RAZÓN
DE CUENTA. - En seis de octubre de dos mil veintiuno, la Secretaria encargada
de los expediente nones, da cuenta a la Ciudadana Juez con un escrito de VÍCTOR
HUGO MÍAZ SERANO; presentado en la Oficialía Común del Poder Judicial del Estado
el uno de octubre del año en curso y ante la Oficialía de este Juzgado el
cuatro de octubre del presente año turnado para su acuerdo correspondiente en
la misma fecha. Conste.
LA
SECRETARIA. ABOGADA MARÍA DEL CARMEN ÄVILA FLORES.
EXP.
NÚM. 333/2019/2C
EN
CIUDAD JUDICIAL PUEBLA, A SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Agréguese
a sus autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales a que haya
lugar, y visto su contenido con fundamento en los artículos 41, 42, 74 bis, 88
y 89 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se acuerda:
Se
tiene a VÍCTOR HUGO MÍAZ SERANO en su carácter de abogado patrono de la parte
actora, por señalado el correo electrónico gleyghor@hotmail.com para recibir
notificaciones, en consecuencia, se ordena realizar las gestiones necesarias
para dar de alta y designar el correo respectivo al presente expediente, por lo
que se le otorga el término de tres días, para que manifieste lo que
corresponda en relación a la recepción electrónica de su contraseña, con el
apercibimiento que de no hacerlo se entenderá que la recibió de manera
satisfactoria y por lo tanto, las notificaciones que reciba por este medio
comenzarán a surtir efectos desde el momento en que se practiquen.
De
la misma manera como lo solicita, expídasele a su costa copias certificadas de
las constancias que indica en su escrito de cuenta, previo el pago de los
derechos correspondientes, en términos del artículo 95 fracciones VIII y IX de
la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal 2021, en la
que la secretaria que las autorice, bajo su más estricta responsabilidad,
asentará razón en autos de la expedición y en la misma copia de que se trata,
que es parcial y anotará el estado que guarda el procedimiento; asimismo se le
hará saber al promovente en las copias certificadas parciales que si las emplea
en forma maliciosa o indebida será sancionada por esta autoridad, una vez que
tenga conocimiento, con una multa equivalente de cien a mil veces el valor
diario de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de la
responsabilidad civil o penal que resulte, las que podrá recibir únicamente la
parte interesada o su abogado patrono, presentando identificación oficial
vigente con copia para ser agregada, previa certificación y constancia que obre
en autos de su entrega.
Previa
cita que solicite a través del sistema de citas disponible en el sitio web
www.htsjpuebla.gob.mx del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla,
de conformidad al ACUERDO del Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial del Estado PARA LA CONTINUIDAD PROGRESIVA DE OPERACIONES DE LOS
ÓRGANOS JURISDICCIONALES, UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS AUXILIARES DEL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA, de fecha treinta y uno de julio del dos
mil veinte, que en su punto décimo quinto, en lo conducente dice “tratándose de
citaciones que provienen del órgano jurisdiccional, será éste el que fije el
día y hora, a través del Sistema de Control y Gestión Judicial, a efecto de que
se comunique en los filtros de acceso respectivo. Debiendo comparecer ante éste
Tribunal observando las medidas sanitarias, es decir, deberán asistir con
cubrebocas, careta y guantes, así como en todo momento deberán respetar la sana
distancia necesaria, esperando en la puerta del Órgano Jurisdiccional y en la
distancia indicada hasta que se autorice su ingreso, acudir sin acompañantes
que no sean partes en el juicio, con excepción de que se trate de una persona
con discapacidad, en el caso sólo se permitirá que una sola persona le
acompañe; deberán abandonar inmediatamente las instalaciones las personas que
no cumplan con las medidas de higiene y seguridad indicadas por el personal de
este Juzgado. Finalizado su trámite, deberán retirarse de inmediato a efecto de
que se pueda permitir el acceso a otras personas, dada la contingencia
sanitaria por el virus COVID-19.
Consecuentemente,
en cumplimiento al ACUERDO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL
ESTADO DE PUEBLA FUNCIONANDO EN PLENO, se ordena notificar el presente proveído
a la parte actora por su representación, a través del correo electrónico
proporcionado en autos.
NOTIFIQUESE
EN TERMINOS DE LEY.
Así
lo proveyó y firma la Abogada Olga Pérez Zambrano Juez Segundo Especializado en
Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla, ante la abogada María del Carmen
Ávila Flores, Secretaria que autoriza.- DOY FE.
LA
JUEZ. ABOGADA OLGA PÉREZ ZAMBRANO.
LA
SECRETARIA. ABOGADA MARÍA DEL CARMEN ÁVILA FLORES