miércoles, 19 de junio de 2019

MODELO DE DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL



NÚM. DE EXPEDIENTE: 416/2019 

FECHA DEL AUTO: 14/06/2019 

FECHA DE PUBLICACIÓN: 17/06/2019 


SÍNTESIS: 


Agréguese a los autos el escrito con registro 14467 de cuenta suscrito por el autorizado de la quejosa, atento a su contenido, se provee:

 SOLICITUD DE COPIAS DE LA PARTE QUEJOSA. Expídase a costa de la promovente las copias certificadas que solicita de los documentos exhibidos en copia certificada por la tercera interesada (fojas 158 a 165) y del escrito de ofrecimiento de pruebas que indica, de conformidad con los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Entréguensele, previa razón que por su recibo se deje en autos para constancia.

Agréguese a los autos el escrito con registro 14521 de cuenta signado por el autorizado de la tercera interesada, al efecto se provee:

TERCERO INTERESADA OFRECE PRUEBAS Con fundamento en el artículo 119 de la Ley de Amparo, se tiene anunciada como prueba de su parte la constancia de posesión de cuatro de junio de dos mil diecinueve, la que será tomada en consideración en el momento procesal oportuno.

Agréguese a los autos el escrito con registro 14488 de cuenta signado por el autorizado de la quejosa, al efecto se provee:

OBJECIÓN DE DOCUMENTOS Se tiene al autorizado de la quejosa, objetando de falso el contrato de compra venta de cinco de enero de dos mil uno, presentado por la tercera interesada, en consecuencia, se provee: Acuérdese lo conducente en el momento de la celebración de la audiencia constitucional en el presente juicio de garantías, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 de la Ley de Amparo.

Visto el estado de autos, de los que se advierte que no obra en autos la constancia de envió de los oficios a las autoridades responsables del proveído de veintiocho de mayo de dos mil diecinueve, en el que se tuvo por ofrecida la prueba testimonial ofrecida por la quejosa y se ordenó correr traslado con el interrogatorio al tenor del cual se desahogaría dicha prueba; en consecuencia, a fin de evitar mayores dilaciones en el procedimiento, se provee:

Reenvíense los oficios de mérito para tener por integrado el presente expediente. DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. Difiérase la audiencia señalada para el día de hoy, en atención a lo manifestado en el párrafo que antecede. Se fijan, de nueva cuenta, para su celebración LAS DIEZ HORAS CUARENTA MINUTOS DEL ONCE DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE.

MODELO DE ESCRITO, SOLICITANDO COPIAS CERTIFICADAS



EXP. 732/2008

CIUDADANO JUEZ PRIMERO ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DE LOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.








VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Patrono de la parte demandada, LAURENTINO MARTÍNEZ SERRANO, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:


 Que, por medio del presente, vengo a solicitar se me expidan copias certificadas, por duplicado, a costa del demandado LAURENTINO MARTÍNEZ SERRANO, de la sentencia definitiva emitida por el titular de este Honorable Juzgado en el expediente señalado al rubro, Esto tiene su fundamento en lo preceptuado en los artículos 19, 20, 22, 25, 26 y 41 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.



Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:



ÚNICO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma el presente, solicitando lo que del mismo se desprende.



PROTESTO A USTED MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DIECINUEVE DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.







VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

ABOGADO PATRONO




lunes, 3 de junio de 2019

MODELO DE ACUERDO EN QUE SE DIFIERE AUDIENCIA



NÚM. DE EXPEDIENTE: 416/2019 

FECHA DEL AUTO: 30/05/2019 

FECHA DE PUBLICACIÓN: 31/05/2019 


SÍNTESIS: 

Agréguese a los autos el escrito de cuenta, suscrito por VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, autorizado de la tercera interesada, visto su contenido, se provee:

TERCERA INTERESADA OFRECE PRUEBAS Téngase al promovente ofreciendo como pruebas: a) la documenta publica relativa a todo lo actuado en el presente juicio; b) la documental pública consistente en el contrato de compraventa del inmueble ubicado en Piedras Negras, Jalpan, Puebla, celebrado entre ERNESTO PAREDES GARCÍA como vendedor y LEONILA PAREDES JARCIA como compradora, de ocho de octubre de dos mil dieciocho, que anexa al escrito de cuenta, y, c) la presuncional legal y humana, las que serán tomadas en consideración en el momento procesal oportuno.

Visto el estado procesal de autos se advierte que se encuentra transcurriendo el término concedido a las partes en proveído de veintiocho de mayo de dos mil diecinueve, por el cual se les corrió traslado con el interrogatorio al tenor del cual se desahogara la prueba testimonial ofrecida por la parte quejosa para que lo amplíen o en su caso formulen repreguntas, el cual se encuentra en proceso de notificación, en consecuencia, se provee:

DIFERIMIENTO: Difiérase la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, a fin de dar oportunidad a lo manifestado en el párrafo que antecede. Se fijan de nueva cuenta, para su celebración LAS DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECINUEVE.