se sirva señalar en breve término para que comparezca ante Usted a aceptar y protestar el cargo conferido a mi defensore particular y tener por señalados los medios de comunicación electrónica precisados.

 

 SEGUNDO. – Expedirme las copias autenticadas solicitadas.


PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO.


HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTITRÉS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

XXXX YYYYY ZZZZ


sábado, 18 de mayo de 2024

ESCRITO APERSONANDOSE A JUICIO INTESTAMENTARIO

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EXP. 0000/23

 

CIUDADANO JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

 

 



 

HERIBERTO GÓMEZ RAMOS, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad con que, me ostento como hijo del De Cujus, PEDRO GÓMEZ PÉREZ, señalando como domicilio particular el sito en TREINTA DOS NORTE BIS NUMERO SEISCIENTOS DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones que, por ley me correspondan el sito en CALLE CUATRO NUMERO CINCO INTERIOR OCHO DE LA COLONIA ÁLAMOS VISTA HERMOSA DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, nombrando como mi abogado Patrono al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuenta con el registro de su título bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV, ante el Tribunal superior de Justicia del Estado de Puebla, quien señala como domicilio particular el mismo que, esta señalado para recibir notificaciones; de la misma manera proporciono correo electrónico para recibir por este medio todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan: gleyghor@hotmail.com, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente ocurso, vengo a manifestar bajo protesta de decir verdad que, soy hijo del extinto PEDRO PÉREZ RAMOS, en consecuencia, soy presunto heredero dentro del juicio intestamentario en que se actúa. Demuestro el entroncamiento mediante el acta de nacimiento número 00295, del libro 9, del juzgado segundo del registro civil de las personas de Puebla, Puebla, de fecha dos de octubre de mil novecientos sesenta y siete, a nombre del suscrito. Por lo tanto, solicito se me reconozca mi personalidad y el carácter de heredero a bienes del De Cujus. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 763, 769, 770 fracción III y 771 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 

PRIMERO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma el presente escrito deduciendo mis derechos hereditarios como hijo del De Cujus.

 

SEGUNDO. – Tenerme por nombrado a mi abogado patrono, señalando domicilio y correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 

HERIBERTO GÓMEZ RAMOS 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO


jueves, 9 de mayo de 2024

NOMBRAMIENTO DE ABOGADO PATRONO

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EXP. 0000/2020

 

CIUDADANO JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, PUEBLA.

 

 

 

 


 




 

JOSÉ CUAUTLE RAMOS, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que por medio del presente ocurso, vengo señalar como domicilio particular del abogado patrono la ubicada en CALLE UNO NÚMERO CINCO INTERIOR OCHO DE LA COLONIA ÁLAMOS VISTA HERMOSA DE LA CUIDAD DE PUEBLA, proporcionando el correo electrónico gelyghor@hotmail.com para los mismos efectos; revocando el anterior nombramiento de mi Abogado Patrono y nombrando como nuevo Abogado Patrono al Licenciado VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, tiene domicilio particular el mismo que se señala para recibir notificaciones y cuenta con título debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado bajo la partida 280 foja70 del libro XIV, solicitando el termino legal para la protesta y aceptación del cargo conferido. Esto tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 19, 20, 22, 25 y 26 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

 


Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

 


ÚNICO: Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente ocurso, solicitando lo que del mismo se desprende por estar apegado a Derecho.

 

      PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO

 

CHOLULA PUEBLA, DIEZ DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO

 

 



 

 

                                                    JOSÉ CUAUTLE RAMOS

 

 

 

 


 

                                           VICTOR HUGO MIAZ SERRANO

 

                                                     ABOGADO PATRONO



miércoles, 8 de mayo de 2024

ACUERDO QUE TIENE POR DILIGENCIADO EXHORTO

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RAZÓN DE CUENTA: En siete de mayo del dos mil veinticuatro, doy cuenta a la Ciudadana Jueza, con el oficio número 2242, recibido el veintiséis de abril del dos mil veinticuatro, al que acompaña el exhorto 1045/2024, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

ABOGADO. ARTURO MONROY CASTRO

 

SECRETARIO DE ACUERDO

 

Tecali de Herrera, Puebla, siete de mayo de dos mil veinticuatro.

 

Visto el contenido de lo de cuenta, la suscrita Juez provee:

 

ÚNICO: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 40, 67 y 88 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se tiene al Juez de Exhortos de la Zona Metropolitana de Puebla, remitiendo el exhorto número 1045/2024, radicado en ese juzgado debidamente diligenciado en los términos solicitados, el que se ordena agregar a los autos para que surta sus efectos legales a que haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY. Así, lo acordó y firma, la Ciudadana Licenciada ANTONIA INÉS MORALES PALACIOS, Jueza de lo Familiar del Distrito Judicial de Tecali de Herrera, Puebla, ante el Licenciado ARTURO MONROY CASTRO, Secretario que autoriza y firma. DOY FE.

 

 

LIC. ANTONIA INÉS MORALES PALACIOS.

 

 

LIC. ARTURO MONROY CASTRO.

 

El suscrito secretario, informa que el texto que precede, corresponde En ___________________ el suscrito, abogado Arturo Monroy Castro, Secretario de acuerdo del Juzgado Mixto de Tecali de Herrera, Puebla; hago constar que con esta fecha y a través del sistema SECGJ, como se puede corroborar del mismo se notificó mediante correo electrónico notificaciones@htsjpuebla.gob.mx, a__________________________________________________________ ___________________________________________________________ ____________________________________________________al correo electrónico___________________________________________________ ___________________________________________________________ _____________________________________________lo correspondiente al acuerdo de ___________________________ dentro de este. Lo que hace constar para los efectos legales correspondientes. Doy fe.



 



 

 

lunes, 6 de mayo de 2024

ACUERDO QUE DA VISTA A LAS PARTES CON LA LLEGADA DE EXHORTO

 

RAZÓN DE CUENTA: En veintinueve de abril de dos mil veinticuatro, doy cuenta a la ciudadana Jueza con el oficio número 1184 de seis de febrero y recibido el veinticuatro de abril del año en curso, procedente del Juzgado de Exhortos de la Zona Metropolitana de la Ciudad de Puebla, para su acuerdo correspondiente. CONSTE.

 

Tecali de Herrera, Puebla, a veintinueve de abril de dos mil veinticuatro.

 

Agréguese a los autos el oficio de cuenta, para que surta sus efectos legales procedentes, visto su contenido, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 88 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se provee:

 

Téngase al Juez de Exhortos de la Zona Metropolitana de la Ciudad de Puebla, devolviendo el oficio número 1184 de seis de febrero del año en curso, sin diligenciar, por los motivos expuestos en dicho exhorto, con la llegada del mismo, dese vista a las partes, para que manifiesten lo que a su derecho e interés corresponda.

 

NOTIFÍQUESE.

 

Así, lo acordó y firma, la ciudadana Licenciada ANTONIA INÉS MORALES PALACIOS, Jueza de lo Civil del Distrito Judicial de Tecali de Herrera, Puebla, ante el Licenciado ARTURO MONROY CASTRO, Secretario de Acuerdos, que autoriza y da fe.

 

 

LIC. ANTONIA INÉS MORALES PALACIOS.


 

LIC. ARTURO MONROY CASTRO.


sábado, 4 de mayo de 2024

ESCRITO REVOCANDO Y NOMBRANDO PROFESIONISTAS

 

AMPARO 0000/2024

 

CIUDADANO JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO CON SEDE EN SAN ANDRÉS, PUEBLA.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MARCO ANTONIO PONCE XXXX ZZZZ, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente ocurso, vengo a revocar cualquier nombramiento hecho con anterioridad, autorizando de manera amplia al Licenciado VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, quien cuenta con Registro Único ante los Tribunales de Circuito y de Distrito número 96068; asimismo autorizo a JOSÉ FRANCISCO SOTO MÉNDEZ para recibir toda clase notificaciones, así como para recibir toda clase de documentos. De la misma manera, vengo a solicitar se me extiendan copias certificadas de todo lo actuado dentro del presente amparo citado al rubro, previa toma de razón. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo Vigente según lo preceptúa el artículo 2º del mismo ordenamiento.

 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito.

 

 

ÚNICO. - Tenerme por presentado en tiempo y forma legales el presente ocurso, revocando y autorizando a nuevo profesionista y solicitando copias certificadas de todo lo actuado.

 

                         PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, SIETE DE MAYO DE DOS ML VEINTICUATRO.

 

 

 

                                                 

 

 

 

MARCO ANTONIO PONCE DE LEÓN LIMÓN